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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (22/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Domingo 22 de diciembre de 2024 El Peruano / asista al acto de entrega de credencial y juramentación en el cargo de regidor de la referida comuna, para el 21 de agosto de 2024. b) Formato Nº 01: Cédula de Noti fi cación, del 20 de agosto de 2024, relacionada al diligenciamiento de la Carta Nº 172-2024/MDH-A. c) Acuerdo de Concejo Nº 031-2024-MDH/CM, a través de la cual se resolvió convocar por segunda vez al señor regidor convocado para el acto de entrega de credencial y juramentación en el cargo. d) Carta Nº 174-2024/MDH-A, del 22 de agosto de 2024, dirigida al señor regidor convocado, para que asista el 12 de setiembre de 2024, al acto de entrega de credencial y juramentación en el cargo de regidor. e) Formato Nº 01: Cédula de Noti fi cación, del 26 de agosto de 2024, relacionada al diligenciamiento de la Carta Nº 174-2024/MDH-A. f) Acuerdo de Concejo Nº 033-2024-MDH/CM del 13 de setiembre de 2024, en la cual se resolvió poner en conocimiento de este órgano colegiado, la inasistencia del señor regidor convocado a la sesión extraordinaria del 12 del mismo mes y año, para efectos de la entrega de credencial y juramentación en el cargo. 1.3. Con el Auto Nº 1, del 13 de noviembre de 2024, se requirió al señor alcalde para que, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, remita el original del comprobante de pago de la tasa electoral por concepto de convocatoria de candidato no proclamado por no haber juramentado el titular; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de declarar improcedente la solicitud y disponer su archivo. El mencionado auto fue noti fi cado el 19 del mismo mes y año conforme se advierte del cargo de la Noti fi cación Nº 7421-2024-JNE. 1.4. Con el O fi cio Nº 309-2024/MDH/A, del 21 de noviembre de 2024, el señor alcalde adjuntó el requerimiento en mención. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 5 del artículo 178 señala que es competencia de este organismo electoral: “ Proclamar a los candidatos elegidos ; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales correspondientes [resaltado agregado]”. En la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 1.2. El literal j del artículo 5 prescribe como una de las funciones del JNE la expedición de las credenciales a los candidatos elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares. En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.3. El artículo 34 establece que los alcaldes y regidores electos y debidamente proclamados y juramentados asumen sus cargos el primer día del mes de enero del año siguiente al de la elección. 1.4. El artículo 35 determina que, para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales, se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio fi nal, y que haya fi gurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. En la Ley Nº 26997, que establece la conformación de las comisiones de transferencia de la administración municipal 1.5. El artículo 6 dispone que los miembros del concejo deben juramentar sus respectivos cargos para poder ejercerlos. El alcalde juramenta ante el primer regidor; por ausencia o impedimento de este, ante el regidor que le sigue. Los regidores juramentan ante el alcalde.En el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 1 (en adelante, TUO de la LPAG) 1.6. El artículo 21 re fi ere: Artículo 21.- Régimen de la noti fi cación personal 21.1. La noti fi cación personal se hará en el domicilio que conste en el expediente, o en el último domicilio que la persona a quien deba noti fi car haya señalado ante el órgano administrativo en otro procedimiento análogo en la propia entidad dentro del último año. […]21.3. En el acto de noti fi cación personal debe entregarse copia del acto noti fi cado y señalar la fecha y hora en que es efectuada, recabando el nombre y fi rma de la persona con quien se entienda la diligencia. Si ésta [sic] se niega a fi rmar o recibir copia del acto noti fi cado, se hará constar así en el acta, teniéndose por bien noti fi cado. En este caso la noti fi cación dejará constancia de las características del lugar donde se ha noti fi cado. […] En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 2 (en adelante, Reglamento) 1.7. El artículo 16 contempla: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de [la] publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. Las personas que presentan peticiones, que son de competencia del JNE, también son consideradas como sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica, por lo que les resultan aplicables las disposiciones previstas en los párrafos precedentes. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. De los actuados obrantes en el expediente, se evidencia lo siguiente: a) A través de la Carta Nº 172-2024/MDH-A, del 19 de agosto de 2024, el señor regidor convocado fue emplazado para que asista al acto de entrega de credencial y juramentación al cargo edil. De acuerdo con el Formato Nº 01: Cédula de Notifi cación, del 20 del mismo mes y año, dicha carta fue diligenciada en el domicilio del señor regidor convocado y recibido personalmente por él, quien consignó su nombre, fi rma, número de documento nacional de identidad, fecha y hora de recepción. b) Posteriormente, por medio de la Carta Nº 174-2024/ MDH-A, del 22 de agosto de 2024, se le convocó en una segunda oportunidad al señor regidor convocado, para la entrega de credencial y juramentación al cargo, en la sesión extraordinaria programada para el 12 de setiembre de 2024. Según el Formato Nº 01: Cédula de Noti fi cación, del 26 de agosto de 2024, dicha carta también fue diligenciada en el domicilio del señor regidor convocado y fue recibido personalmente por él, quien consignó su nombre, fi rma, número de documento nacional de identidad, fecha y hora de recepción. c) Del contenido del Acuerdo de Concejo Nº 033-2024- MDH/CM del 13 de setiembre de 2024, se observa que el señor regidor convocado no juramentó ni asumió el cargo para el periodo de gobierno municipal 2023-2026, pese a que fue citado y noti fi cado para el referido acto tal como