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31 NORMAS LEGALES Viernes 5 de enero de 2024 El Peruano / la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; en el Artículo 3 de la Resolución Osinergmin N° 133-2016-OS/CD; y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de costos administrativos FISE Aprobar los costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de octubre de 2023, de acuerdo con lo siguiente: EmpresaMonto total (Soles) Adinelsa 49 941,48 Coelvisac 3 150,75 Edelsa 2 558,80 Egepsa 3 390,06 Eilhicha 9 517,73Electro Dunas 27 706,66 Electro Oriente 462 102,13 Electro Pangoa 3 255,26 Electro Puno 163 127,85 Electro Sur Este 318 374,32 Electro Tocache 21 770,00 Electro Ucayali 47 953,47Electrocentro 312 067,20 Electronoroeste 132 731,53 Electronorte 189 499,64 Electrosur 23 218,09 Emsemsa 5 678,60Emseusac 8 394,51 Enel Distribución Perú 43 196,57 Esempat 3 346,60 Hidrandina 343 682,45 Luz del Sur 22 483,67 Seal 39 968,47 Sersa 6 432,17TOTAL 2 243 548,01 Artículo 2.- Instrucción de orden de pago A efectos de los reembolsos de los gastos reconocidos en la presente resolución, la instrucción de orden de pago la realizará el Ministerio de Energía y Minas, conforme al artículo 9 de la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético. Artículo 3.- Publicación de la resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx, conjuntamente con el Informe Técnico N° 0002-2024-GRT y el Informe Legal N° 0767-2023-GRT, que forman parte integrante de esta resolución. MIGUEL JUAN RÉVOLO ACEVEDO Gerente de Regulación de Tarifas 2250208-1ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban la publicación para comentarios del Proyecto de Norma que modifica las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones, Proyecto de Norma que modifica el Texto Único Ordenado de las Normas de Interconexión y del Proyecto de Norma que modifica el Reglamento General de Tarifas RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00349-2023-CD/OSIPTEL Lima, 29 de diciembre de 2023 MATERIA :MODIFICACIÓN DE DISPOSICIONES RELACIONADAS AL SERVICIO DE LARGA DISTANCIA VISTOS: (i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto modi fi car disposiciones relacionadas al servicio de larga distancia aprobadas por el Osiptel; (ii) El Informe Nº 213-DPRC/2023 elaborado por la Dirección de Políticas Regulatorias y Competencia, que sustenta el Proyecto a que se re fi ere el numeral precedente; con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, conforme a lo señalado en el artículo 3 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, Ley N° 27332, modi fi cada por las Leyes N° 27631, N° 28337 y N° 28964, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) ejerce, entre otras, la función normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materias de su competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo; Que, en línea con las mejores prácticas internacionales, el Osiptel viene implementando un plan de simpli fi cación normativa para el período 2021-2023, el cual tiene como objetivo la revisión de veinticuatro (24) normas para su eventual derogación y/o reordenamiento; Que, el Decreto Legislativo N° 1565, que aprueba medidas adicionales de simpli fi cación administrativa, y perfecciona el marco institucional y los instrumentos que rigen el proceso de mejora de calidad regulatoria, establece que la simpli fi cación administrativa es uno de los instrumentos para la mejora de calidad regulatoria como proceso ordenado, gradual y continuo orientado a promover la e fi ciencia, e fi cacia y transparencia en el ejercicio de la función normativa del Estado; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 025-2004-CD/OSIPTEL, se aprobó las Normas Complementarias sobre los Servicios Especiales con Interoperabilidad, las cuales contienen disposiciones que se encuentran relacionadas con el servicio de larga distancia. Por lo tanto, corresponde que sean analizadas de manera conjunta con las otras disposiciones del servicio de larga distancia; Que, con el objetivo de recabar información respecto a las modi fi caciones necesarias en los procedimientos de larga distancia y motivar la discusión respecto a distintos aspectos de la normativa actual se publicó para consulta temprana el Documento Soporte N° 01-2023/DPRC; Que, a partir del análisis de la información obtenida en la consulta temprana, las estadísticas del sector y el