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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (26/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 77

77 NORMAS LEGALES Jueves 26 de junio de 2025 El Peruano / “Artículo 3.- Aprobación de los montos a considerar en la determinación del Precio Medio del Gas (…) Cuadro N° 3 Tipo de UsuarioDistribución de saldos para su liquidación del Precio Medio del Gas (USD)Saldo Total (USD)Trimestre I Trimestre II Trimestre III Trimestre IV Jun 25-Ago 25 Set 25-Nov 25 Dic 25-Feb 26 Mar 26-May 26 Residenciales y Eléctricos Menores48 572,31 46 950,32 46 950,32 46 950,32 189 423,27 Consumidores Independientes21 664,68 22 723,02 22 723,02 22 723,02 89 833,74 Eléctricos y Otros Consumidores69 061,60 135 477,35 135 477,35 135 477,34 475 493,64 ” Artículo 6.- Modi fi car el Cuadro N° 4 del artículo 4 de la Resolución N° 057-2025-OS/CD, conforme con lo siguiente: “Artículo 4.- Aprobación de los montos a considerar en la determinación del Costo Medio de Transporte (…) Cuadro N° 4 Tipo de UsuarioDistribución de saldos para su liquidación del Costo Medio de Transporte (USD)Saldo Total (USD)Trimestre I Trimestre II Trimestre III Trimestre IV Jun 25-Ago 25 Set 25-Nov 25 Dic 25-Feb 26 Mar 26-May 26 Todos 5 883,42 50 083,27 50 083,27 50 083,27 156 133,23 ” Artículo 7.- Incorporar el Informe Técnico N° 434- 2025-GRT y el Informe Legal N° 435-2025-GRT, como partes integrantes de la presente resolución. Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”, así como en el portal institucional de Osinergmin: www.gob. pe/osinergmin, y consignarla junto con los Informes N° 434-2025-GRT y N° 435-2025-GRT, en la página Web de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2025.aspx OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2412457-1 Publican para comentarios la Resolución de Consejo Directivo que precisa la Norma “Compensación por Cargo de Confiabilidad de la Cadena de Suministro de Energía” aprobada con Resolución N° 140-2015-OS/CD RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 78-2025-OS/ PRES Lima, 25 de junio de 2025 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29970, Ley que a fi anza la seguridad energética y promueve el desarrollo de polo petroquímico en el sur del país (“Ley Nº 29970”), publicada el 22 de diciembre de 2012, se declara de interés nacional la implementación de medidas para el a fi anzamiento de la seguridad energética del país mediante: i) la diversi fi cación de fuentes energéticas; ii) la reducción de la dependencia externa; y iii) la con fi abilidad de la cadena de suministro de energía; Que, así también, la Ley Nº 29970 en el numeral 1.2 establece que la con fi abilidad de la cadena de suministro de la energía para el mercado nacional tiene prioridad y es asumida por toda la demanda que es atendida por el sistema nacional. El Ministerio de Energía y Minas (“Minem”), en coordinación con Osinergmin, establece la forma y oportunidad en que los usuarios del sistema energético utilizan y pagan las instalaciones adicionadas a dicho sistema; Que, el Minem mediante el Decreto Supremo Nº 044- 2014-EM (“DS 044-2014”), publicado el 17 de diciembre de 2014, establece las disposiciones orientadas a brindar la con fi abilidad a la cadena de suministro de energía ante situaciones temporales de falta de capacidad de producción o de transmisión, en el contexto de la Ley Nº 29970; Que, Osinergmin mediante la Resolución Nº 140-2015- OS/CD, en cumplimiento de lo dispuesto en el DS 044- 2014, aprobó el Procedimiento “Compensación por Cargo de Con fi abilidad de la Cadena de suministro de energía” (“Norma Compensación”) con el objetivo de establecer la forma, responsabilidades, secuencia y cálculos que deben seguirse con relación al Cargo Unitario por con fi abilidad de la cadena de suministro de energía, en aplicación del artículo 3 del DS 044-2014; Que, el Minem mediante Decreto Supremo Nº 007- 2025-EM (“DS 007-2025”), publicado el 22 de marzo de 2025, precisó lo dispuesto en el DS 044-2014, señalando que la capacidad adicional de generación que puede implementar la empresa pública designada, mediante contrataciones, en una declaratoria de situación de grave de fi ciencia eléctrica por falta de generación; puede comprender aquella generación existente que se pone a disposición del sistema eléctrico y/o en funcionamiento; asimismo, en su Única Disposición Complementaria indica que Osinergmin deberá aprobar las disposiciones de precisión necesarias producto de la precisión del DS 044-2014; Que, en atención a lo señalado, corresponde publicar para comentarios la resolución que dispone la precisión a la Norma “Compensación por Cargo de Con fi abilidad de la Cadena de Suministro de Energía”, aprobado con Resolución Nº 140-2015-OS/CD; Que, se ha emitido el Informe Técnico Legal Nº 499- 2025-GRT de la División de Generación y Transmisión y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, el cual forma parte integrante de la presente resolución; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2016-PCM; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osinergmin en su Sesión Nº 15-2025, de fecha 23 de junio de 2025. SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación para comentarios Autorizar la publicación del proyecto de resolución de Consejo Directivo que precisa la Norma “Compensación por Cargo de Con fi abilidad de la Cadena de Suministro de Energía” aprobado con Resolución Nº 140-2015-OS/CD, conjuntamente con su exposición de motivos y el Informe Técnico Legal Nº 499-2025-GRT en el portal web institucional de Osinergmin: https://www.gob.pe/institucion/osinergmin/colecciones/5514-proyectos-normativos-paracomentarios y en: https:// www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones- GRT-2025.aspx.