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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (06/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 6 de octubre de 2023 El Peruano / Que, sin perjuicio de ello, considerado que debe existir un tiempo diferenciado para las reconexiones en los tipos monofásico y trifásico, se ha considerado un tiempo de 10 segundos, para las reconexiones de la conexión monofásica y 13 segundos para las reconexiones de la conexión trifásica. Por lo cual, corresponde agregar 03 segundos para las reconexiones trifásicas a los 10 segundos ya considerados inicialmente; Que, por lo mencionado, este extremo del recurso debe declararse fundado en parte, considerando que se reconoce un tiempo para el desarrollo de la actividad en las reconexiones de manera diferenciada; sin embargo, no considera los tiempos presentados por la empresa; 3.6 Considerar el tiempo para la “veri fi cación de hora para el llenado de etiqueta” 3.6.1 Argumentos de Luz del SurQue, Luz del Sur indica que Osinergmin no acepta su comentario sobre el tiempo requerido para la veri fi cación de la hora y que fundamenta su respuesta considerando que el reloj se encuentra en el tablero y en los videos que forman parte del sustento de los tiempos de ejecución correspondientes al proceso de 2019-2023, en los cuales, según la empresa, no se realizó la veri fi cación de la hora en ningún dispositivo; Que, la empresa sostiene que existe un vicio de motivación aparente porque no existe sustento de que la actividad se realizó en las simulaciones de campo. Refi ere que es deber de Osinergmin considerar en las simulaciones de los rendimientos e fi cientes el cumplimiento de las normas en materia supervisión de la calidad del servicio eléctrico; Que, la recurrente adjunta imágenes, a través de las cuales pretende sustentar que el tiempo para revisar la hora y minutos de la ejecución de la actividad de corte y reconexión es de 3 segundos; Que, la recurrente solicita que se establezca un tiempo de 03 segundos en todas las actividades de corte y reconexión, para la veri fi cación de la hora para un correcto llenado de la etiqueta o sticker; 3.6.2 Análisis de OsinergminQue se ha revisado los videos presentados para la presente regulación por el Osinergmin y ante la omisión del tiempo para la veri fi cación de la hora, se adicionará 03 segundos para la actividad “Veri fi cación de hora para el llenado de etiqueta”, teniendo en cuenta cada tipo de conexión; Que, por lo mencionado, este extremo del petitorio del recurso debe declararse fundado; 3.7 Considerar el tiempo el tiempo de 81 segundos para que el operario pueda realizar el registro y la toma de fotos fechadas de la situación encontrada de la conexión, la ejecución del corte o reconexión y el registro de observaciones posterior a la tarea realizada 3.7.1 Argumentos de Luz del SurQue, Luz del Sur señala que se no se ha aceptado su comentario respecto al tiempo que se requiere para el registro de información de corte y reconexión, cuando la toma de fotos fechadas, el registro del tipo de corte o reconexión ejecutados y los datos de fecha y hora de acción realizada, son parte de la información requerida en las fi scalizaciones que realiza Osinergmin y que prueban la ejecución de las actividades de corte y reconexión; dado que se alega que se reconoce en los “Tiempos Otros (To)”; Que, sobre el particular, sostiene que el tiempo por las actividades solicitadas son realizadas en el proceso de cada corte o reconexión por lo que debe ser considerada en los “Tiempos de Ejecución (Te)” con el fi n de mantener la información en línea de las acciones de corte y no en el concepto de “Tiempos Otros (To)”. Re fi ere que Osinergmin considera que existe una tarea de “subida de la información a la plataforma virtual” de 25 minutos que es considerada en los “Tiempos Otros (To)” porque asume que es una tarea masiva; no obstante, eso generaría que el tiempo de reconexión aumente por una demora en el procesamiento de data en la plataforma virtual lo que afecta la calidad del servicio; Que, la recurrente agrega que, es deber de Osinergmin considerar en las simulaciones de los rendimientos efi cientes el cumplimiento de las normas de calidad del servicio eléctrico y del principio de legalidad; y sostiene que el tiempo requerido para el registro y la toma de fotos fechadas debe ser 00:01:21 (81 segundos); Que, por lo expuesto, solicita que Osinergmin considere un tiempo de 81 segundos en el Tiempo de Ejecución (Te) para que el operario pueda realizar el registro y la toma de fotos fechadas de la situación encontrada de la conexión, la ejecución del corte o reconexión y el registro de observaciones posterior a la tarea realizada; 3.7.2 Análisis de OsinergminQue, tomando en consideración la sugerencia presentada por la empresa, Osinergmin ha realizado una revisión y validación de tiempos de las actividades de ejecución de Corte y Reconexión, obteniéndose tiempos de ejecución similares a los tiempos de la regulación 2019 que re fl ejan la realidad de los tiempos de ejecución en donde se contempla un tiempo para el registro de la información de fecha y hora del corte o reconexión de acuerdo a lo indicado en el Procedimiento de Supervisión de Corte y Reconexión; Que, respecto al tiempo de registro de la información en el sistema informático del tipo de corte o reconexión ejecutados, estos han sido considerados en “Otros tiempos” donde se considera un tiempo de 50 minutos siendo compuestos por la charla de seguridad (5 min), coordinaciones (10 min), reporte diario de actividades realizadas (10 min) y registro de la información a la plataforma virtual (25 min); Que, respecto a que Osinergmin asume que, la “subida de la información a la plataforma virtual” es una tarea masiva, lo que generaría que el tiempo de reconexión aumente por una demora en el procesamiento de data en la plataforma virtual lo que afecta la calidad del servicio; cabe aclarar que la información para la reconexión del suministro debe contrastarse con los pagos que efectúa el usuario y la información para la reconexión debe partir del sistema comercial de la empresa. Asimismo, es importante indicar que las labores de descarga de la información deben ser desarrolladas en las bases de operaciones buscando la e fi ciencia, a fi n de no incrementar el tiempo de la ejecución de la actividad, con pérdida de rendimiento de ejecución e incremento de costo; Que, en cuanto al registro de toma de fotografías fechadas, esta actividad no es exigida en el procedimiento para la supervisión del cumplimiento de las normas vigentes sobre cortes y reconexiones del servicio público de electricidad, aprobada por la Resolución N° 153-2013-OS/CD; sin embargo, el Osinergmin la ha contemplado en la etapa de fi jación, adicionando 04 segundos al tiempo de ejecución de la actividad; Que, por lo mencionado, este extremo del recurso debe declararse infundado debido a que no corresponde considerar un tiempo de 81 segundos para el registro y la toma de fotos fechadas; 3.8 Considerar el tiempo de 10 segundos para el manejo de residuos sólidos de la actividad “Reconexión en línea aérea (empalme)” 3.8.1 Argumentos de Luz del SurQue, Luz del Sur señala que Osinergmin, respecto a su observación sobre los tiempos para el manejo de residuos sólidos durante las actividades de corte y reconexión, le indicó que se estaban considerando 10 segundos a los tiempos de ejecución, para el manejo de residuos sólidos; no obstante, no reconoce dentro de los 10 segundos a la actividad de “Reconexión en línea aérea (empalme)”, en la que se debe recoger materiales sin justi fi car los motivos de su exclusión;