NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (17/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 40
40 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de setiembre de 2025 El Peruano / Que, la Nota P11A del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0597-2023-MTC/01.03, en adelante PNAF, atribuye para televisión digital terrestre las bandas 470-608 MHz y 614-698 MHz de UHF. Asimismo, la banda 692-698 MHz de UHF se declara en reserva y mientras dure esta situación no realizará nuevas asignaciones en esta banda; Que, con el objeto de garantizar el uso e fi ciente del espectro radioeléctrico, resulta necesario aprobar los planes de canalización y asignación de frecuencias a nivel nacional del servicio de radiodifusión por televisión en las bandas 470-608 MHz y 614-692 MHz de UHF, las cuales no han sido declaradas en reserva, a efectos que todas las localidades cuenten con sus respectivos planes para su asignación en tecnología digital; Que, el 1 de setiembre de 2017 se suscribe el “Acuerdo Interinstitucional Internacional entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la República del Perú y el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda del Estado Plurinacional de Bolivia para la asignación y uso de frecuencias radioeléctricas para la operación de estaciones de radiodifusión sonora en FM y de televisión VHF y UHF en el área de frontera”; Que, en esa medida, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1763-2025-MTC/28.01, propone la modi fi cación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF para distintas localidades del departamento de Puno, a fi n de incorporar los planes de las localidades de CAPAZO y CONDURIRI-MAZO CRUZ, indicando que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003- MTC/03 y sus modi fi catorias, el PNAF, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión y sus modi fi catorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias; el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modi fi catorias; el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias-PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0597-2023-MTC/01.03; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 187-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Puno, a fi n de incorporar los planes de las localidades de CAPAZO y CONDURIRI-MAZO CRUZ; conforme se indica a continuación: Localidad: CAPAZO Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias CanalFrec. Inicial (MHz.)Frec. Final (MHz.)Frec. Central (MHz.) 16 482 488 485+1/7 20 506 512 509+1/724 530 536 533+1/728 554 560 557+1/730 566 572 569+1/7- Total de canales: 5 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 kW.- La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Localidad: CONDURIRI-MAZO CRUZ Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias CanalFrec. Inicial (MHz.)Frec. Final (MHz.)Frec. Central (MHz.) 16 482 488 485+1/7 18 494 500 497+1/7 22 518 524 521+1/7 26 542 548 545+1/7 30 566 572 569+1/7 32 578 584 581+1/7 35 596 602 599+1/7 - Total de canales: 7 - La máxima e.r.p. a autorizar en esta localidad es: 0.1 kW. - La máscara del espectro de transmisión para las estaciones en esta localidad es: No Critica Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas se observa su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLO RENATO DE LOS SANTOS LA SERNA Viceministro de Comunicaciones 2439166-1 Modifican el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 178-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en UHF, para distintas localidades del departamento de Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 0086-2025-MTC/03 Lima, 12 de setiembre de 2025 VISTO: el Informe Nº 2695-2025-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO:Que, el artículo 11 de la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, en adelante el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los