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93 NORMAS LEGALES Jueves 26 de junio de 2025 El Peruano / de procedimientos o requisitos concluyendo que dicho servicio, por las siguientes razones: i) no se encuentra sustentado en una norma de rango legal o reglamentaria; ii) puede ser reemplazado por medios digitales; iii) se trata de un servicio automatizado, de acceso directo y gratuito a pedido de parte; y iv) su eliminación se alinea con la Ley de Simpli fi cación Administrativa y las políticas de mejora regulatoria; Que, el numeral 40.5 del artículo 40 del TUO de la Ley Nº27444 señala que, las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simpli fi cación de los mismos pueden aprobarse por Resolución de los organismos técnicos especializados; Con la opinión favorable de la O fi cina Técnica de Plani fi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica, y las visaciones de la Secretaria General, O fi cina Técnica de Administración y de la O fi cina Técnica de Asesoría Jurídica y; En uso de sus atribuciones conferidas por el Artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la eliminación de un (1) servicio prestado en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI “Reproducción de Planos Urbanos y Mapas Distritales”. Artículo 2.- Mantener vigencia del procedimiento administrativo estandarizado “Acceso a la información pública creada y obtenida por la entidad, que se encuentra posesión o bajo control del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el mismo que queda redactado en los términos señalados en el Anexo C de la Resolución Jefatural Nº 234-2020-INEI. Artículo 3.- Facilitar el acceso abierto, público y gratuito a dicho servicio, en concordancia con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y las disposiciones sobre datos abiertos emitidas por la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural y sus Anexos en el Diario O fi cial “El Peruano” (www.elperuano.com.pe), y en el Portal Institucional de Estadística e Informática (www.inei.gob.pe). Regístrese y comuníquese. GASPAR HUMBERTO MORÁN FLORES Jefe * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2413263-1 ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Amplían plazo para concluir proceso de transferencia de las funciones en materia de fiscalización ambiental del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 00013-2025-OEFA/CD Lima, 25 de junio de 2025 VISTOS: El Informe Nº 00007-2025-OEFA/GEG- COTS-MVCS, emitido por la Comisión de Transferencia de Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; el Informe Nº 00213-2025-OEFA/OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, establece que con Decreto Supremo refrendado por los sectores involucrados se determinarán las entidades cuyas funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y sanción en materia ambiental serán asumidas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, así como el cronograma para la transferencia del acervo documentario, personal, bienes y recursos de cada una de las entidades; Que, en ese marco, a través del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 006-2023-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Cronograma de Transferencia de Funciones en materia de fi scalización ambiental de los subsectores Transportes, Vivienda y Construcción, Saneamiento, Comunicaciones, Salud, Defensa, Justicia, Educación y Cultura al OEFA (en adelante, el Decreto Supremo Nº 006-2023-MINAM ), publicado en el diario o fi cial El Peruano el 30 de mayo de 2023, se estableció como fecha de inicio del proceso de transferencia de los subsectores Vivienda, Construcción y Saneamiento el Segundo Trimestre de 2024; Que, el numeral 3.3 del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 006-2023-MINAM, establece, entre otros aspectos, que el proceso de transferencia de funciones se desarrollará en un plazo máximo de seis (6) meses, contado a partir del inicio del proceso de transferencia de funciones; y, que excepcionalmente, el plazo puede ser ampliado por Resolución del Consejo Directivo del OEFA; Que, en atención a ello, con la Resolución Ministerial Nº 224-2024-VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS designa a sus miembros titulares y alternos ante la Comisión de Transferencia que tendrá a su cargo la conducción y coordinación del proceso de transferencia de funciones del MVCS al OEFA (en adelante, la Comisión de Transferencia ); Que, a su vez, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo Nº 00092-2024-OEFA/PCD, modi fi cada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00045-2025-OEFA/PCD, el OEFA designa a sus miembros titulares y alternos ante la Comisión de Transferencia; Que, posterior a ello, a través de la Resolución del Consejo Directivo Nº 00016-2024-OEFA/CD se resolvió ampliar el plazo para concluir el proceso de transferencia de las funciones en materia de fi scalización ambiental del MVCS al OEFA, hasta el 30 de junio de 2025; Que, en atención al marco normativo citado precedentemente, mediante los documentos de vistos, se sustenta la necesidad de ampliar, nuevamente, hasta el 31 de diciembre de 2025, el plazo de culminación del proceso de transferencia de funciones en materia de fi scalización ambiental del MVCS al OEFA, con la fi nalidad de realizar las actuaciones necesarias conducentes a la culminación del citado proceso de transferencia de forma e fi ciente y ordenada, conforme al marco legal establecido; Que con el Acuerdo del Consejo Directivo Nº 016- 2025, adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 011-2025 del 19 de junio de 2025, el Consejo Directivo acordó por unanimidad ampliar hasta el 31 de diciembre de 2025, el plazo para concluir el proceso de transferencia de funciones en materia de fi scalización ambiental del MVCS al OEFA, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fi n de asegurar su publicación inmediata; Con el visado de la Gerencia General y, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el Decreto Supremo Nº 006-2023-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Cronograma de Transferencia de Funciones en materia de fi scalización