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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (11/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de diciembre de 2024 El Peruano / Actualizan la relación de los Puestos de Capitanía que operan en los puertos, caletas o área geográfica a nivel nacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 950-2024 MGP/ DICAPI 27 de noviembre del 2024 Visto, el Informe Técnico N° 001 de fecha 29 de octubre del 2024, del Jefe del Departamento de Coordinación de Capitanías, de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas. CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1147, que regula el fortalecimiento de las Fuerzas Armadas en las competencias de la Autoridad Marítima Nacional - Dirección General de Capitanías y Guardacostas, establece en el artículo 4, que el ejercicio de la Autoridad Marítima Nacional se ejerce a través de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas a nivel nacional, los Jefes de Distrito de Capitanías a nivel regional y los Capitanes de Puerto en su ámbito de jurisdicción, asimismo los Cónsules ejercerán funciones como Autoridad Marítima en los casos que la ley así lo determine; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1147, aprobado con Decreto Supremo N° 015-2014-DE y modifi cado con Decreto Supremo N° 001-2024-DE, (en adelante Reglamento), señala en su artículo 5 que el Puesto de Capitanía es el órgano dependiente de la Capitanía de Puerto, establecido por Resolución Directoral de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas que se ubica en el puerto, caleta o área geográfi ca cuya actividad acuática justifi que el ejercicio de funciones de control y vigilancia por parte de la Autoridad Marítima Nacional; Que, el numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento, refi ere que la Capitanía de Puerto recomienda al Director General de Capitanías y Guardacostas el establecimiento de Puestos de Capitanía en el área geográfi ca de su jurisdicción, donde exista actividad acuática que lo justifi que; Que, mediante la Resolución Directoral N° 509- 2015 MGP/DGCG de fecha 11de junio del 2015, se establecieron los Puestos de Capitanía que operan en los puertos y caletas a nivel nacional, encargando a los Capitanes de Puerto, la evaluación de las actividades que realizan en el medio acuático, los puestos de capitanía en las localidades de su jurisdicción, informando en la segunda quincena del mes de mayo de cada año, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, sobre la conveniencia de continuar activos o desactivar los Puestos de Capitanía establecidos en la citada Resolución Directoral, así como proponer la activación de nuevos Puestos de Capitanía según las necesidades requeridas; Que, mediante la Resolución Directoral 486-2019 MGP/DGCG de fecha 22 de julio del 2019, se actualizó la relación de Puestos de Capitanías que operan en los puertos y caletas a nivel nacional; Que, mediante el Informe Técnico N° 001 de fecha 29 de octubre del 2024, el Jefe del Departamento de Coordinación de Capitanías de esta Dirección General, señala que del análisis realizado por los Capitanes de Puerto considerando la normativa vigente y las condiciones operativas de cada área fl uvial. La desactivación de los Puestos de Capitanía en Soplin Vargas, Tamshiyacu y El Estrecho responde a la falta de actividades acuáticas relevantes que justifi quen los recursos humanos y materiales en estas zonas; además, el Personal y los equipos de estos puestos serán reasignados a áreas con mayor necesidad de supervisión fl uvial, optimizando así la gestión de la vigilancia y el control en la región, por lo que concluye que; i) La desactivación de los Puestos de Capitanía fl uviales en Soplin Vargas, Tamshiyacu y El Estrecho, es una decisión técnica justifi cada; ii) La supervisión y el control en estas zonas serán asumidos por puestos activos aledaños, bajo la supervisión de los Jefes de las Unidades de Control Fluvial de la jurisdicción; y, iii) La medida permitirá una mejor asignación de recursos y la optimización de la vigilancia fl uvial en áreas de mayor relevancia operativa. Finalmente recomienda; i) Formalizar la desactivación de los puestos de capitanía en Soplin Vargas, Tamshiyacu, El Estrecho, a través de la aprobación del proyecto de Resolución Directoral; ii) Mantener un monitoreo constante en las áreas afectadas para detectar cualquier incremento en la actividad fl uvial que justifi que la reactivación de alguno de los Puestos de Capitanía; iii) Informar a las autoridades locales y a la comunidad sobre los cambios, asegurando que tengan conocimiento de los puestos activos más cercanos y los procedimientos de reporte en caso de emergencia: y, iv) Realizar una evaluación anual del impacto de la desactivación para determinar si es necesario reconsiderar esta medida; Que, de conformidad con lo propuesto por el Jefe del Departamento de Coordinaciones de Capitanías, contando con el visto bueno del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, a lo recomendado por el Director de Administración Marítima, y a lo opinado por el Director Ejecutivo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Actualizar la relación de los Puestos de Capitanía que operan en los puertos, caletas o área geográfi ca a nivel nacional, de acuerdo al cuadro del anexo “1” que forma parte de la presente resolución. Artículo 2°.- Los Jefes de Distrito de Capitanías evaluarán las futuras propuesta de los Capitanes de Puerto para el establecimiento o desactivación de Puestos de Capitanía en el área geográfi ca de su jurisdicción, de acuerdo a la existencia de actividad acuática, efectuaran la recomendación correspondiente al Director General de Capitanías y Guardacostas. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 509-2015 MGP/DGCG de fecha 11 de junio del 2015, así como la Resolución Directoral N° 486-2019 MGP/DGCG, de fecha 22 de julio del 2019. Artículo 4°.- La presente Resolución Directoral será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y los anexos de la misma en el portal electrónico de la Autoridad Marítima Nacional http://www.dicapi.mil.pe. Regístrese y publíquese como Documento Ofi cial Público. RODOLFO SABLICH LUNA VICTORIA Director General de Capitanías y Guardacostas 2352152-1 Aprueban incorporar a las normas de la Autoridad Marítima Nacional los Procedimientos para la Supervisión por el Estado Rector del Puerto, adoptados por la Asamblea de la Organización Marítima Internacional (OMI), mediante Resolución A. 1185 (33) y sus enmiendas; y aprueban los Procedimientos y Disposiciones Complementarias para la Supervisión por el Estado Rector del Puerto, tomando como referencia la Resolución A. 1185 (33), a ser utilizados en territorio nacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 963-2024 MGP/ DICAPI 4 de diciembre del 2024Visto, el Informe Técnico Nº 010-2024, promovida por la Dirección de Inspecciones, Auditorias y Supervisiones de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, de fecha 10 de octubre del 2024, mediante el cual