Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2026 (26/02/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 56

56 NORMAS LEGALES Jueves 26 de febrero de 2026 El Peruano / Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, para el periodo 2025-2026, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 514-2015-MP-FN y 2945-2024-MP-FN, de fechas 17 de febrero de 2015 y 27 de diciembre de 2024, respectivamente; a partir del 26 de febrero de 2026; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Encargar, en adición a sus funciones, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, al abogado Daniel Orlando Del Carpio Encinas, fi scal adjunto superior titular mixto de Puerto Maldonado, Distrito Fiscal de Madre de Dios, designado en la Fiscalía Superior Mixta de Madre de Dios, del 26 de febrero al 01 de marzo de 2026. Artículo Tercero.- Encargar, en adición a sus funciones, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, al abogado Pedro Washington Luza Chullo, fi scal superior titular mixto de Madre de Dios, Distrito Fiscal de Madre de Dios, designado en la Fiscalía Superior Mixta de Madre de Dios, a partir del 2 de marzo de 2026 y hasta la proclamación del nuevo presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, para la cancelación del título otorgado al abogado Octavio Ramos Pacompia, mediante la Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura N° 347-2014-CNM, de fecha 4 de diciembre de 2014. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento al abogado Octavio Ramos Pacompia que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN, “Normas para la entrega de cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Sexto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2490395-2 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Incorporan modificaciones al Plan de Medios Franja Electoral de las Elecciones Generales 2026 RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000031-2026-JN/ ONPE Lima, 23 de febrero de 2026 VISTOS: el Informe N° 000541-2026-SGTN-GSFP/ ONPE, de la Subgerencia Técnica Normativa; el Informe N° 000096-2026-GSFP/ONPE, de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios; el proveído N° 000807-2026-GG/ONPE, de la Gerencia General; así como, el Informe N° 000116-2026-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo y la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; Mediante Resolución Jefatural N° 00011-2026-JN/ ONPE, de fecha 20 de enero 2026, se resolvió aprobar el Plan de Medios de la Franja Electoral de las Elecciones Generales 2026, conforme a la selección realizada en el Catálogo de Tiempos y Espacios Disponibles contenido en el siguiente enlace: https://www.onpe.gob.pe/modMarco- Legal/PLAN-DE-MEDIOS-EG2026-GSFP.pdf; Mediante Resolución Jefatural N° 000020-2026-JN/ ONPE, de fecha 04 de febrero del 2026, se resolvió incorporar al Plan de Medios Franja Electoral de las Elecciones Generales 2026, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000011 2026-JN/ONPE, de fecha 20 de enero del 2026, las modi fi caciones detalladas en el siguiente enlace: https://www.onpe.gob.pe/modMarco-Legal/Plan-Medios-Franja-EG2026-Inc.pdf, el cual contiene la “Selección adicional realizada por las organizaciones políticas Partido Patriótico del Perú y Unidad Nacional; la “Modi fi cación de la declaratoria del rubro “AFECTO IGV”;” respecto a 6 proveedores”; y, la Modi fi cación de la declaratoria del rubro “FRECUENCIA”; El artículo 58.2. del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 00030-2025-JN/ONPE y sus modi fi catorias (en adelante, RFSFP) establece que “La no suscripción del contrato, por incumplimiento de los proveedores de los medios de comunicación radiales, televisivos y medios digitales (redes sociales) se comunica a la OECE.”; Asimismo, el artículo 58.3. del RFSFP precisa que “Para las elecciones generales, de con fi gurarse lo descrito anteriormente, se otorga de forma excepcional a la organización política, la oportunidad de elegir de la oferta disponible del catálogo los saldos de tiempos y espacios a que haya lugar para la difusión de la franja electoral en los medios de comunicación (radiales y televisivos) y medios digitales (redes sociales), según corresponda, por el monto que no se logró contratar”; Por su parte, el artículo 67° del RFSFP establece que “(…) Es de exclusiva responsabilidad de cada organización política el uso del monto asignado, no pudiendo solicitar devolución ni asignación posterior de montos que no hayan sido debidamente utilizados. (…)”; En atención a ello, mediante el Informe de Vistos, la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios informó que el desistimiento de dos proveedores seleccionados para la contratación del Servicio de Transmisión de la Franja Electoral de las Elecciones Generales 2026 y la perdida de la Buena Pro por hechos sobrevinientes al perfeccionamiento del contrato de cinco (05) proveedores —en el marco de la selección realizada por las organizaciones políticas y aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 00011-2026-JN/ONPE— afectó la elección efectuada por treinta y cuatro (34) organizaciones políticas, razón por la cual no se concretó la contratación correspondiente; Conforme a lo dispuesto en el artículo 58.3 del RFSFP, el 14 de febrero de 2026 se efectuó la apertura del Portal Digital de Financiamiento (PDF), con la fi nalidad de que las organizaciones políticas afectadas puedan seleccionar los tiempos y espacios disponibles, precisándose que los saldos no utilizados en su oportunidad no pueden ser empleados nuevamente, conforme a lo establecido en el artículo 67 del RFSFP, por lo que dicha selección se encuentra estrictamente limitada al monto no contratado, por lo que los saldos no ejecutados mantienen su naturaleza de Recursos Públicos; En ese sentido, corresponde incorporar el Plan de Medios de la Franja Electoral de las Elecciones Generales 2026, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 00011- 2026-JN/ONPE las modi fi caciones efectuadas, de acuerdo a lo que consta en el siguiente enlace: https://www.onpe.gob.pe/modMarco-Legal/Plan-Medios-Franja-EG2026-2daInc.pdf, que forma parte integrante de la presente Resolución, debiendo precisarse que la selección de medios realizada la han formalizado desde el 13 de marzo al 09 de abril de 2026, dentro del período establecido legalmente para la franja electoral de las elecciones generales 2026;