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70 NORMAS LEGALES Sábado 15 de febrero de 2025 El Peruano / empleados de con fi anza (EC) y/o directivo superior de libre designación y remoción (DSLDR); y siendo que a la fecha cuenta con 15 puestos considerados en su CAP – P. • De acuerdo a lo dispuesto por la alta dirección de la Universidad Nacional de Cañete y en concordancia al literal 6.1.5 del artículo 6 de la Directiva Nº 006-2021 SERVIR-GDSRH, se realizó la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos y; de conformidad con el literal 6.4. de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH se propone la actualización del Cuadro para Asignación de Personal, según los siguientes supuestos: a. Designación de personas, que cumplan con los requisitos dispuestos en el MCC, en cargos clasifi cados como EC y/o cali fi cados como DSLDR: Mediante RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 060-2025-UNDC/CO se aprobó la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos en atención a lo solicitado por la alta dirección referente a la habilitación de cargos clasi fi cados como EC y Directivo Superior (SP – DS) con condición de libre designación y remoción (DSLDR). b. Variación en la cantidad de posiciones en situación de ocupado y previsto, como resultado del ingreso, la salida o la rotación de personal; sin que ello altere el total de posiciones del cargo, de la unidad orgánica, del órgano ni de la entidad: Mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 183 2023-UNDC/CO de fecha 25 de julio de 2023, se aprobaron los resultados fi nales del concurso público de nombramiento docente de la Universidad Nacional de Cañete y mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 358 2024-UNDC/CO de fecha 19 de setiembre de 2024, se aprobaron los resultados fi nales del concurso público de nombramiento docente de la Universidad Nacional de Cañete. En tal sentido, la Unidad de Recursos Humanos presenta la propuesta de actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP – P), habiéndose actualizado 18 posiciones consideradas como previstas cambiando a posiciones ocupadas; Que, con INFORME Nº 0135-2025-UNDC/PCO/OPP de fecha 4 de febrero de 2025, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto brinda conformidad a la propuesta de actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P); Que, con INFORME LEGAL Nº 036-2025-UNDC/OAJ- JLOC de fecha 4 de febrero de 2025, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica recomienda aprobar la propuesta de actualización del CAP Provisional de la Universidad Nacional de Cañete, toda vez que existen 24 posiciones de Directivo Superior, de los cuales, 09 posiciones han sido califi cados como Directivo Superior de Libre Designación y Remoción (DSLDR) y 05 Empleados de Con fi anza (EC), cumpliendo con lo normado por la Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público y Ley Nº 31419 – Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones y el Decreto Supremo Nº 053-2022 PCM; a fi n de garantizar la operatividad de los órganos y unidades orgánicas y cumplir con los objetivos institucionales de manera oportuna; Que, mediante MEMORANDUM Nº 075-2025-UNDC/ COMAID-P de fecha 5 de febrero de 2025, la Presidencia de la Comisión Organizadora deriva el presente expediente a la Secretaría General para que sea visto en sesión extraordinaria de fecha 5 de febrero de 2025; Que, los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, en sesión extraordinaria Nº 009-2025 de fecha 5 de febrero de 2025, acordaron APROBAR la actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP – P) de la Universidad Nacional de Cañete; Estando a lo expuesto y a las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y su modi fi catoria y en la Resolución Viceministerial Nº 069-2022-MINEDU, así como en el Estatuto de la UNDC y demás normas concordantes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP – P) de la Universidad Nacional de Cañete, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Comisión Organizadora. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración, O fi cina de Planeamiento y presupuesto y la Unidad de Recursos Humanos de la Universidad Nacional de Cañete, adoptar las acciones conducentes al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución a todas las dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional de Cañete, para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, realizar la publicación de la presente Resolución que actualiza el CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL PROVISIONAL - CAP PROVISIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, realizar la publicación de la presente resolución y sus Anexos que se encuentran en la Página Web Institucional de la Universidad Nacional de Cañete (www.undc.edu.pe ) Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.MARCIA ADRIANA IBERICO DIAZ Presidente (e) de la Comisión Organizadora ADALBERTO CRUZ GARCIA Secretario General 2371079-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran fundado, en parte, recurso de apelación interpuesto por personero legal de la organización política Movimiento Acción Nacionalista Peruano RESOLUCIÓN N° 0016-2025-JNE Expediente N° JNE.2024000373 LIMA - LIMAONPEAPELACIÓN Lima, veintisiete de enero de dos mil veinticinco VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Cristian Víctor Inchicaqui Rosales, personero legal de la organización política Movimiento Acción Nacionalista Peruano (en adelante, señor personero) en contra de Resolución Jefatural N° 002637-2022-JN/ONPE, del 25 de julio de 2022, a través de la cual la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto en contra de la Resolución N° 002089-2022-JN/ONPE, del 27 de mayo de 2022, que sancionó a la citada organización política con una multa de doce con ocho décimas (12.8) unidades impositivas tributarias (UIT), conforme al artículo 36-A de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP), por la comisión de la infracción tipi fi cada en el