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49 NORMAS LEGALES Sábado 25 de mayo de 2024 El Peruano / Artículo Vigesimosegundo. Disponer que las Cortes Superiores de Justicia supervisen y garanticen mes a mes el registro continuo, completo y sin inconsistencias de la información estadística correspondiente a sus órganos jurisdiccionales, en el Sistema Integrado Judicial y Formulario Estadístico Electrónico (SIJ-FEE), de acuerdo a los disposiciones establecidas en la Directiva Nº 005-2012-GG-PJ, considerando que dicha información sirve de base para las diversas evaluaciones técnicas y posteriormente para la toma de decisiones. Artículo Vigesimotercero. Recordar a las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país que, para las futuras redistribuciones de expedientes en etapa de trámite de los procesos, desde dependencias permanentes hacia dependencias transitorias, se considerará únicamente a aquellas dependencias permanentes que presenten buen nivel resolutivo y no presenten inconsistencias de información de su carga procesal. Artículo Vigesimocuarto. Transcribir la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Programa Presupuestal “Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia” PpR0067, O fi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2292023-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de Presidente de la Comisión Organizadora y de funcionaria de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba para participar en evento a realizarse en EE.UU. UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE COMISIÓN ORGANIZADORA N° 138-2024-UNIQ Quillabamba, 17 de mayo de 2024VISTOS, El O fi cio Múltiple Nº0015-2024-MINEDU/ DM, de fecha 14 de mayo del 2024, la Opinión Legal N°110-2024-OAJ-BFT/UNIQ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de fecha 17 de mayo de 2024, Memorándum N° 036-2024-SG-CO-UNIQ de la Secretaria General de fecha 16 de mayo de 2024, Informe N° 0195-2024-OPP- UNIQ de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Acuerdo N°170-2024-SO-CCO-UNIQ de sesión ordinaria N°016-2024-SO-CCO-UNIQ, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al cuarto párrafo del Art. 18 de la Constitución política del Estado, concordante con el Art. 8 de la Ley N°30220 Ley Universitaria y modi fi cado mediante Ley N°31520; señalado en el Art. 29 otorga facultades a la Comisión Organizadora, a fi n de que procedan a la constitución de los órganos de gobierno correspondientes de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, concordante con el numeral 19.1 del Art. 19 del Estatuto de la UNIQ; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, de fecha 27 de julio del 2021, se aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, el cual en el numeral 6.1.5., señala que son funciones del Presidente de la Comisión Organizadora, literal a) “ Ejercer la representación legal de la universidad y de la Comisión Organizadora; Que, mediante la Ley N° 27619, se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, siendo que a través del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modi fi catorias, se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, el artículo 4° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, establece lo siguiente: “Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia. Salvo casos de fuerza mayor, la solicitud de autorización de viajes al exterior deberá ser formulada con una anticipación no menor a 72 horas ante la autoridad correspondiente”; Que, mediante O fi cio Múltiple Nº 0015-2024-MINEDU/ DM, del 14 de mayo del 2024, el Ministro de Educación hace extensiva la invitación a la Presidencia de la UNIQ para que participe en la “76º Conferencia y Exposición Anual de NAFSA-2024”, a realizarse en la ciudad de New Orleans, Louisiana, Estados Unidos - EE.UU., del 28 al 31 de mayo del 2024; Que, la participación permitirá que las universidades peruanas tengan la oportunidad de dar a conocer y difundir sus ofertas académicas; así como facilitar el incremento en la movilidad estudiantil y docente, promover el desarrollo de grupos de investigación y convenios e impulsar la integración en redes internacionales; entre otros, bene fi cios; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica establece procedente el viaje al exterior en comisión de servicios del Presidente de la Comisión Organizadora Cerapio N. Quintanilla Condor y a la Jefa de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales Maria Elena Chuspe Zans, y al Informe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, estableciendo que la escala de viáticos al exterior debe ser realizado por la planilla de viáticos, el cual será presentado por los comisionados; Que, el Consejo de la Comisión Organizadora, en su sesión ordinaria N°016-2024-SO-CCO-UNIQ de fecha 15 de mayo de 2024, emite el ACUERDO Nº170-2024- SO-CCO-UNIQ, aprobando por UNANIMIDAD, autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios del Dr. Cerapio N. Quintanilla Condor Presidente de la Comisión Organizadora de la UNIQ y de María Elena Chuspe Zans Jefa de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la UNIQ, a fi n de participar en la 76° Conferencia y Exposición Anual de NAFSA-2024, la cual se llevara a cabo del 28 al 31 de mayo de 2024 en la ciudad de New Orleans, Louisiana, Estados Unidos de América; En uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Ley N° 30220, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias, el Estatuto Universitario, y demás normas concordantes; SE RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicios a Cerapio N. Quintanilla Condor, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba y de María Elena Chuspe Zans, Jefa de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, para su participación en la “76°