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21 NORMAS LEGALES Domingo 12 de enero de 2025 El Peruano / Que, mediante Informe Técnico Nº 000480-2024-CEPLAN-DNCPPEI, remitido con O fi cio Nº 001262-2024-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN emite opinión técnica favorable respecto del Plan Estratégico Institucional 2025-2030 del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Informe Nº 004-2025-MINEM/OGPP- OPPIC, la O fi cina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto sustenta el Plan Estratégico Institucional 2025-2030 del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Acta Nº 01-2025, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Energía y Minas, en cumplimiento de sus funciones ha validado la propuesta del Plan Estratégico Institucional 2025-2030 del Ministerio de Energía y Minas; Que, conforme al artículo 39 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modi fi catorias, (en adelante, ROF del MINEM), la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento encargado de conducir, coordinar, supervisar y evaluar los procesos de planeamiento, presupuesto, programación de inversiones, racionalización, coordinación regional y cooperación internacional de la Institución; asimismo, el artículo 41 del citado dispositivo legal, señala que: i) la Ofi cina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional, ii) la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional, y iii) la O fi cina de Presupuesto son las unidades orgánicas de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, el artículo 42 del ROF del MINEM, establece que, la Ofi cina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional es la unidad orgánica encargada de organizar, dirigir y evaluar la ejecución de los planes de la institución, consolidar y difundir la información estadística sectorial; desarrollar los procesos de programación multianual de inversiones sectorial de acuerdo a la normatividad vigente, así como coordinar el proceso de Cooperación Internacional de la entidad; Que, los literales a) y b) del artículo 43 del ROF del MINEM, señala que, la O fi cina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional tiene entre sus funciones formular, consolidar y evaluar los planes, objetivos y políticas institucionales, de conformidad con las normas y disposiciones técnicas por la autoridad competente; así como, coordinar y desarrollar las actividades relacionadas con el proceso de cooperación técnica internacional; Que, mediante Informe Nº 012-2025/MINEM-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable al proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025-2030 del Ministerio de Energía y Minas; Con los vistos de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD y modi fi catorias; la Directiva Nº 001-2024-CEPLAN/PCD “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00021-2024/CEPLAN-PCD; la versión actualizada de la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0055-2024/CEPLAN/PCD;SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025-2030 del Ministerio de Energía y Minas, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 119-2024-MINEM/DM que aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2027 Ampliado del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”, así como también se registre en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2361201-1 RELACIONES EXTERIORES Designan Agregado a la Embajada del Perú en el Reino de España RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0015-2025-RE Lima, 10 de enero de 2025 VISTOS: La Hoja de Trámite (GAB) N° 54 del Despacho Ministerial, del 8 de enero de 2025; el Memorándum N° OPP000692025 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del 9 de enero de 2025; y, el Informe Técnico N° 004-2025-ORH contenido en el Memorándum N° ORH001072025 de la O fi cina General de Recursos Humanos, del 9 de enero de 2025; y, CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de ciertas funciones especializadas, el Ministerio de Relaciones Exteriores puede designar Agregados a sus Misiones Diplomáticas, Ofi cinas Consulares y Representaciones Permanentes en el Exterior; Que, conforme al Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante la Resolución Secretaría General N° 0692-2022-RE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 28 de octubre de 2022 -modi fi cado a través de las Resoluciones de Secretaría General N° 0283-2024-RE y N° 0461- 2024-RE publicadas en el diario o fi cial el 14 de marzo de 2024 y el 4 de abril de 2024, respectivamente- el cargo estructural de “Agregado/a” -de clasi fi cación EC/SP-ES (Empleado de con fi anza/Servidor Público-Especialista)- corresponde a un servidor civil que, entre otros, realiza funciones especializadas relacionadas con actividades productivas del país como turismo, agricultura, entre otras, o actividades que tengan impacto para el desarrollo social del país, como son educación, salud, vivienda, etc., para impulsar la cooperación bilateral entre el Perú y el Estado receptor; Que, para el mejor cumplimiento de sus funciones, y con el propósito de fortalecer la articulación y coordinación con actores públicos en todos los niveles, así como de actores privados que desarrollan actividades vinculadas a la acción exterior, resulta necesario que la Embajada del Perú en el Reino de España cuente con los servicios de un/a Agregado/a; Que, en ese contexto; y, en atención a lo instruido por el Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores a través de la Hoja de Trámite (GAB) N° 54, la O fi cina General