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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2025 (12/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Domingo 12 de enero de 2025 El Peruano / queda prohibida la percepción del bene fi cio aprobado en la Ley N° 32185. Artículo 8.- Proyectos de ejecución presupuestaria directa La Boni fi cación por Escolaridad es de aplicación a los trabajadores que prestan servicios personales en los proyectos de ejecución presupuestaria directa a cargo del Estado. Para tal efecto, el egreso se fi nancia con cargo al presupuesto de los proyectos respectivos. Artículo 9.- Cargas Sociales9.1 La Boni fi cación por Escolaridad no está afecta a los descuentos por cargas sociales, fondos especiales de retiro y aportaciones al Sistema Privado de Pensiones, de conformidad con lo establecido en el literal g) del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 140-90-PCM, el artículo 7 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-97-TR, y el artículo 90 del Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido a A fi liación y Aportes, aprobado mediante Resolución Nº 080-98-EF-SAFP. 9.2 Asimismo, la Boni fi cación por Escolaridad no constituye base de cálculo para el reajuste de cualquier tipo de remuneración, boni fi cación, bene fi cio o pensión. Artículo 10.- Disposiciones complementarias para la aplicación de la Boni fi cación por Escolaridad 10.1 Las entidades públicas que habitualmente han otorgado la Boni fi cación por Escolaridad, independientemente de su régimen laboral, no pueden fi jar montos superiores al establecido en el literal b) del numeral 7.1 del artículo 7 de la Ley N° 32185, bajo responsabilidad de la O fi cina de Administración o la que haga sus veces de la entidad respectiva, salvo que sea de aplicación el supuesto regulado en el numeral 7.2 del artículo 7 de la referida Ley. 10.2 El Ministerio de Economía y Finanzas, en caso fuera necesario, queda autorizado a dictar las disposiciones complementarias para la correcta aplicación de la presente norma. Artículo 11.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- Modi fi cación de la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 268-2024-EF Modi fi car la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 268-2024-EF, Decreto Supremo que aprueba el nuevo Monto Único Consolidado (MUC) para los servidores administrativos y funcionarios sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, así como los criterios y otras disposiciones para su implementación, en los siguientes términos: “ÚNICA.- Derogación Derogar el artículo 1 del Decreto Supremo N° 314- 2023-EF, Decreto Supremo que aprueba el nuevo Monto Único Consolidado (MUC) para los servidores administrativos y funcionarios sujetos al régimen del Decreto Legislativo N° 276, así como los criterios y otras disposiciones para su implementación”. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de enero del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2361205-1EDUCACIÓN Designan Director General de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar del Ministerio de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 013-2025- MINEDU Lima, 10 de enero de 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, con efectividad al 13 de enero de 2025, al señor LUIS ALBERTO QUINTANILLA GUTIERREZ, en el cargo de Director General de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2361182-1 Designan Jefa de la Oficina de Gestión del Desarrollo y la Capacitación de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 014-2025- MINEDU Lima, 10 de enero de 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Ofi cina de Gestión del Desarrollo y la Capacitación de la Ofi cina General de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, con efectividad al 13 de enero de 2025, a la señora SHARAI HEADDY BORJAS MORALES, en el cargo de Jefa de la O fi cina de Gestión