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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2024 (05/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Viernes 5 de enero de 2024 El Peruano / Artículo 7.- Delegación de facultades a el (la) Jefe (a) de la Unidad de Tesorería y Contabilidad Delegar durante el Año Fiscal 2024, a el (la) Jefe (a) de la Unidad de Tesorería y Contabilidad de la O fi cina de Administración la facultad de ejercer la representación legal, únicamente respecto a procedimientos vinculados al ámbito de su competencia establecidos en el Reglamento de Organización y Funciones ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, para que gestione declaraciones y pagos e interponga recursos de todo tipo sobre reclamaciones, multas y resoluciones de cobranza u otros, ante la citada entidad en temas tributarios. Artículo 8.- Delegación de facultades a el (la) Jefe (a) de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Delegar durante el Año Fiscal 2024, a el (la) Jefe (a) de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, las facultades siguientes: a) Aprobar y formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático. b) Aprobar las modi fi caciones del Plan Operativo Institucional (POI) del INS. Artículo 9.- Atribuciones La presente delegación de facultades comprende las atribuciones de decidir y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso. Artículo 10.- Deber de informar Los titulares de las unidades organizacionales delegados en virtud de la presente Resolución, deberán informar semestralmente al titular de la Entidad sobre los actos que emitan como consecuencia de la delegación de facultades aprobada en la presente Resolución, dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre. Artículo 11.- Publicación Publíquese la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Salud (www.ins.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR JAVIER SUAREZ MORENO Presidente Ejecutivo 2250275-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Aprueban los costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de octubre de 2023 RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 001-2024-OS/GRT Lima, 4 de enero de 2024CONSIDERANDO:Que, con la Ley N° 29852 se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su artículo 3 un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las distribuidoras eléctricas, de conformidad con los artículos 7.3 y 7.6 de la Ley N° 29852, así como el artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por Osinergmin en que incurran dichas empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, con Resolución Osinergmin N° 187-2014- OS/CD, se aprobó la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas” (en adelante la “Norma Costos FISE”), la misma que estableció la fi jación de costos estándares unitarios para el reconocimiento de los costos de implementación y operación del FISE; Que, mediante la Resolución Osinergmin N° 019- 2023-OS/GRT y modi fi catorias, se aprobaron los costos estándares unitarios que son vigentes desde el 16 de mayo de 2023 hasta el 15 de mayo de 2025 o dentro de ese periodo, hasta que concluya el Encargo Especial asignado a las empresas estatales; según se trate de una empresa concesionaria privada o una empresa concesionaria de distribución de energía eléctrica del Estado, respectivamente; Que, considerando las fechas en que incurrieron en sus costos, las distribuidoras eléctricas Adinelsa, Coelvisac, Edelsa, Egepsa, Eilhicha, Electro Dunas, Electro Oriente, Electro Pangoa, Electro Puno, Electro Sur Este, Electro Tocache, Electro Ucayali, Electrocentro, Electronoroeste, Electronorte, Electrosur, Emsemsa, Emseusac, Enel Distribución Perú, Esempat, Hidrandina, Luz del Sur, Seal y Sersa han remitido los Formatos FISE 12-A, 12-B, 12-C y 12-D según lo dispuesto en la Norma Costos FISE; Que, los formatos remitidos contienen información hasta el mes de octubre de 2023 sobre los costos administrativos y operativos en los que han incurrido para implementar y operar el FISE; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 035-2019, se prorrogó, hasta el 31 de enero de 2020 el encargo efectuado en la Única Disposición Transitoria de la Ley N° 29852, concluyendo de esta forma y en aquella fecha, el encargo a Osinergmin de revisar las liquidaciones, aprobar el programa de transferencias y administrar el FISE. En esa línea, con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo de Osinergmin N° 008-2020-OS/PRES, se aprobó la entrega de recursos del FISE al Ministerio de Energía y Minas en su condición de Administrador del referido fondo; Que, en virtud de lo indicado en los considerandos precedentes, corresponde a Osinergmin como autoridad administrativa, aprobar los costos administrativos y operativos del FISE para el mes de octubre de 2023, luego de la revisión efectuada, a fi n de que se proceda a transferir del FISE los montos aprobados a favor de las distribuidoras eléctricas; Que, conforme al artículo 9 de la Ley N° 29852 y el artículo 2 del Decreto de Urgencia 035-2019, ha concluido el encargo a Osinergmin a que se re fi ere el artículo 19.3 de la Norma Costos FISE; en consecuencia, corresponde al Ministerio de Energía y Minas efectuar la instrucción de orden de pago para efectos del reembolso a que se re fi ere la presente resolución; Que, fi nalmente, se ha expedido el Informe Técnico N° 0002-2024-GRT y el Informe Legal N° 0767-2023-GRT de la Gerencia de Regulación de Tarifas, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de