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41 NORMAS LEGALES Sábado 25 de mayo de 2024 El Peruano / violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, en las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa (2), Cusco (2), Junín (1) y Lima Este (1); por cuanto los delitos de competencia material del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en su mayoría requieren penas privativas de libertad igual o mayor a 6 años, lo cual exige la necesidad de contar con dichos órganos jurisdiccionales, para atender la demanda de los juzgados penales subespecializados. Cuarto. Que, mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 255-2018-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resolvió comunicar a los presidentes y presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país que la redistribución y/o remisión de expedientes entre órganos jurisdiccionales permanentes y/o transitorios, es una facultad exclusiva del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, derivada de la función y atribución establecida en el inciso 26) del artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Quinto. Que, por Resolución Administrativa Nº 000460-2023-CE-PJ, éste Órgano de Gobierno dispuso la creación, entre otros, a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2023, de Juzgados Penales Colegiados Transitorios para el apoyo en la descarga en los Distritos Judiciales de Arequipa (2), Cusco (2), Junín (1) y Lima Este (1). Sexto. Que, a través de la Resolución Administrativa Nº 000551-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, entre otros, la prórroga de los Juzgados Penales Colegiados Transitorios subespecializados en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar, para el apoyo en la descarga correspondiente en las Cortes Superiores de Justicia de Cusco y Junín, hasta el 31 de enero de 2024; Cusco y Lima Este, hasta el 29 de febrero de 2024; y Arequipa, hasta el 31 de marzo de 2024. Sétimo. Que, por Resolución Administrativa Nº 000031-2024-CE-PJ éste Órgano de Gobierno dispuso, entre otros, la prórroga de los Juzgados Penales Colegiados Transitorios asignados a las Cortes Superiores de Justicia de Cusco y Junín, hasta el 29 de febrero de 2024. Octavo. Que, por Resolución Administrativa Nº 000061-2024-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, entre otros, la prórroga de los Juzgados Penales Colegiados Transitorios asignados a las Cortes Superiores de Justicia de Junín y Lima Este hasta el 31 de marzo del 2024; y Cusco hasta el 31 de mayo de 2024. Noveno. Que, asimismo, por Resolución Administrativa Nº 000095-2024- CE-PJ, éste Órgano de Gobierno aprobó la prórroga de los Juzgados Penales Colegiados Transitorios de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Junín y Lima Este, hasta el 31 de mayo de 2024. Décimo. Que, conforme al Informe Nº 000010-2024- RT- PPOR1002-P-PJ, elaborado por la Responsable Técnica del mencionado programa, se ha establecido que al mes de abril de 2024, los Juzgados Penales Colegiados Conformados - VCMEIGF de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y Cusco cuentan con una carga pendiente promedio de 300 y 443 expedientes, respectivamente; y los de Junín y Lima Este, una carga pendiente de 226 y 324, cada uno; evidenciando una situación de sobrecarga procesal en dichos juzgados permanentes. Asimismo, los Juzgados Penales Colegiados Transitorios - VCMEIGF de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa y Cusco, resolvieron al mismo periodo, un promedio de 76 y 105 expedientes; y los de Junín y Lima Este, resolvieron 55 y 58 expedientes cada uno; lo que viene evidenciando la importancia de la labor de descarga procesal de dichos órganos transitorios. Décimo Primero. Que, por lo expuesto en el O fi cio Nº 000037-C-PPOR1002-P-PJ, cursado por la Coordinadora de Seguimiento, Monitoreo y Supervisión del Programa Presupuestal orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002); y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; resulta necesario emitir las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Décimo Segundo . Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 772- 2024 de la décima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 22 de mayo de 2024, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero. Prorrogar, a partir del 1 de junio de 2024, el funcionamiento de los siguientes Juzgados Penales Colegiados Transitorios, para el apoyo en la descarga procesal; de acuerdo al siguiente detalle: HASTA EL 31 DE JULIO DE 2024 Corte Superior de Justicia de Arequipa - 1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa. - 2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Arequipa. Corte Superior de Justicia de Cusco - 1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Cusco. - 2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Cusco. Corte Superior de Justicia de Junín - Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Junín. Corte Superior de Justicia de Lima Este - Juzgado Penal Colegiado Transitorio subespecializado en delitos derivados de la Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar de Lima Este. Artículo Segundo.- Redistribuir los expedientes principales en trámite desde los Juzgados Penales Colegiados Conformados hacia los Juzgados Penales Colegiados Transitorios subespecializados en delitos derivados de la violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Junín, y Lima Este, conforme se detalla en el siguiente cuadro: Corte Superior de JusticiaDesde HaciaRedistribución de expedientes en trámite ArequipaJuzgado Penal Colegiado Conformado de Arequipa1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Arequipa40