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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2024 (05/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Viernes 5 de enero de 2024 El Peruano / 1.1. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modi fi caciones. b) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités en los procedimientos de selección en el mercado nacional y extranjero que realiza la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas para los órganos bajo su ámbito de competencia, así como modi fi car su composición. c) Autorizar las contrataciones derivadas de los requerimientos de bienes, servicios, obras y consultorías para el funcionamiento de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. d) Suscribir y resolver los contratos que se deriven de los procedimientos de selección que se realicen para el funcionamiento de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. e) Aprobar las contrataciones directas en los supuestos indicados en los literales e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en aquellas contrataciones que se realicen para el funcionamiento de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. 1.2. EN MATERIA CONTABLE, PRESUPUESTAL Y DE INVERSIÓN PÚBLICA: a) Designar a los responsables, titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001-1545: Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas del Pliego 335: Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. b) Suscribir los estados fi nancieros y presupuestales del Pliego 335: Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, solo respecto a la información fi nanciera y presupuestaria mensual, trimestral y del primer semestre. c) Aprobar la programación multianual y la formulación presupuestaria del Pliego 335: Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. d) Aprobar el Plan Operativo Institucional de la entidad, así como sus modi fi caciones. e) Aprobar las evaluaciones del Plan Estratégico Institucional, del Plan Operativo Institucional y del Presupuesto Institucional. f) Aprobar los expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión de las inversiones públicas con el objeto de dar inicio a su ejecución física. 1.3. EN MATERIA ADMINISTRATIVA Y DE GESTIÓN:a) Suscribir, modi fi car y/o resolver los contratos de auditoría fi nanciera externa. b) Representar a la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas ante cualquier tipo de autoridad y/o dependencia administrativa para iniciar y/o proseguir procedimientos de carácter administrativo. c) Remitir al Órgano de Control Institucional la documentación e información requerida en el marco del Control Simultáneo, en la forma y plazos solicitados, así como adoptar las acciones preventivas o correctivas respecto de las situaciones adversas identi fi cadas en los servicios de control simultaneo. d) Designar a los responsables titulares y suplentes que conformarán el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo. e) Aprobar directivas, planes, manuales, programas, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnicos-normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno a cargo de todos los órganos de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. f) Aceptar las donaciones de bienes muebles e inmuebles, previa evaluación de la documentación respectiva, así como de los informes técnico y legal que sobre el particular vayan a expedirse, en el marco de la normatividad aplicable.1.4. EN MATERIA LABORAL: a) Autorizar el inicio del proceso de contratación del personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, conforme a la normativa de la materia. Artículo 2.- Delegar en el (la) Jefe (a) de la O fi cina General de Administración de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas las siguientes facultades y atribuciones: 2.1. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO, RESPECTO DE LA UNIDAD EJECUTORA 001-1545: AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS: a) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección, por causal debidamente motivada. b) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y la reducción de prestaciones, hasta por el máximo permitido en la normativa de contrataciones del Estado. c) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual. d) Autorizar otras modi fi caciones a los contratos, cuando no resulten aplicables los adicionales, reducciones y ampliaciones de plazo, siempre que las mismas deriven de hechos sobrevinientes a la presentación de ofertas que no sean imputables a alguna de las partes, permitan alcanzar su fi nalidad de manera oportuna y e fi ciente, y no cambien los elementos determinantes del objeto, de conformidad con la normativa aplicable. e) Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios en general, en el caso de contratos derivados de licitación pública, concurso público, adjudicación simpli fi cada, subasta inversa electrónica, selección de consultores individuales y comparación de precios que realice la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. f) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje derivados del incumplimiento de los contratos suscritos en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento o la normativa que resulte aplicable. g) Ejercer la representación legal de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas para la ejecución de las garantías ante las empresas supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros y Administradora de Fondo de Pensiones autorizadas para emitir garantías; o las consideradas en la lista de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. h) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades, así como sus modi fi catorias, conforme lo establece el Sistema Nacional de Abastecimiento. i) Modi fi car órdenes de compra u órdenes de servicio emitidas para el funcionamiento de la Agencia. j) Suscribir y resolver los contratos de bienes y servicios cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias y sus respectivas adendas. k) Comunicar a los contratistas la aplicación de las penalidades que correspondan, de ser el caso. 2.2. EN MATERIA ADMINISTRATIVA Y DE GESTIÓN:a) Autorizar la impresión a color en casos debidamente justifi cados, en el marco del Decreto Supremo N° 050- 2006-PCM, que prohíbe en las entidades del Sector Público la impresión, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de las comunicaciones y/o documentos de todo tipo. b) Aprobar las solicitudes de baja y alta de bienes muebles y demás actos administrativos de disposición que deriven de los mismos. c) Suscribir las solicitudes de afectación en uso de bienes muebles patrimoniales, de conformidad con lo previsto en el numeral 57.1 del artículo 57 de la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, o norma que la reemplace o modi fi que.