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21 NORMAS LEGALES Martes 25 de noviembre de 2025 El Peruano / anfi bios que nacen en las aguas marinas y continentales, las cuales se rigen por sus propias leyes. Se incluyen en los alcances del Reglamento, los especímenes de fauna silvestre (ejemplares vivos o muertos, huevos y cualquier parte o derivado), los individuos mantenidos en cautiverio así como sus productos y servicios; Que, mediante el documento del Vistos, la Direcció n General de Polí tica y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, mani fi esta su conformidad al Informe Técnico Nº D000393-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS- DPR de la Dirección de Política y Regulación, quien sustenta la propuesta de “Criterios técnicos para la observación, acercamiento e interacción recreativa con fauna silvestre marina en su hábitat natural”, elaborada en coordinación con la Dirección de Gestión Sostenible del Patrimonio de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, como parte de un grupo de alternativas cuyo propósito es disminuir el riesgo de afectación a la fauna silvestre marina y el riesgo de ataques y enfermedades a las personas. Asimismo, recomienda la publicación de dicha propuesta en virtud de lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS; Que, por su parte, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal N° D000506-2025- MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ, opina que, atendiendo al Informe Técnico Nº D000393-2025-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR y al Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 2024-JUS, resulta legalmente viable emitir la Resolución de Dirección Ejecutiva que disponga la publicación de la propuesta de “Criterios técnicos para la observación, acercamiento e interacción recreativa con fauna silvestre marina en su hábitat natural”, para la recepció n de comentarios, aportes u opiniones de la ciudadaní a en general; Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; y las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, de acuerdo a lo previsto en el literal m) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y su modi fi catoria; Que, estando a lo señalado precedentemente, y con el visado del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI; el Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y su modi fi catoria. SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación de la propuesta de “Criterios técnicos para la observación, acercamiento e interacción recreativa con fauna silvestre marina en su hábitat natural”, que forma parte integrante de la presente Resolución, por un plazo de quince (15) días naturales, contado a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes u opiniones de las personas interesadas.Artículo 2.- Los comentarios, aportes u opiniones a la propuesta de “Criterios técnicos para la observación, acercamiento e interacción recreativa con fauna silvestre marina en su hábitat natural”, deben enviarse de acuerdo al formato que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución a la Sede Central del SERFOR, ubicada en Avenida Javier Prado Oeste N° 2442, Urbanización Orrantia, Magdalena del Mar, Lima, a sus Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, o a la dirección electrónica serforpropone@serfor.gob.pe. Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, recibir, procesar y sistematizar los comentarios, aportes u opiniones que se realicen en el marco de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, para la acción prevista en el artículo 3 de la presente Resolución; y a la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y el Anexo en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación de dicho acto resolutivo, la propuesta mencionada en el Artículo 1 y el Anexo en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR https://www.gob.pe/serfor. Regístrese, comuníquese y publíquese. DESIDERIO ERASMO OTÁROLA ACEVEDO Director EjecutivoServicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ANEXO FORMATO PARA EL INGRESO DE COMENTARIOS, APORTES U OPINIONES A LOS “CRITERIOS TÉCNICOS PARA LA OBSERVACIÓN, ACERCAMIENTO E INTERACCIÓN RECREATIVA CON FAUNA SILVESTRE MARINA EN SU HÁBITAT NATURAL” Número de identificación (Asignado por el SER- FOR) Nombres y Apellidos completos N° de Documento de Identidad Institución u organización a la que representa Teléfono Correo electrónico Especificar el tema o numeral de la propuestaComentario, aporte u opiniónSustento Técnico y/o legal del Comentario, aporte u opinión 2462028-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna RESOLUCIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000722-2025- MIDIS/WM-DE Santiago de Surco, 24 de noviembre del 2025