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42 NORMAS LEGALES Martes 26 de marzo de 2024 El Peruano / - 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Flagrancia, distrito de Independencia, provincia de Lima. - 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Los Olivos, provincia de Lima. - 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Los Olivos, provincia de Lima - 1° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, distrito de San Martín de Porres, provincia de Lima. - 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, distrito de San Martín de Porres, provincia de Lima. - 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, distrito de San Martín de Porres, provincia de Lima. DISTRITO JUDICIAL DE PUENTE PIEDRA - VENTANILLA - Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Puente Piedra, provincia de Lima. HASTA EL 31 DE MAYO DE 2024 DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE - Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito Ate, provincia de Lima. DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE - Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, distrito y provincia de Canta. - 1° Sala Penal de Apelaciones Transitoria, distrito de Independencia, provincia de Lima. - 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Los Olivos, provincia de Lima. Artículo Segundo.- Desestimar por el momento, el requerimiento de la Corte Superior de Justicia de San Martín, respecto a la conversión del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Juanjuí, provincia de Mariscal Cáceres, a Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del mismo distrito y provincia; debido a que, con el apoyo del órgano jurisdiccional transitorio, su homólogo permanente está próximo a encargarse por su cuenta de toda la carga procesal en función unipersonal, aunado a que la mayoría de expedientes provenientes del Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del mismo distrito y provincia son de condición no compleja. Artículo tercero.- Disponer, a partir del 1 de abril de 2024, las siguientes medidas administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Norte, Del Santa, Piura, San Martín, Selva Central, Tumbes y Ucayali: a. Prorrogar hasta el 30 de abril de 2024 el 3° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Los Olivos, provincia de Lima y Corte Superior de Justicia de Lima Norte. b. Cerrar el turno al 3° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Los Olivos, provincia de Lima y Corte Superior de Justicia de Lima Norte. c. Cerrar el turno al 5°, 8°, 34° y 37° Juzgados Penales Liquidadores del distrito y provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima. d. Cerrar el turno ordinario y extraordinario al 24° y 25° Juzgados de Investigación Preparatoria del distrito y provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima. e. Cerrar el turno al 19° Juzgado Penal Unipersonal del distrito y provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima. f. Aperturar el turno ordinario y extraordinario del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Satipo, Corte Superior de Justicia de la Selva Central. g. Redistribuir de manera aleatoria y equitativa, la cantidad total de 78 expedientes del 1°, 2° y 3° Juzgados Penales Colegiados Permanentes del distrito y provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad, hacia el Juzgado Penal Colegiado Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia. h. Redistribuir de manera aleatoria y equitativa, la cantidad total de 90 expedientes del 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8° y 9° Juzgados Penales Unipersonales Permanentes del distrito y provincia de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, hacia el Juzgado Penal Colegiado Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia. i. Redistribuir de manera aleatoria la cantidad total de 140 expedientes del Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del distrito y provincia de Casma, Corte Superior de Justicia del Santa, hacia el Juzgado de Investigación Preparatoria de Descarga del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia. j. Redistribuir de manera aleatoria la cantidad total de 140 expedientes del Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del distrito y provincia de Paita, Corte Superior de Justicia de Piura, hacia el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia. k. Redistribuir de manera aleatoria la cantidad total de 88 expedientes del Juzgado Penal Unipersonal Permanente del distrito de Juanjuí, provincia de Mariscal Cáceres, Corte Superior de Justicia de San Martín, hacia el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia. l. Redistribuir de manera aleatoria y equitativa, la cantidad total de 140 expedientes del 1° y 2° Juzgados de Investigación Preparatoria Permanente del distrito y provincia de Tumbes, Corte Superior de Justicia de Tumbes, hacia el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia. m. Redistribuir de manera aleatoria la cantidad total de 140 expedientes del Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del distrito y provincia de Zarumilla, Corte Superior de Justicia Tumbes, hacia el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia. n. Redistribuir de manera aleatoria y equivalente, la cantidad total de 76 expedientes del Juzgado Penal Colegiado Permanente del distrito de Callería y provincia de Mariscal Cáceres, Corte Superior de Justicia de Ucayali, hacia el Juzgado Penal Colegiado Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia. o. Disponer que los expedientes a redistribuir en función investigación preparatoria autorizados en el presente apartado, son los que aún no hayan iniciado la audiencia de etapa intermedia; priorizando aquellos cuya programación de audiencia de acusación, sobreseimiento o control mixto sea la más lejana, o aquellos que se encuentran con el plazo de la investigación preparatoria próximo a vencer. p. Disponer que los expedientes a redistribuir en etapa de juzgamiento autorizados en el presente apartado, son los que aún no hayan iniciado juicio oral, con la fi nalidad de evitar el quiebre de los procesos en trámite, puesto que serán culminados por los órganos jurisdiccionales de origen; priorizando aquellos procesos cuya fecha de programación de juicio oral sea la más lejana. Artículo Cuarto.- Disponer, a partir del 1 de mayo de 2024, las siguientes medidas administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Lima, Lima Norte, Puno, San Martin y Ucayali: a. Redistribuir toda la carga procesal del 5°, 8°, 34° y 37° Juzgados Penales Liquidadores del distrito y provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima, hacia sus pares del mismo distrito y provincia de la misma competencia territorial y funcional. b. Convertir el 5°, 8° y 34° Juzgados Penales Liquidadores del distrito y provincia Lima, Corte Superior de Justicia de Lima como 31°, 32° y 33° Juzgados de Investigación Preparatoria del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia, con turno abierto y con la misma competencia territorial y funcional que el 8°, 9°,10°, 11°, 12°, 13°, 14°, 15°, 17°, 18°, 19°, 20°, 21°, 22° y 23° Juzgados de Investigación Preparatoria del mismo distrito, provincia y Corte Superior de Justicia. c. Convertir el 37° Juzgado Penal Liquidador del distrito y provincia Lima, Corte Superior de Justicia de