Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2026 (25/07/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 236

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Sábado 25 de julio de 2026 El Peruano / deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia conforme lo previsto en el citado artículo; Que, con Resolución Jefatural Nº 002-2020-SIS- FISSAL/J, se aprueba la Directiva Administrativa Interna Nº 001-2020-SIS/FISSAL, “Directiva Administrativa para el Cálculo de la Transferencia y Liquidación de los Recursos Financieros otorgados a las Unidades Ejecutoras por las Prestaciones de Salud y Administrativas brindadas a los Asegurados del Seguro Integral de Salud, con cobertura FISSAL”, que establece los criterios técnicos para realizar el cálculo de la transferencia fi nanciera y liquidación de las prestaciones de salud y administrativas brindadas a los asegurados del SIS con cobertura FISSAL, en el marco de los convenios suscritos o normativa vigente; Que, el SIS, el Fondo Intangible Solidario de Salud, las Direcciones de Redes Integradas de Salud y los Gobiernos Regionales han suscrito convenios y adendas para el período 2025-2027, con el objeto de brindar y fi nanciar las prestaciones de salud y administrativas de los asegurados SIS; Que, mediante el O fi cio Nº 609-2026-SIS-FISSAL/J, el Jefe del FISSAL, solicita la aprobación de la propuesta de transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 5,638,363.00 (Cinco millones seiscientos treinta y ocho mil trescientos sesenta y tres con 00/100 Soles) para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados al SIS con cobertura FISSAL, correspondiente al calendario julio 2026, conforme al detalle del Anexo Nº 1 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 - 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios Calendario Julio 2026 - Pago por Prestación - Financiamiento de Prestaciones de Salud; Anexo Nº 2 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud Unidad Ejecutora 002 - 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Calendario Julio 2026 - Mecanismo de Pago: Pago de Prestaciones Administrativas (Por Expediente) - Financiamiento de Prestaciones Tercerizadas; y Anexo Nº 3 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud Unidad Ejecutora 002 – 1423 - Fondo Intangible Solidario de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios Calendario Julio 2026 Mecanismo de Pago: Pago de Prestaciones Administrativas (Por Expediente) - Financiamiento de Traslado de Paciente Oncológico Estable (TPOE)”; Que, el FISSAL sustenta su solicitud en el Memorando Nº 174-2026-SIS-FISSAL/DIF e Informe Nº 015-2026-SIS-FISSAL/DIF-AALL de la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo del FISSAL; el Memorando Nº 555-2026-SIS-FISSAL/OPP e Informe Nº 018-2026-SIS-FISSAL/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL; y el Proveído Nº 098-2026-SIS-FISSAL/OAJ que hace suyo el Informe Nº 068-2026-SIS-FISSAL/OAJ-JAVD de la O fi cina de Asesoría Jurídica del FISSAL; Que, mediante el Memorando Nº 002057-2026- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para continuar con el trámite de aprobación de la transferencia fi nanciera solicitada por la Unidad Ejecutora 002 FISSAL – calendario julio 2026; conforme a lo solicitado por el FISSAL; Que, mediante el Informe Legal Nº 000331-2026- SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por el FISSAL y sus órganos técnicos y de apoyo, y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS, concluye que resulta jurídicamente viable que la Jefatura Institucional del Seguro Integral de Salud, en su condición de máxima autoridad ejecutiva institucional y Titular del Pliego, emita el acto resolutivo que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de las unidades ejecutoras, descritas en los Anexos Nº 1, Nº 2 y Nº 3 adjuntos al O fi cio Nº 609-2026-SIS-FISSAL/J, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas que se brindan a los asegurados SIS con cobertura FISSAL, en mérito a los convenios y adendas suscritas, correspondiente al calendario julio 2026; asimismo, corresponde que la resolución jefatural que aprueba la presente transferencia fi nanciera sea publicada en el diario o fi cial El Peruano; Con el visto del Jefe del Fondo Intangible Solidario de Salud; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y del Secretario General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; Decreto Legislativo º 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Reglamento de Organización y Funciones del SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA y en el Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 030-2014-SA y sus modi fi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL, correspondiente al calendario julio 2026, hasta por la suma de S/ 5,638,363.00 (CINCO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CON 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras detalladas en los Anexos Nº 1, Nº 2 y Nº 3, que forman parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud, en mérito a los convenios y adendas suscritas. Artículo 2.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados; los que están sujetos a monitoreo, supervisión y liquidación fi nanciera, según corresponda. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, y la resolución y sus anexos en el portal institucional del Seguro Integral de Salud (http://www.gob.pe/sis). Regístrese, comuníquese y publíquese. ZULMA ANAYA CHACON Jefa del Seguro Integral de Salud 2537723-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Amplían designación de funcionario en el puesto de Gerente de Regulación de Tarifas del Osinergmin RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 83-2026-OS/ PRES Lima, 22 de julio del 2026VISTOS:El Memorándum Nº GG-360-2026, mediante el cual la Gerencia General solicita se realicen las gestiones