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29 NORMAS LEGALES Domingo 19 de enero de 2025 El Peruano / para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 0020-2024-DDC-AYA-POP/MC de fecha 23 de setiembre de 2024, así como en el Informe N° 001364-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000275-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC y el Plano Perimétrico con código PP-21-2024-DDC-AYA/MC-WGS84 los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación:xSe solicitó al señor Juan Prado Diaz, identificado con DNI N° 28313346, presidente del Centro Poblado de Qollpa Cucho, distrito de Vischongo, evitar el pastoreo de animales mayores al interior del Sitio Arqueológico de “Chuco” y evitar el crecimiento de las fronteras agrícolas. Así como, respetar los límites de la poligonal arqueológica propuesta. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ayacucho, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Vischongo, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 00020-2024-DDC-AYA-POP/MC de fecha 23 de setiembre de 2024, el Informe N° 001364-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000275-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC e Informe Nº 000016-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PP-21-2024-DDC-AYA/MC-WGS84 las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MOIRA ROSA NOVOA SILVA Dirección General de PatrimonioArqueológico Inmueble 2362922-1DEFENSA Modifican el artículo 1 de la R.S. N° 181- 2024-DE, que asigna empleo a partir del 1 de enero de 2025, en el extremo referido al empleo de los Generales de Brigada del Ejército del Perú, por necesidad de servicio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2025-DE Lima, 18 de enero de 2025 VISTOS:El O fi cio Nº 002 SCGE/N-04, de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Informe Técnico Nº 00006-2025-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEM de la Dirección de Personal Militar de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa; y, el Informe Legal Nº 00043-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO:Que, el artículo 14 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, establece que el empleo constituye el desempeño personal de una función real y efectiva que se encomienda al O fi cial en atención a los Cuadros de Organización de cada Institución Armada y conforme a su grado, antigüedad y especialidad; Que, el literal A) del artículo 15 de la citada Ley, dispone que el nombramiento y asignación en el empleo de los O fi ciales Generales y Almirantes se efectúan mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Defensa, a propuesta del Comandante General de la Institución Armada correspondiente; Que, asimismo, el literal D) del artículo 17 del acotado dispositivo legal, señala que el cambio de empleo se suscita cuando se veri fi ca la necesidad del servicio; Que, el numeral 2, del literal A) del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, Decreto Supremo que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos que integran el Ministerio de Defensa, establece que, por Resolución Suprema, se aprobarán los nombramientos y cambios de empleo de O fi ciales Generales y Almirantes; Que, por medio del O fi cio Nº 002 SCGE/N-04, el Ejército del Perú propone la modi fi cación del artículo 1 de la Resolución Suprema Nº 181-2024-DE, en el extremo referido al empleo de O fi ciales Generales del grado de General de Brigada de la referida Institución Armada, para lo cual adjunta los documentos que sustentan la referida propuesta; Que, a través del Informe Técnico Nº 00006-2025- MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEM, la Dirección de Personal Militar de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa considera que la propuesta de reasignación del empleo referida en el considerando precedente debe ser evaluada por la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa; Que, con el Informe Legal Nº 00043-2025-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable aprobar, por medio de resolución suprema, la modi fi cación del artículo 1 de la Resolución Suprema Nº 181-2024-DE, en el extremo referido al empleo de O fi ciales Generales del grado de General de Brigada, de acuerdo a lo requerido por el Ejército del Perú; Con el visado de la Comandancia General del Ejército del Perú, de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa. Estando a lo propuesto por el señor Comandante General del Ejército del Perú.