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35 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de febrero de 2024 El Peruano / JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Cancelan título de notario del distrito de Jauja, provincia de Jauja y departamento de Junín, Distrito Notarial de Junín RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0031-2024-JUS Lima, 6 de febrero de 2024 VISTOS, el Informe Nº 01-2024-JUS/CN/ST/ REGISTRO, de la Coordinación de Registro Nacional de Notarios y Juntas Directivas de los Colegios de Notarios del Consejo del Notariado; el Memorando Nº 18-2024-JUS/CN, de la Presidencia del Consejo del Notariado; y el Informe Nº 61-2024-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 042-96-JUS, de fecha 29 de enero de 1996, se nombró como notario del distrito de Jauja, Jauja, Distrito Notarial de Junín al señor DIOMEDES VIDES RAMÍREZ ARROYO; Que, mediante O fi cio Nº 575-2023-CNJ/D, de fecha 24 de noviembre de 2023, el Colegio de Notarios de Junín comunicó a la Presidencia del Consejo del Notariado que en sesión de la Junta Directiva de fecha 23 de noviembre de 2023, se acordó por unanimidad cesar en el cargo al abogado DIOMEDES VIDES RAMÍREZ ARROYO notario del distrito de Jauja, provincia de Jauja y departamento de Junín por la causal prescrita en el inciso c) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1049 y su modi fi catoria aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1232; Que, mediante Memorando Nº 18-2024-JUS/CN, de fecha 11 de enero de 2024, la Presidencia del Consejo del Notariado remite a la Secretaría General el Informe Nº 01-2024-JUS/CN/ST/REGISTRO, de la Coordinación de Registro Nacional de Notarios y Juntas Directivas de los Colegios de Notarios del Consejo del Notariado, con los respectivos antecedentes, a fi n de tramitar la emisión de la resolución de cancelación de título de Notario señor DIOMEDES VIDES RAMÍREZ ARROYO; Que, de la documentación remitida por la Presidencia del Consejo del Notariado obran las copias de las sentencias de primera y segunda instancia del señor DIOMEDES VIDES RAMÍREZ ARROYO; el acta de sesión de la Junta Directiva del Colegio de Notarios de Junín Nº 010-2023 de fecha 23 de noviembre de 2023, por medio de la cual, se acordó por unanimidad designar a la señora Llubiza H. Tovar Pineda como administradora del acervo notarial del citado señor; así como el acta de cierre de registro notarial mediante el cual, se dejó constancia que no se pudo llevar a cabo la citada diligencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 1049 modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1232, el notario cesa por causal de haber sido condenado por delito doloso mediante sentencia fi rme, independientemente de la naturaleza del fallo o la clase de pena que haya impuesto el órgano jurisdiccional, por lo que, habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de Notario; Con los vistos de la Presidencia del Consejo del Notariado y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado y su modi fi catoria aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1232; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Cancelar, por causal de haber sido condenado por delito doloso mediante sentencia fi rme, el título de notario del distrito de Jauja, provincia de Jauja y departamento de Junín, Distrito Notarial de Junín, otorgado al señor DIOMEDES VIDES RAMÍREZ ARROYO. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Junín, para los fi nes que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2259193-1 Designan administradora I del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo - La Libertad del Programa Nacional de Centros Juveniles RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 33-2024-JUS/PRONACEJ Sumilla: Se resuelve, entre otros, designar a la señora Ana Eva Pacherres Espejo en el cargo de con fi anza de administrador/a I del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo - La Libertad del Programa Nacional de Centros Juveniles, a partir del 7 de febrero de 2024. Lima, 6 de febrero de 2024 VISTOS: El Informe N.º 00032-2024-JUS/ PRONACEJ-UGMSI de la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación; el Informe N.º 00044-2024-JUS/PRONACEJ-UGRH de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº 00041-2023-JUS/PRONACEJ-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N.º 006-2019-JUS, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el día 1 de febrero de 2019, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se creó el Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ), con el objeto de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en con fl icto con la ley penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los centros juveniles, a nivel nacional; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0247- 2021-JUS, publicada el 10 de diciembre de 2021 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se aprobó el nuevo Manual de Operaciones (MOP) del PRONACEJ; Que, el artículo 7 del MOP establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del PRONACEJ; por lo que, es responsable de plani fi car, dirigir, coordinar y supervisar las acciones técnico - administrativas y operativas del Programa, cautelando el cumplimiento de las políticas, lineamientos y planes orientados al funcionamiento óptimo del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en Con fl icto con la Ley Penal; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del PRONACEJ, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0281-2019-JUS, el cargo estructural de “administrador/a I del Centro Juvenil de Medio Cerrado de Trujillo – La Libertad” tiene la clasi fi cación de empleado de con fi anza (EC); Que, es preciso mencionar que, mediante Resolución Ministerial Nº 0350-2022-JUS, de fecha 15 de noviembre de 2022, se aprueba el Cuadro de Equivalencias de Unidades y Subunidades funcionales del Programa Nacional Centros Juveniles – PRONACEJ, en el cual se establece que los “centros juveniles de medio cerrado” cambiaron de denominación a “centros juveniles de diagnóstico y rehabilitación”; por lo que, en equivalencia