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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (31/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe la conducta de los mencionados funcionarios ediles de acuerdo con sus competencias. 2.10. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.11.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. Declarar NULO lo actuado a partir de la citación dirigida a don Santiago Juan Alcedo Santa Cruz, regidor del Concejo Distrital de Margos, provincia y departamento de Huánuco, para que asista a la sesión extraordinaria de concejo en la que se evaluó la solicitud de vacancia seguida en su contra. 2. REQUERIR a don Obdulio Clever Torres Bernardo, alcalde de la Municipalidad Distrital de Margos, provincia y departamento de Huánuco, que convoque a una nueva sesión extraordinaria de concejo, en la cual se dilucide y resuelva la vacancia seguida en contra de don Santiago Juan Alcedo Santa Cruz, regidor de la citada entidad edil, respetando estrictamente las formalidades previstas en los artículos 20 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS, así como el plazo señalado en el cuarto párrafo del artículo 13 de la Ley N.º 27972, y lo establecido en el artículo 23 de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declare improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado y se archive el presente expediente, así como se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta de acuerdo con sus competencias. 3. REQUERIR al secretario general de la Municipalidad Distrital de Margos, provincia y departamento de Huánuco, o a quien haga sus veces, que informe si en contra del acuerdo de concejo municipal a emitirse, respecto a la vacancia de don Santiago Juan Alcedo Santa Cruz, regidor de la citada entidad edil, se interpuso recurso impugnatorio alguno o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declara consentido aquel acuerdo de concejo; bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declare improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado y se archive el presente expediente, así como se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta de acuerdo con sus competencias. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N.º 0929-2021-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General (e) 1 Aprobado por Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS, publicado el 25 de enero de 2019 en el diario oficial El Peruano . 2 Aprobado por la Resolución N.º 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 2358076-1 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Parcona, provincia y departamento de Ica RESOLUCIÓN Nº 0413-2024-JNE Expediente N.º JNE.2024002959 PARCONA - ICA - ICA VACANCIA APELACIÓN Lima, once de diciembre de dos mil veinticuatro VISTO : en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Roger Richard Huarcaya Mantari, regidor del Concejo Distrital de Parcona, provincia y departamento de Ica (en adelante, señor regidor), en contra del Acuerdo de Concejo N.º 18-2024-CM-MDP, del 31 de julio de 2024, que desaprobó el recurso de reconsideración presentado en contra del Acuerdo de Concejo N.º 013-2024/CMDP, del 12 de junio de 2024, que aprobó la solicitud de vacancia formulada en su contra por condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad, causa prevista en el numeral 6 del artículo 22 de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); y teniendo a la vista también el Expediente N.º JNE.2024001011. Oído: el informe oral PRIMERO. ANTECEDENTESTraslado de la solicitud de vacancia (Expediente N.º JNE.2024001011) 1.1. Mediante el Auto N.º 1, del 26 de abril de 2024, este órgano electoral trasladó al Concejo Distrital de Parcona la solicitud de vacancia formulada por don Christian Alexander Flores Fernández (en adelante, señor solicitante) en contra del señor regidor, a efectos de que dicha entidad municipal evalúe los hechos con la celeridad que amerita, conforme a lo establecido en el numeral 6 del artículo 22 de la LOM. 1.2. Por medio del O fi cio N.º 001978-2024-SG/ JNE, del 10 de julio de 2024, la Secretaría General de este organismo electoral requirió al alcalde de la citada comuna, en su condición de autoridad que preside el Concejo Distrital de Parcona, para que informe sobre las actuaciones llevadas a cabo por la entidad edil con relación al procedimiento de vacancia. 1.3. A través del Auto N.º 2, del 19 de agosto de 2024, se requirió a los miembros del concejo municipal para que, en el plazo máximo de tres (3) días hábiles, cumplan con culminar con el desarrollo del procedimiento de vacancia; bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se remitan copias de los actuados al Ministerio Público, para que evalúe la conducta de cada cual, de acuerdo con sus atribuciones. Pronunciamiento seguido en la instancia municipal (Expediente N.º JNE.2024002959) 1.4. Así, con la Carta N.º 68-2024-GM/MDP, del 17 de setiembre de 2024, el gerente de la Municipalidad Distrital de Parcona remitió, entre otros, los siguientes actuados: