Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (22/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Sábado 22 de febrero de 2025 El Peruano / Efectuada a partir de una muestra de sangre tomada el día de la colecta. 17. Lengua azul:Las hembras bovinas donadoras: a. Entre veintiocho (28) y sesenta (60) días después de la colecta de los ovocitos, resultaron negativas a: - Una (1) prueba serológica de ELISA competitiva; o, - Una (1) prueba de Inmunodifusión en Agar Gel. O, b. Han resultado negativas a las siguientes pruebas, a partir de muestras de sangre tomadas en la fecha de la colecta de ovocitos: - Prueba de aislamiento del virus; o, - Pruebas de PCR (reacción en cadena de la polimerasa). Y, Los machos bovinos donadores:a. Entre veintiocho (28) y sesenta (60) días después de la colecta del semen, resultaron negativos a: - Una (1) prueba serológica de ELISA Competitiva; o, - Una (1) prueba de Inmunodifusión en Agar Gel. O,b. Dieron resultados negativos en las pruebas de identi fi cación del agente que se efectuaron a partir de muestras de sangre tomadas al principio, al fi nal y por lo menos cada siete (7) días (prueba de aislamiento del virus) o por lo menos cada veintiocho (28) días (PCR) durante el período de colecta del semen a ser enviado. 18. Los embriones han sido lavados y tratados con tripsina de conformidad con los procedimientos preconizados por la IETS, los cuales se reconocen como medio para mitigar la contaminación microbiana y la transmisión de lengua azul, brucelosis, leucosis bovina enzoótica y rinotraqueítis infecciosa bovina / vulvovaginitis pustular infecciosa. 19. Durante el proceso y almacenamiento de los embriones para la exportación, no se ha procesado ningún otro embrión de donador con estatus inferior. Todos los materiales utilizados en el proceso fueron esterilizados antes del uso, de acuerdo con las recomendaciones del Manual de la IETS. 20. Las pajuelas*, que contienen los embriones, fueron almacenadas en contenedores de nitrógeno líquido bajo estrictas condiciones de higiene y según las recomendaciones de la IETS; y fueron precintados bajo la supervisión de la autoridad o fi cial de la Confederación Suiza. 21. Los contenedores son nuevos o fueron limpiados y desinfectados con productos autorizados por la autoridad ofi cial competente de la Confederación Suiza. 22. Las pajuelas* están identi fi cadas de manera que permitan conocer el número de autorización del centro de recolección y procesamiento de embriones, identi fi cación de los donadores (hembra y macho), número de lote, raza, fecha de colecta y procesamiento de embriones. 23. El embarque de los embriones fue sometido a inspección o veri fi cación por la Autoridad O fi cial de la Confederación Suiza, en el punto de salida. (*) ampollas. ESTOS REQUISITOS SANITARIOS DEBEN SER REMITIDOS A SU PROVEEDOR EN LA CONFEDERACIÓN SUIZA, A FIN DE QUE LOS CERTIFICADOS SANITARIOS EMITIDOS POR EL SERVICIO VETERINARIO OFICIAL INCLUYAN LAS EXIGENCIAS ANTES DESCRITAS.EN CASO LA CERTIFICACIÓN NO COINCIDA CON ESTOS REQUISITOS, LA MERCANCÍA SERÁ RECHAZADA O COMISADA. ANEXO 2 REQUISITOS SANITARIOS PARA LA IMPORTACIÓN DE EMBRIONES RECOLECTADOS IN VITRO DE BOVINO PROCEDENTES DE LA CONFEDERACIÓN SUIZA Los embriones de bovino deberán estar acompañados por un certi fi cado sanitario expedido por la autoridad ofi cial competente del país exportador, en el que conste el cumplimiento de lo siguiente: I. IDENTIFICACIÓN:a) Nombre, dirección y numero de autorización del centro de recolección y procesamiento de embriones. b) Nombre y dirección del exportador e importador.c) Fecha de inseminación arti fi cial, colecta y congelación de los embriones. d) Identi fi cación de las hembras y machos bovinos donadores (nombre, código de registro, raza y edad). e) Identi fi cación de las pajillas* que contienen a los embriones. f) Cantidad total de pajillas*. II. REQUERIMIENTOS SANITARIOS: 1. La Confederación Suiza es o fi cialmente libre de las siguientes enfermedades: fi ebre aftosa, perineumonía (pleuroneumonía) contagiosa bovina, peste bovina, fi ebre del valle de Rift, enfermedad de akabane y enfermedad de Ibaraki; y cuenta con el reconocimiento de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) de riesgo insigni fi cante a encefalopatía espongiforme bovina. 2. El centro de recolección y procesamiento de embriones se encuentra autorizado y supervisado por la autoridad o fi cial competente de la Confederación Suiza y habilitada por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) de la República del Perú. 3. En el centro de recolección y procesamiento de embriones y al menos en un radio de diez (10) km a su alrededor, no se han establecido cuarentenas o restricción de la movilización de bovinos durante los sesenta (60) días previos a la colecta y tratamiento de ovocitos. 4. Las hembras y machos bovinos donadores nacieron y se criaron en la Confederación Suiza y las hembras han permanecido al menos sesenta (60) días en el centro de recolección y procesamiento de embriones. 5. Los ovocitos han sido colectados, tratados y almacenados en un centro de recolección y procesamiento de embriones de conformidad con lo dispuesto en el Código Sanitario de los Animales Terrestres vigente de la OMSA y las recomendaciones de la Sociedad Internacional de Transferencia de Embriones (IETS). 6. Los ovocitos, que darán origen a los embriones, fueron fecundados con semen que procede de un centro de inseminación arti fi cial autorizado por la autoridad o fi cial de la Confederación Suiza y cumple con los requerimientos mínimos para el control de enfermedades producidas por inseminación arti fi cial, según lo establecido en el Código Sanitario de los Animales Terrestres vigente de la OMSA y las recomendaciones de la IETS. 7. Las hembras bovinas donadoras y los demás animales susceptibles del centro de recolección y procesamiento de embriones fueron inspeccionados durante la colecta y tratamiento de los ovocitos, encontrándose en buen estado de salud y libres de evidencia de enfermedades infectocontagiosas incluyendo perineumonía contagiosa bovina, rinotraqueítis infecciosa bovina / vulvovaginitis pustular infecciosa, paratuberculosis, lengua azul, leucosis enzoótica bovina, tricomoniasis, leptospirosis, diarrea viral bovina, brucelosis bovina, enfermedad hemorrágica epizoótica y campilobacteriosis genital bovina; y en los sesenta (60) días siguientes a la colecta. De igual manera, los machos bovinos donadores también fueron evaluados antes, durante y en los sesenta (60) días siguientes a la colecta de semen.