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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (17/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de setiembre de 2025 El Peruano / Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2009-MTC se adoptó el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) con las mejoras tecnológicas que hubiere al momento de su implementación, como sistema de televisión digital terrestre para el Perú por los fundamentos expuestos en el Informe de Recomendación del Estándar de Televisión Digital Terrestre a ser adoptado en el Perú de febrero de 2009, presentado por la Comisión Multisectorial constituida mediante Resolución Suprema N° 010-2007-MTC; Que, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias, establece las medidas y acciones necesarias para la transición de los servicios de radiodifusión por televisión con tecnología analógica hacia la prestación de estos servicios utilizando tecnología digital, previendo la implementación de la televisión digital terrestre en el país de manera progresiva en los cinco (05) territorios establecidos para tal efecto, fi jando plazos máximos para la aprobación de los planes de canalización y asignación de frecuencias; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 178- 2004-MTC/03 y modi fi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Cusco; Que, la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0597-2023-MTC/01.03, en adelante PNAF, atribuye para televisión digital terrestre las bandas 470- 608 MHz y 614-698 MHz de UHF. Asimismo, la banda 692-698 MHz de UHF se declara en reserva y mientras dure esta situación no realizará nuevas asignaciones en esta banda; Que, con el objeto de garantizar el uso e fi ciente del espectro radioeléctrico, resulta necesario aprobar los planes de canalización y asignación de frecuencias a nivel nacional del servicio de radiodifusión por televisión en las bandas 470-608 MHz y 614-692 MHz de UHF, las cuales no han sido declaradas en reserva, a efectos que todas las localidades cuenten con sus respectivos planes para su asignación en tecnología digital; Que, en esa medida, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2695-2025-MTC/28.01, propone la modi fi cación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF para distintas localidades del departamento de Cusco, a fi n de incorporar los planes de las localidades de ECHARATE, OCOBAMBA, QUELLOUNO, SANTA TERESA, LUCMA, AMAYBAMBA, VILLA VIRGEN, CAMISEA y KEPASHIATO, indicando que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, el PNAF, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión y sus modi fi catorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias; el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias; el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0597-2023-MTC/01.03; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 178-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Cusco, a fi n de incorporar los planes de las localidades de ECHARATE, OCOBAMBA, QUELLOUNO, SANTA TERESA, LUCMA, AMAYBAMBA, VILLA VIRGEN, CAMISEA y KEPASHIATO; conforme se indica a continuación: Localidad: ECHARATE Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Frec. Inicial (MHz.) Frec. Final (MHz.) Frec. Central (MHz.) 16 482 488 485+1/7 19 500 506 503+1/7 21 512 518 515+1/7 23 524 530 527+1/725 536 542 539+1/7 27 548 554 551+1/7 29 560 566 563+1/7 - Total de canales: 7 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 kW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: OCOBAMBA Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Frec. Inicial (MHz.) Frec. Final (MHz.) Frec. Central (MHz.) 15 476 482 479+1/7 18 494 500 497+1/7 22 518 524 521+1/724 530 536 533+1/7 28 554 560 557+1/7 - Total de canales: 5 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 kW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: QUELLOUNO Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Frec. Inicial (MHz.) Frec. Final (MHz.) Frec. Central (MHz.) 15 476 482 479+1/7 17 488 494 491+1/7 20 506 512 509+1/7 22 518 524 521+1/7 24 530 536 533+1/7 26 542 548 545+1/7 - Total de canales: 6 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 kW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: SANTA TERESA Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias Canal Frec. Inicial (MHz.) Frec. Final (MHz.) Frec. Central (MHz.) 15 476 482 479+1/7 19 500 506 503+1/7 23 524 530 527+1/7 27 548 554 551+1/7 31 572 578 575+1/7 34 590 596 593+1/7 - Total de canales: 6 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 kW.