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92 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de junio de 2025 El Peruano / VISTO: El O fi cio N° 0687-2025/UNTUMBES-OPP, del 10 de junio del 2025, donde se dispone la autorización del permiso y emisión de resolución, de los docentes Mg. José Luis Cabrera Reyes y Mg Irving Lauro Alejandro Salazar Quevedo, para el viaje al extranjero que a continuación se indica; y CONSIDERANDO: Que, mediante OFICIO N° 001-2025/UNTUMBES- VRCAD-FCA -JLCR-ILSQ, de fecha 02 de junio de 2025, Mg. José Luis Cabrera Reyes y el Mg Irving Lauro Alejandro Salazar Quevedo, adscrito al Departamento Académico de la Escuela Profesional de Ingeniera Agroindustrial de la Universidad Nacional de Tumbes, solicitan permiso, autorización y fi nanciamiento de pasajes para participar en las actividades académicas que se llevarán cabo del 27 de junio al 07 de julio del presente año en la Escuela Politécnica de Ingeniería de la Universidad de Santiago de Compostela, en Galicia - España. Que, con O fi cio N° 0456-2025/UNTUMBES- VRCAD- FCA-D, del 04 de junio del 2025, el señor Decano de la Facultad de Ciencias Agrarias, en atención a lo requerido en el párrafo anterior, solicita al señor Rector, la autorización y el fi nanciamiento de los pasajes aéreos (al país de España), dichos gastos, serán a cargo del presupuesto de la Facultad de Ciencias Agrarias; Que mediante el Informe N° 0580-2025/UNTUMBES- OPP-UP, del 10 de junio de 2025, donde el Jefe de la Unidad de Presupuesto, informa sobre la disponibilidad presupuestal para el viaje de los docentes Mg. José Luis Cabrera Reyes y el Mg Irving Lauro Alejandro Salazar Quevedo, por el monto de S/. 22,700.00 (Veintidós mil Setecientos con 00/100 Soles); Que, mediante O fi cio N° 0687-2025/UNTUMBES- OPP, del 10 de junio del 2025, el Jefe de Planeamiento y Presupuesto, alcanza al señor Rector la disponibilidad presupuestal para el trámite correspondiente con Hoja de Trámite de fecha 11 de junio de 2025, el señor Rector, dispone la emisión de la Resolución correspondiente; Que en razón de lo anterior y al amparo de lo establecido en la Ley N° 32185, de Presupuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal 2025; Ley N° 27619 - Ley que se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; así como en su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047- 2002, modi fi cado con el Decreto Supremo N° 056-2013- PCM; y en el Estatuto de esta Universidad, es conveniente disponer la autorización de dicho viaje, en los términos que se consignan en la parte resolutiva; En uso de las atribuciones que son inherentes al señor Rector; SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR el viaje de los docentes Mg. JOSÉ LUIS CABRERA REYES y el Mg IRVING LAURO ALEJANDRO SALAZAR QUEVEDO, en la ciudad de Galicia (España), desde del 27 de junio al 7 de julio de 2025, para que participe en las actividades académicas en la Escuela Politécnica de Ingeniería de la Universidad de Santiago de Compostela; otorgándosele pasajes vía aérea y viáticos con cargo presupuesto asignado a la Facultad de Ciencias Agrias, de acuerdo al siguiente detalle: DETALLE MONTO TOTAL PASAJES AÉREOS NACIONALES E INTERNACIONALES7,200.00 14,400.00 4 DÍAS DE VIÁTICOS (2 personas) 4,150.00 8,300.00 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL S/. 22,700.00 Artículo 2°.- ENCOMENDAR a la Unidad de Recursos Humanos, a la Dirección General de Administración, el cumplimiento de las acciones que siendo de sus respectivas competencias, se deriven de lo aquí dispuesto. Artículo 3°.- AUTORIZAR la publicación de la presente Resolución, en el Diario “El Peruano”.Dada en Tumbes, a los doce días de junio de dos mil veinticinco. Regístrese y comuníquese.-ENRIQUE EDISON BENITES JUAREZ Rector IVÁN ABDON PUELL SEMINARIO Secretario General 2410085-1 Otorgan duplicado de diploma de bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1376-2025-UNI Lima, 22 de mayo de 2025VISTO:El Expediente con Registro Nº 57012-2025, del Sistema de Gestión Documentaria sobre la solicitud de expedición del duplicado de diploma de grado académico de bachiller en Ciencias, con mención en Ingeniería Industrial del señor JORGE JESUS AVALOS SALGUERO, otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería. CONSIDERANDO:Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que “Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”; Que, conforme a lo establecido en el artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 7° del Estatuto aprobado por la Resolución Rectoral N° 1787 del 16 de diciembre de 2014, establece que “El Estado reconoce la autonomía universitaria, que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable”. Esta autonomía se mani fi esta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, el artículo 18° del Estatuto de la Universidad establece que “El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y de ejecución académica y administrativa de la universidad”; Que, de acuerdo al artículo 14° del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/CD del 18 de diciembre de 2015, establece que la emisión del duplicado de diploma por parte de la universidad, institución o escuela de educación superior genera, previa solicitud, la anulación de la inscripción primigenia; Que, bajo comento el reglamento modi fi cado por la Resolución del Consejo Directivo Nº 010-2017-SUNEDU/ CD del 22 de marzo de 2017, que establece adecuar los procedimientos administrativos y servicios que brinda en exclusividad, contenidos en el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos; Que, con Resolución Rectoral N° 0122, del 18 de enero de 2008, se aprobó el Reglamento para el Otorgamiento de Duplicado del Diploma de Grado Académico o del Título Profesional de la Universidad Nacional de Ingeniería, modi fi cándose posteriormente, los artículos 3° y 4º de dicho Reglamento a través de la Resolución Rectoral Nº 3085-2024 del 28 de agosto de 2024, disponiendo los requisitos para el otorgamiento