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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (31/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / aprobado por Decreto Supremo N° 040-2023-EF y modi fi catoria; Que, con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 000176-2023-SUNAT/800000 se aprueba la formalización y compendio de las modi fi caciones realizadas durante el año 2023 al Manual de Clasi fi cador de Cargos de la SUNAT; Que, posteriormente a dicha Resolución se aprobaron, en el 2024, modi fi caciones al Manual de Clasi fi cador de Cargos a través de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 000143-2024-SUNAT/800000; Que, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE, formalizó la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; Que, el numeral 6.1.10 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH indica lo siguiente: “Las modi fi caciones que se den en el MCC, motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de la presente directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la presente Directiva” ; Que, mediante Informe Técnico N° 000103- 2024-SUNAT/8A0200, la O fi cina de Plani fi cación y Coordinación de Recursos Humanos, en su calidad de unidad orgánica responsable de la elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos, sustenta la propuesta de modi fi cación del citado instrumento de gestión, a fi n de modi fi car la Nota al Pie N° 2, reenumerar las Notas al Pie N° 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 y eliminar la Nota al Pie N° 18; Que, asimismo, el numeral 6.1.11 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH indica lo siguiente: “Las modi fi caciones realizadas al MCC en el transcurso del año fi scal deben ser compendiadas y formalizadas anualmente, como máximo, el 31 de diciembre de cada año fi scal mediante resolución del(la) titular de la entidad, bajo responsabilidad, y ser publicadas en los portales institucionales y de transparencia” ; Que, mediante Informe Técnico de Visto, la O fi cina de Plani fi cación y Coordinación de Recursos Humanos, en su calidad de unidad orgánica responsable de la elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos, sustenta la propuesta de formalización y compendio de las modi fi caciones realizadas durante el año 2024 al citado instrumento de gestión; Que, la versión integral del Anexo contenido en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 00176-2023-SUNAT/800000, que formaliza y compendia las modi fi caciones realizadas durante el año 2023 al Manual de Clasi fi cador de Cargos de la SUNAT, junto a las modi fi caciones efectuadas mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 000069-2023-SUNAT/800000, que entró en vigencia el 1 de mayo de 2024; la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Administración y Finanzas N° 000143-2024-SUNAT/800000; así como la dispuesta mediante el artículo 1 de la presente Resolución, deberán conformar el compendio del Manual de Clasi fi cador de Cargos correspondiente al año 2024; De conformidad con lo dispuesto por los numerales 5.2.2., 6.1.10 y 6.1.11 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE; lo señalado en el Informe Técnico N° 000103-2024-SUNAT/8A0200 de la O fi cina de Plani fi cación y Coordinación de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, y en uso de las facultades conferidas por el literal a) del artículo 16 de la sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, aprobada por el Decreto Supremo N° 040-2023-EF y modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria- SUNAT, de conformidad con el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución, y eliminar la Nota al Pie N° 18. Artículo 2.- Aprobar la formalización y compendio de las modi fi caciones realizadas durante el año 2024 al Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria- SUNAT, de conformidad con el Anexo 2 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”; así como la publicación de la Resolución y sus Anexos, en el Portal Institucional y el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR RAÚL PRADO CARDONA Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas (e) 1 Conforme a lo dispuesto mediante la Resolución de Superintendencia N° 000079-2024/SUNAT, entró en vigencia el 1 de mayo de 2024 2358143-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria -Sunedu RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 0041-2024- SUNEDU-CD Lima, 30 de diciembre de 2024 VISTOS:El Memorando Nº 02302-2024-SUNEDU-SG- OA de la O fi cina de Administración, el Informe Nº 00067-2024-SUNEDU-SG-OA-UT de la Unidad de Tesorería, el Memorando Nº 01411-2024-SUNEDU-SG-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 00158-2024-SUNEDU-SG-OPP-UPEM de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Modernización y, el Informe Nº 01162 -2024-SUNEDU-SG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, modi fi cada por la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, establece que la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu ) es un ente autónomo de naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, el numeral 43.1 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, (en adelante, TUO de la LPAG ), establece la obligación de todas las entidades públicas de elaborar, aprobar o gestionar según el caso, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (en adelante, TUPA ). Señala que el contenido de dicho TUPA comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal; la descripción