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139 NORMAS LEGALES Sábado 28 de junio de 2025 El Peruano / (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Laboral – Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT), a partir del 30 de junio de 2025, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, conforme al detalle siguiente: Sede Tamburco, ubicada en la Avenida Señor de Exaltación Nº 06 - Tamburco: • 3º Juzgado de Paz Letrado de Tamburco. Sede Curahuasi, ubicada en la Esquina Jirón Arequipa con Jirón Progreso S/N – Curahuasi: • Juzgado de Paz Letrado de Curahuasi. Sede MBJ Andahuaylas, ubicada en el Jirón Ayacucho Nº 669 – Andahuaylas: • 1º Juzgado Civil de Andahuaylas.• 1º Juzgado de Paz Letrado de Andahuaylas.• 2º Juzgado de Paz Letrado de Andahuaylas. Sede Talavera, ubicada en el Jirón Moquegua S/N esquina con Jirón Arequipa – Talavera: • Juzgado de Paz Letrado de Talavera. Sede Huancarama, ubicada en el Jirón Cahuide Nº 104 – Huancarama: • Juzgado de Paz Letrado de Huancarama. Sede Antabamba, ubicada en la Calle J. Agustín Tamayo esquina con Calle Leguía – Antabamba: • Juzgado Mixto de Antabamba.• Juzgado de Paz Letrado de Antabamba. Sede Chuquibambilla, ubicada en la Calle Bolívar esquina con Pasaje Cuesta de los Ángeles – Chuquibambilla: • Juzgado Civil de Grau.• Juzgado de Paz Letrado de Chuquibambilla. Sede Tambobamba, ubicada en la Plaza 28 de julio – Palcaro – Tambobamba: • Juzgado Mixto de Cotabambas.• Juzgado de Paz Letrado de Tambobamba. Sede Chalhuanca, ubicada en el Jirón Andahuaylas S/N Plaza de Armas – Chalhuanca: • Juzgado Civil de Aymaraes.• Juzgado de Paz Letrado de Chalhuanca. Sede Chincheros, ubicada en la Avenida Fernando Belaunde Terry esquina con Jirón Apurímac – Chincheros: • Juzgado Civil de Chincheros.• Juzgado de Paz Letrado de Chincheros. Sede Andahuaylas, ubicada en el Jirón Bolívar Nº 390 esquina con Avenida Los Chankas – Andahuaylas: • Sala Mixta Descentralizada e Itinerante - Andahuaylas y Chincheros. Sede Mamara, ubicada en la Plaza de Armas S/N – Mamara: • Juzgado de Paz Letrado de Mamara. La ceremonia de inauguración se realizará a partir del 1 de julio de 2025. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Apurímac, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Noti fi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Apurímac; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes.Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta 2414091-1 Disponen ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000206-2025-CE-PJ Lima, 27 de junio del 2025 VISTO: El O fi cio N.º 000060-2025-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N.º 000060-2025-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, respecto a la ampliación de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa N.º 000155-2025-CE-PJ y Resolución Administrativa N.º 000043-2025-CE-PJ. Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial; previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N.º 000136-2021-P-PJ y modi fi cado mediante Resolución Administrativa Nº 000052-2024-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N.º 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial. Tercero . Que, mediante la Resolución Administrativa N.º 000043-2025-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba el “Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para el periodo 2025”, el cual considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos jurisdiccionales y administrativos; II) E fi caz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial. Cuarto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación, a través de su