Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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103 NORMAS LEGALES Jueves 22 de enero de 2026 El Peruano / para el domingo 4 de octubre de 2026, para la elección de gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales, así como para la elección de alcaldes y regidores de los concejos municipales provinciales y distritales de toda la República. 3. Los literales l y z del artículo 5 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (LOJNE), señala, como atribuciones de este organismo constitucionalmente autónomo, dictar las resoluciones y la reglamentación necesarias para su funcionamiento, así como ejercer las demás atribuciones relacionadas con su competencia, establecida en dicha ley y en la legislación electoral vigente. 4. De acuerdo con lo previsto en el artículo 31 de la LOJNE, los JEE son órganos de carácter temporal creados, como órganos de justicia electoral de primera instancia, para un proceso electoral especí fi co, que se instalan dentro de los 30 días siguientes a la convocatoria de un proceso electoral. 5. Así, conforme a lo estipulado en el artículo 13 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y en los artículos 32 y 36 de la LOJNE, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones de fi nir el número de JEE que deberán instalarse para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026, las denominaciones y sedes de estos; así como el ámbito de las circunscripciones administrativas y de justicia electoral sobre las que tendrán competencia, considerando que estas son unidades geográ fi cas de fi nidas para efectos de la plani fi cación y desarrollo de las actividades que son de competencia de los JEE. Para ello, se tienen en cuenta las funciones de estos órganos de justicia electoral en un proceso de elecciones subnacionales, en el cual deben recibir y cali fi car las solicitudes de inscripción de listas de candidatos, fi scalizar las declaraciones juradas de hojas de vida de los candidatos, resolver tachas, inscribir candidaturas, así como conocer sobre reconocimiento de personeros, publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad, fi scalización y procedimiento sancionador contemplado en el artículo 42 de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, encuestas sobre intención de voto, actas observadas, impugnaciones de cédula de votación e identidad de electores, recuento de votos, pedidos de nulidad de elección y fi scalización del proceso electoral, para, fi nalmente, proclamar a los candidatos electos y entregar las respectivas credenciales. 6. Es así que este órgano colegiado, luego de analizar las características propias del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026, estima necesaria la defi nición de 91 circunscripciones administrativas y de justicia electoral, así como la conformación de sus respectivos JEE, los cuales se instalarán de manera escalonada: veintiocho (28) iniciarán funciones el 6 de febrero de 2026, mientras que los otros sesenta y tres (63) JEE se instalarán el 15 de mayo de 2026. 7. En esa línea, se emitió la Resolución Nº 0748-2025- JNE, del 11 de diciembre de 2025, que dispuso el inicio de actividades para conformar a los 28 JEE que se instalarán en febrero de 2026, los cuales son los siguientes: Nº DEPARTAMENTOJURADO ELECTORAL ESPECIALSEDE (DISTRITO) 1 AMAZONAS CHACHAPOYASCHACHAPOYAS (CHACHAPOYAS, AMAZONAS) 2 ANCASH HUARAZHUARAZ (HUARAZ, ANCASH) 3 APURIMAC ABANCAYABANCAY (ABANCAY, APURIMAC) 4 AREQUIPA AREQUIPAJOSE LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO (AREQUIPA, AREQUIPA) 5 AYACUCHO HUAMANGAAYACUCHO (HUAMANGA, AYACUCHO) 6 CAJAMARCA CAJAMARCACAJAMARCA (CAJAMARCA, CAJAMARCA)Nº DEPARTAMENTOJURADO ELECTORAL ESPECIALSEDE (DISTRITO) 7 CALLAO CALLAOBELLAVISTA (CALLAO) 8 CUSCO CUSCOWANCHAQ (CUSCO, CUSCO) 9 HUANCAVELICA HUANCAVELICAHUANCAVELICA (HUANCAVELICA, HUANCAVELICA) 10 HUANUCO HUANUCOHUANUCO (HUANUCO, HUANUCO) 11 ICA ICAICA (ICA, ICA) 12 JUNIN HUANCAYOEL TAMBO (HUANCAYO, JUNIN) 13 LA LIBERTAD TRUJILLOTRUJILLO (TRUJILLO, LA LIBERTAD) 14 LAMBAYEQUE CHICLAYOCHICLAYO (CHICLAYO, LAMBAYEQUE) 15 LIMAHUAURAHUACHO (HUAURA, LIMA) 16 LIMA CENTROJESUS MARIA (LIMA, LIMA) 17 LIMA OESTE 1PUEBLO LIBRE (LIMA, LIMA) 18 LIMA OESTE 2SAN BORJA (LIMA, LIMA) 19 LORETO MAYNASIQUITOS (MAYNAS, LORETO) 20 MADRE DE DIOS T AMBO PATATAMBO PATA (TAMBO PATA, MADRE DE DIOS) 21 MOQUEGUA MARICAL NIETOMOQUEGUA (MARISCAL NIETO, MOQUEGUA) 22 PASCO PASCOYANACANCHA (PASCO, PASCO) 23 PIURA PIURAPIURA (PIURA, PIURA) 24 PUNO PUNOPUNO (PUNO, PUNO) 25 SAN MARTIN MOYOBAMBAMOYOBAMBA (MOYOBAMBA, SAN MARTIN) 26 TACNA TACNATACNA (TACNA, TACNA 27 TUMBES TUMBESTUMBES (TUMBES, TUMBES) 28 UCAYALI CORONEL PORTILLOCALLERIA (CORONEL PORTILLO, UCAYALI) 8. En consecuencia, se debe emitir el pronunciamiento que de fi na la totalidad de JEE que corresponden al proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026 y que establezca su competencia material; asimismo, resulta pertinente hacer precisiones respecto de la competencia de los Jurados Electorales Especiales de los procesos de Elecciones Generales 2026 y Elecciones Regionales y Municipales 2026, debido a la inevitable superposición de actividades de ambos procesos electorales. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEFINIR 91 circunscripciones administrativas y de justicia electoral para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026, así como los Jurados Electorales Especiales que se instalarán para impartir justicia electoral en primera instancia, con sus respectivas sedes, tal como se indica a continuación: