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70 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor JOHNNY ANALBERTO MARCHÁN PEÑA, al cargo de Director Ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2358391-6 Encargan al Viceministro de Vivienda y Urbanismo, el puesto de Director Ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI RESOLUCIÓN SUPREMA N° 013-2024- VIVIENDA Lima, 30 de diciembre de 2024 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema N° 008-2024-VIVIENDA, se designa al señor DAVID ALFONSO RAMOS LÓPEZ, en el cargo de Viceministro de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI; habiéndose visto por conveniente encargar el mencionado puesto, en tanto se designe a su titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar al señor DAVID ALFONSO RAMOS LÓPEZ, Viceministro de Vivienda y Urbanismo, el puesto de Director Ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en adición a sus funciones y en tanto se designe al/a la titular del mismo. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2358391-7ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION Modifican la R.J. Nº 000372-2023-AGN/ JEF, que delega en la Secretaría General y la Oficina de Administración diversas facultades y atribuciones RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000380-2024-AGN/JEF Lima, 30 de diciembre del 2024 VISTOS, las Resoluciones Jefaturales Nos. 000372- 2023-AGN/JEF y 000253-2024-AGN/JEF, de fechas 28 de diciembre de 2023 y 05 de septiembre de 2024, respectivamente, expedidas por la Jefatura del Archivo General de la Nación; el Informe Nº 000662-2024-AGN/ SG-OAJ, de fecha 30 de diciembre de 2024, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 25323 que crea el Sistema Nacional de Archivos; y el Decreto Supremo Nº 013-90-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 120, Ley Orgánica de la entidad; se tiene que el Archivo General de la Nación es la institución pública descentralizada de carácter multisectorial, con autonomía técnica y administrativa, encargada de proponer y ejecutar la política del patrimonio documental de la nación; Que, el artículo 6° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2018-MC, señala que la Jefatura del Archivo General de la Nación es el órgano de mayor autoridad y es ejercida por un jefe o jefa institucional, quien ejerce la titularidad de la entidad y del pliego presupuestal. Asimismo, el inciso n) del artículo 7° del citado reglamento establece como una de sus funciones: “Otorgar los poderes y delegar parte de sus funciones (…)”; Que, el artículo 8° del ROF establece que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa, responsable de los sistemas administrativos en la entidad, de los órganos de asesoramiento y apoyo que dependan de ella, así como de las funciones de transparencia y acceso a la información pública, ética, integridad, la gestión documentaria, el archivo central, la defensa nacional y la gestión de riesgo de desastres; Que, mediante el TUO de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, y sus modi fi catorias, se regulan las disposiciones y lineamientos que deben observar las entidades del sector público en los procesos de contrataciones de bienes, servicios, consultorías y obras, regulando las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; así como aquellas actuaciones que no pueden ser delegadas. Asimismo, el numeral 8.2 del artículo 8° del referido TUO establece que el titular de la entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga; Que, por otra parte, el numeral 78.1 del artículo 78° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, prescribe que procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, incorporando en la norma general que rige la actuación administrativa de las entidades públicas la posibilidad de delegación de competencia entre órganos al interior de una misma entidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000372-2023- AGN/JEF, del 28 de diciembre de 2023, publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 29 de diciembre de