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143 NORMAS LEGALES Sábado 28 de junio de 2025 El Peruano / atendiendo con turno abierto dicha subespecialidad laboral. h) La Secretaria Administrativa (e) de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, por encargo del presidente de dicha Corte Superior, mediante el O fi cio N.º 001018-2025-P-CSJUC-PJ, con base en lo señalado en el Informe N.º 000210-2025-UPD-GAD-CSJUC-PJ elaborado por el jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, así como en el O fi cio N.º 011-2025-JPLP- CSJUC/PJ del magistrado del Juzgado de Paz Letrado Penal Permanente del distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, ha solicitado que el citado juzgado atienda, con turno abierto, el ingreso de nuevos expedientes de la especialidad penal (faltas), provenientes de los distritos de Yarinacocha y Manantay de la misma provincia; a fi n de optimizar los recursos con los que viene funcionando dicho órgano jurisdiccional permanente, considerando la cercanía geográ fi ca de los citados distritos ubicados en la ciudad de Pucallpa; adicionalmente, el magistrado ha solicitado que, de aprobarse dichas medidas, se le asigne un asistente judicial adicional, a fi n de poder cumplir las metas de producción establecidas para el presente año. Al respecto, el Juzgado de Paz Letrado Permanente del distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, que cuenta con un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de 7 plazas, durante el año 2024, registró una carga procesal de 1773 expedientes, cifra que al fl uctuar entre las cargas procesales mínima y máxima de 1560 y 2040 expedientes, establecida para un juzgado de paz letrado mixto, evidencia que cerró dicho año en situación de carga estándar; estimándose que mantendría su situación de carga estándar, al proyectar una carga procesal de 1962 expedientes, de los cuales, solo una mínima carga de 91 expedientes (5%) corresponderían a la especialidad penal (faltas). Por otro lado, el Juzgado de Paz Letrado Permanente del distrito de Manantay, provincia de Coronel Portillo, que cuenta con un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de 6 plazas, durante el año 2024, registró una carga procesal de 780 expedientes, cifra que al ser mucho menor a la carga procesal mínima anual de 1560, establecida para un juzgado de paz letrado mixto, evidencia que cerró dicho año en situación de subcarga procesal; estimándose que dicho juzgado mantendría su situación de subcarga procesal, al proyectar una carga procesal de 858 expedientes, de los cuales solo una mínima carga de 174 expedientes (20%) corresponderían a la especialidad penal (faltas). Por otro lado, el Juzgado de Paz Letrado Penal Permanente del distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, que cuenta con un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de 5 plazas, durante el año 2024, registró una carga procesal total de 339 expedientes, cifra que al ser mucho menor a la carga procesal mínima anual de 2080 establecida para un juzgado de paz letrado penal, indica que cerró dicho año en situación de extrema subcarga procesal; estimándose que para fi nes del presente año mantendría dicha situación, al proyectar una carga procesal neta de 407 expedientes, por lo que, podría atender con turno abierto la carga procesal proyectada correspondiente a la especialidad penal (faltas) de los distritos de Yarinacocha y Manantay. Así mismo, respecto a la asignación de un asistente judicial adicional, para el trámite adicional de estos procesos, solicitado por el magistrado del Juzgado de Paz Letrado Penal Permanente del distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo, se estima que para fi nes del presente año se registraría una carga procesal proyectada total de 672 expedientes procedentes de los distritos de Callería, Yarinacocha y Manantay, lo que representa, un 32% de la carga procesal mínima de 2080 establecida para un juzgado de paz letrado penal, por lo que técnicamente no se justi fi caría la asignación de un asistente judicial adicional en las actuales condiciones; y aunado a ello, se advierte que, el referido juzgado resolvió, durante el año 2024, 343 expedientes; y por el contrario, otros juzgados de paz letrados penales permanentes a nivel nacional, similares al existente en el distrito de Callería, y que cuentan con un Cuadro para Asignación de Personal de entre cuatro y cinco plazas, resolvieron más de 900 expedientes, alcanzando el mayor de ellos un total de 3791, evidenciando un nivel de productividad signi fi cativamente superior, en comparación al Juzgado de Paz Letrado Penal Permanente del distrito de Callería, tal como se observa en el siguiente cuadro: CSJ Provincia Dependencia Carga Procesal 2024Resueltos 2024CAP act 300924 Arequipa Arequipa5º Juzgado de Paz Letrado - Comisaría de Arequipa4,165 3,791 4 Lima NorteLima3º Juzgado de Paz Letrado - Penal2,148 1,909 4 Lima Sur LimaJuzgado de Paz Letrado - Comisaría de VMT3,033 1,796 4 Ica Ica4º Juzgado de Paz Letrado1,881 1,738 4 Lima Sur LimaJuzgado de Paz Letrado - Penal - Comisaría de San Juan de Miraflores (Ex 5º JPL)2,382 1,665 5 La LibertadTrujillo8º Juzgado de Paz Letrado - Comisaría del Cercado de Trujillo1,770 1,292 4 Ayacucho Huamanga4º Juzgado de Paz Letrado - Comisaría Ayacucho1,192 1,105 5 San MartínSan MartínJuzgado de Paz Letrado Penal1,175 936 5 . ... ... ... ... ... .. UcayaliCoronel PortilloJuzgado de Paz Letrado Penal (Ex JPL Comisaría de Pucallpa)339 343 5 Asimismo, cabe resaltar que, a pesar de que el Juzgado de Paz Letrado Penal Permanente del distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo se encontraría en situación de extrema subcarga procesal, al cierre del año 2024, este registró 80 expedientes pendientes de cali fi cación correspondientes a la especialidad penal (faltas); observándose que, el Juzgado de Paz Letrado Permanente del distrito de Yarinacocha y el Juzgado de Paz Letrado Permanente del distrito de Manantay, pese a que cerraron dicho año en situaciones de carga estándar y subcarga procesal, respectivamente, registraron 65 y 15 expedientes pendientes en etapa de cali fi cación en dicha especialidad, situación que se continúa registrando al mes de abril de 2025, al presentar el Juzgado de Paz Letrado Penal Permanente del distrito de Callería una carga pendiente en etapa de cali fi cación de 157 expedientes en la especialidad penal (faltas); y el Juzgado de Paz Letrado Permanente del distrito de Yarinacocha y el Juzgado de Paz Letrado Permanente del distrito de Manantay presentaron 116 y 27 expedientes, respectivamente, en dicha especialidad; por lo que, es necesario que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali adopte las medidas administrativas necesarias a fi n de mejorar el desempeño del Juzgado de Paz Letrado Penal Permanente del distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo en el proceso de cali fi cación de expedientes. Tercero. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N.º 817-2025 de la vigésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 19 de junio de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,