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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (28/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Viernes 28 de junio de 2024 El Peruano / a nivel nacional supervisen que los órganos jurisdiccionales que se encuentran bajo su jurisdicción, den estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 137-2020-CE-PJ, la cual establece la obligatoriedad de registrar todas las resoluciones judiciales en las casillas electrónicas; así como del uso del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas (SINOE), la Agenda Judicial Electrónica y el inmediato descargo de los actos procesales correspondientes a todas la actuaciones judiciales en el Sistema Integrado Judicial (SIJ). Artículo Décimo Sétimo.- Disponer que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, en donde se encuentre implementado el Sistema de Noti fi caciones Electrónicas (SINOE); así como la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de los lineamientos normativos que regulan el Sistema de Noti fi caciones Electrónicas (SINOE). Artículo Décimo Octavo.- Los jueces y juezas de los órganos jurisdiccionales a nivel nacional, en estricto cumplimiento de las normas que regulan la materia, deben disponer la noti fi cación de las resoluciones judiciales “únicamente” de manera electrónica, evitando hacerlo simultáneamente de manera física; sin perjuicio de la forma que expresamente señale la ley, o que por fallas técnico-informáticas del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas (SINOE) no se pueda noti fi car electrónicamente. Artículo Décimo Noveno.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Huaura, Lima, Lima Este, Lima Norte, Loreto, Puente Piedra – Ventanilla, Puno, Ucayali y Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, tomen las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado, garantizando evitar el quiebre de procesos en los casos que corresponda. Artículo Vigésimo.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Huaura, Lima, Lima Este, Lima Norte, Loreto, Puente Piedra – Ventanilla, Puno, Ucayali y Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER AREVALO VELA Presidente 2301844-1