Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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74 NORMAS LEGALES Sábado 1 de agosto de 2026 El Peruano / En la Resolución Nº 00746-2025-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026 2 1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso: […] 6.1. Las solicitudes de Licencia sin goce de haber tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones) [resaltado agregado]. En el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales 3 (en adelante, Reglamento) 1.5. El artículo 14 regula lo siguiente: Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica Todas las partes de los procesos jurisdiccionales -electorales y no electorales- son noti fi cadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas. En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/ fi ltros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros). <https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. En el presente expediente se aprecia que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 017-2026-MDCN/A, del 12 de junio de 2026, el Concejo Distrital de Comandante Noel aprobó la licencia sin goce de haber solicitada por el señor alcalde, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, con motivo de su participación en las ERM 2026 (ver SN 1.4.). 2.2. Conforme al numeral 1 del artículo 24 de la LOM (ver SN 1.2), en caso de ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil de su propia lista electoral. 2.3. De acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas correspondiente al distrito de Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Áncash, emitida con ocasión de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, corresponde convocar al primer regidor convocado de la organización política Movimiento Acción Nacionalista Peruano, agrupación política a la que pertenece la autoridad edil cuya licencia ha sido aprobada. 2.4. En consecuencia, dado que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Comandante Noel y con la fi nalidad de garantizar la continuidad del gobierno municipal durante el periodo de ausencia temporal de la autoridad edil, corresponde dejar sin efecto temporalmente la credencial otorgada al señor alcalde y convocar a don Pedro Anderson Escobedo Villegas, identi fi cado con DNI Nº 45385938, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Comandante Noel, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026. 2.5. Además, con la fi nalidad de completar el número de regidores, corresponde convocar a don Juan Carlos Vásquez Alayo, identi fi cado con DNI Nº 44370872, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Acción Nacionalista Peruano, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Áncash, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026. 2.6. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas correspondiente al distrito de Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de Áncash, del 24 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Santa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.7. Finalmente, se precisa que la noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO , temporalmente, la credencial otorgada a don Héctor Alejandro León Castrejón, alcalde de la Municipalidad Distrital de Comandante Noel, Provincia de Casma, departamento de Áncash, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, con motivo de la licencia sin goce de haber aprobada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 017-2026-MDCN/A, del 12 de junio de 2026. 2. CONVOCAR a don Pedro Anderson Escobedo Villegas, identi fi cado con DNI Nº 45385938, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Comandante Noel, Provincia de Casma, departamento de Áncash, en reemplazo de don Héctor Alejandro León Castrejón, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a don Juan Carlos Vásquez Alayo, identi fi cado con DNI Nº 44370872, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Comandante Noel, Provincia de Casma, departamento de Áncash, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINAGONZALES BARRÓNTORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Publicado el 6 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano. 2 Publicado el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.