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36 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de febrero de 2024 El Peruano / a la denominación de la unidad desconcentrada, corresponde realizar la designación con la nueva denominación; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 29-2024-JUS/PRONACEJ, de fecha 02 de febrero de 2024, se resolvió, entre otros, aceptar la renuncia formulada por la señora Lidsay Katty Huamán Reyes al cargo de con fi anza de administrador/a I del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo - La Libertad del Programa Nacional de Centros Juveniles, siendo su último día de labores el 6 de febrero de 2024, dándosele las gracias por los servicios prestados; Que, en tal sentido, el cargo de con fi anza de administrador/a I del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo – La Libertad del PRONACEJ, se encuentra vacante; por lo que, corresponde realizar la designación del/la titular; Que, en ese contexto, con Informe Nº 00032-2024- JUS/PRONACEJ-UGMSI, de fecha 6 de febrero de 2024, la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación, traslada, a la Dirección Ejecutiva, el Informe Nº 00046-2024-JUS/PRONACEJ-UGMSI-CJDR09, de la misma fecha, mediante el cual, entre otro, se solicita designar a la señora Ana Eva Pacherres Espejo, para el cargo de con fi anza de administrador/a I del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo – La Libertad del PRONACEJ, a partir del 7 de febrero de 2024; Que, al respecto, mediante el Informe Nº 00044-2024- JUS/PRONACEJ-UGRH, de fecha 6 de febrero de 2024, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos comunica el cumplimiento del per fi l de puesto de la señora Ana Eva Pacherres Espejo, para el cargo de con fi anza de administrador/a I del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo – La Libertad del PRONACEJ, a partir del día 7 de febrero de 2024, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057; Que, de acuerdo al Informe Legal Nº 00041-2024- JUS/PRONACEJ-UAJ, de fecha 6 de febrero de 2024, la Unidad de Asesoría Jurídica, desde un punto de vista legal, considera viable que la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Centros Juveniles emita el acto resolutivo que resuelva designar a la señora Ana Eva Pacherres Espejo en el puesto de con fi anza de administrador/a I del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo – La Libertad del Programa Nacional de Centros Juveniles, a partir del 7 de febrero de 2024, bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal p) del artículo 8 del MOP, la Dirección Ejecutiva tiene como funciones: “ Designar, encargar funciones, puestos y remover al personal de con fi anza ”; Con los vistos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación y la Unidad de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0247-2021-JUS; Resolución Ministerial Nº 0350-2022-JUS, que aprobó el Cuadro de Equivalencias de Unidades y Subunidades funcionales del PRONACEJ; y, la Resolución Ministerial Nº 0370-2023-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora Ana Eva Pacherres Espejo en el cargo de con fi anza de administradora I del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo - La Libertad del Programa Nacional de Centros Juveniles, a partir del 7 de febrero de 2024. Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos proceda con la noti fi cación de la presente resolución a las áreas pertinentes y a las servidoras citadas en los artículos 1 y 2 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos realice las acciones administrativas que resulten necesarias, en mérito a lo dispuesto en la presente resolución.Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO NIVARDO NAQUIRA CORNEJO Director Ejecutivo Programa Nacional de Centros Juveniles 2259464-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 052-2024-MIMP Lima, 6 de febrero de 2024 Vistos, el Informe N° D000111-2024-MIMP-OPTP de la Ofi cina de Procesos Técnicos de Personal; el Memorándum N° D00226-2024-MIMP-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° D000021-2024- MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional; el Memorándum N° D000123-2024-MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000086-2024-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, el artículo 4 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, dispone que el sistema administrativo de gestión de recursos humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizadas por las entidades públicas en la gestión de los recursos humanos; Que, el artículo 5 de la Ley N° 30057 señala que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) formula la política nacional del Servicio Civil, ejerce la rectoría del sistema y resuelve las controversias de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la referida Autoridad Nacional, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos; Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014- PCM, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el Subsistema de organización del trabajo y su distribución de fi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas. Los procesos que se consideran dentro de este subsistema son: a) Diseño de los puestos y b) Administración de puestos; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE se formaliza la aprobación de