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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (06/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Viernes 6 de octubre de 2023 El Peruano / Peruano el día 9 de marzo de 2016, se aprobó el Listado de condiciones inseguras de criticidad alta en Grifos y Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos; disponiendo la aplicación de Medidas de Seguridad de cierre total o parcial del establecimiento; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5° de la citada Resolución, se autorizó a la División de Supervisión Regional la aprobación y modi fi cación de los formatos y funcionalidades técnico-operativas que sean necesarias para la implementación de la citada Resolución; Que, mediante Resolución de División de Supervisión Regional N° 984-2016-OS/DSR de fecha 23 de marzo de 2016, se aprobaron los siguientes formatos para la aplicación de la Resolución de Consejo Directivo N° 042-2016-OS/CD: i) Acta de Disposición y Ejecución de Medida de Seguridad en Grifos y/o Estaciones de Servicios; ii) Constancia de Ejecución de Medida de Seguridad en el Registro de Hidrocarburos; iii) Acta de Levantamiento de Medida de Seguridad; y, iv) Constancia de Habilitación de Inscripción en el Registro de Hidrocarburos; Que, de acuerdo al Informe N° 1765-2023-OS/ DSR, adjunto al memorando N° 260-2023-OS/DSR, corresponde adecuar la terminología de las Actas aprobadas mediante Resolución de División de Supervisión Regional N° 984-2016-OS/DSR a las disposiciones del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Energéticas y Mineras a cargo de Osinergmin, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 208-2020-OS/DSR; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 3° del Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2008-PCM, las entidades de la Administración Pública se encuentran obligadas a publicar en el Portal del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos técnicos sobre procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la entidad, o relacionados con la aplicación de sanciones administrativas; Que, de otro lado, el artículo 9° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS, dispone que en el caso de la publicación de normas legales que tengan anexos conteniendo grá fi cos, estadísticas, formatos, formularios, fl ujogramas, mapas o similares de carácter meramente ilustrativo, dichos anexos se publicarán en el Portal Electrónico de la entidad emisora en la misma fecha de la publicación en el Diario O fi cial El Peruano de la norma aprobatoria; Que, de conformidad con lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo N° 042-2016-OS/CD y en la Resolución de Consejo Directivo N° 208-2020-OS/CD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los siguientes formatos para la aplicación de la Resolución de Consejo Directivo N° 042-2016-OS/CD; los mismos que como Anexo, forman parte integrante de la presente Resolución: - Constancia de Retiro de Precintos-Carteles O fi ciales u otros dispositivos. - Constancia de Suspensió n de Inscripció n en el Registro de Hidrocarburos. - Constancia de Habilitació n de Inscripció n en el Registro de Hidrocarburos. - Constancia de Colocació n de Carteles-Precintos Ofi ciales u Otros Dispositivos. - Acta de Fiscalización de Condiciones Inseguras de Criticidad Alta en Grifos, Estaciones de Servicio y Establecimientos de Venta al Público con facilidades de despacho de Combustibles Líquidos. Artículo 2.- Derogar la Resolución de División de Supervisión Regional N° 984-2016-OS/DSR. Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y conjuntamente con sus Anexos en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob. pe). JUAN ALBERTO DE TOMÁS SÁNCHEZ Gerente de Supervisión RegionalDivisión de Supervisión Regional 2221724-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban la publicación en el portal institucional para comentarios del proyecto que modifica el Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y en el Servicio de Telefonía Fija RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00276-2023-CD/OSIPTEL Lima, 3 de octubre de 2023 OBJETOPROYECTO QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE PORTABILIDAD NUMÉRICA EN EL SERVICIO PÚBLICO MÓVIL Y EN EL SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA VISTO: 1. El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto aprobar para comentarios el Proyecto que modi fi ca el Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y en el Servicio de Telefonía Fija, publicado para comentarios mediante Resolución N° 226-2023-CD/OSIPTEL; 2. El Informe Nº 164-DPRC/2023 elaborado por la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia, que sustenta el Proyecto Normativo; con la conformidad de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, conforme a lo señalado en el artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley N° 27332, modi fi cada por las Leyes N° 27631, N° 28337 y N° 28964, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ejerce, entre otras, la función normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materias de su competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General del Osiptel, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2001-PCM y sus modi fi catorias (en adelante, Reglamento General), el Consejo Directivo del Osiptel es el órgano competente para ejercer de manera exclusiva la función normativa; Que, asimismo, el inciso b) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Osiptel, aprobado por Decreto Supremo N° 160-2020-PCM, publicado el 2 de octubre de 2020, dispone que son funciones del Consejo Directivo del Osiptel, el expedir normas y resoluciones de carácter general o particular, en materias de su competencia; Que, el 19 de diciembre de 2013, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 166-2013-CD/OSIPTEL se aprobó el Reglamento de Portabilidad Numérica en el Servicio Público Móvil y en el Servicio de Telefonía Fija (en adelante, Reglamento de Portabilidad Numérica);