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134 NORMAS LEGALES Sábado 28 de junio de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Primero. Que, por Resolución Administrativa N.º 000101-2025-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se autorizó la realización del XIV Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial en la Corte Superior de Justicia de la Selva Central. No obstante, en dicha resolución se advirtió que se debe tomar en cuenta que las vías de acceso aéreas a la mencionada región presentaban di fi cultades, lo que podría afectar el desplazamiento oportuno de los asistentes, por lo que la organización del evento deberá prever medidas que garanticen la seguridad y asistencia de los participantes, ajustándose a las condiciones materiales existentes en la fecha de su realización. Segundo. Que, en ese marco, resulta relevante señalar que el Aeropuerto Francisco Carlé de Jauja, una de las principales rutas de ingreso a la zona donde se llevaría a cabo el mencionado congreso, se encuentra cerrado desde el 30 de marzo de 2025, al haber sido declarado en estado de emergencia. Dicha situación genera incertidumbre respecto a la reanudación y continuidad de sus operaciones comerciales, lo cual impacta directamente en la logística del evento y en la posibilidad de garantizar la llegada oportuna y segura de los jueces participantes. En atención a ello, y considerando que la seguridad y viabilidad del traslado son condiciones indispensables para la adecuada realización del congreso, se considera necesario modi fi car la sede inicialmente prevista, proponiéndose como nueva sede a la Corte Superior de Justicia de Tacna, por contar con condiciones logísticas más favorables y accesibles. Tercero. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N.º 803- 2025 de la vigésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 11 de junio de 2025, realizada con la participación de la señora Tello Gilardi y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que el XIV Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial se llevará a cabo en la Corte Superior de Justicia de Tacna; quedando modi fi cada en este extremo la Resolución Administrativa N.º 000101-2025-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Encargar a la Comisión Organizadora del XIV Congreso Nacional de Jueces del Poder Judicial, las coordinaciones necesarias para la organización del evento en la nueva sede. Artículo Tercero.- Noti fi car la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, Secretaría General y O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Centro de Investigaciones Judiciales; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI Presidenta 2413867-1Disponen ampliación de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000203-2025-CE-PJ Lima, 27 de junio del 2025VISTO: El O fi cio N° 000061-2025-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 000061-2025-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, respecto a la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la especialidad Laboral - Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000155-2025-CE-PJ y Resolución Administrativa N° 000043-2025-CE-PJ. Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial; previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000136-2021-P-PJ y modi fi cado mediante Resolución Administrativa N° 000052-2024-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N° 005-2017-CE- PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial. Tercero. Que, mediante la Resolución Administrativa N° 000043-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba el “Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2025”, el cual considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Cuarto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en mil cuatrocientos dos órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades: Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Laboral - subespecialidad