Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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75 NORMAS LEGALES Sábado 25 de julio de 2026 El Peruano / Legislativo N° 1627, Decreto Legislativo para promover el despliegue de los servicios públicos de telecomunicaciones mediante tecnología de quinta generación (5G) o superior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2025-MTC, y su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, a efectos de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas y privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Disponer que los comentarios, aportes u opiniones sobre el proyecto de Decreto Supremo a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sean remitidas a través de la mesa de partes virtual del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con atención a la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, o a la dirección electrónica: info. [email protected]. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALDO M. PRIETO BARRERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 2538174-1 Modifican el “ Anexo III: Cuadro de Distribución del Segundo y el Tercer Caracteres de la Placa Especial”, del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado por D.S. N° 017-2008-MTC RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0018-2026-MTC/18 Lima, 23 de julio de 2026 VISTO: El Informe N° 1054-2026-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, con competencias normativas para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en dicha Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2008-MTC se aprobó el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje (en adelante, Reglamento de Placas), el cual tiene por objeto regular la Placa Única Nacional de Rodaje, como elemento de identi fi cación vehicular durante la circulación de los vehículos por las vías públicas terrestres; Que, el Reglamento de Placas clasi fi ca la Placa Única Nacional de Rodaje en placas ordinarias y placas especiales, comprendiendo estas últimas, entre otras, a las placas de exhibición, destinadas a identi fi car a los vehículos nuevos que requieren circular antes de iniciar su proceso de inmatriculación, y a las placas rotativas, destinadas a identi fi car temporalmente a los vehículos durante el proceso de inmatriculación y en los demás supuestos previstos en el citado Reglamento; Que, el “Anexo III: Cuadro de Distribución del Segundo y el Tercer Caracteres de la Placa Especial” del Reglamento de Placas, regula los caracteres asignados para la codi fi cación de las placas especiales, incluyendo las placas de exhibición y las placas rotativas; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de Placas establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la unidad de organización competente, expide las normas complementarias necesarias para la mejor aplicación del citado Reglamento; asimismo, dispone que el “Anexo III: Cuadro de Distribución del Segundo y el Tercer Caracteres de la Placa Especial” puede ser modi fi cado mediante Resolución Directoral, respecto a la adición de caracteres por agotamiento de las combinaciones, sin contravenir las disposiciones sobre el sistema de codi fi cación de la Placa Única Nacional de Rodaje establecidas en el referido Reglamento; Que, mediante Informe N° 1054-2026-MTC/18.01, la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial señala que se ha identi fi cado un incremento sostenido en la demanda de placas rotativas y de exhibición, lo que ha conllevado a un mayor consumo de las combinaciones de caracteres actualmente disponibles para su asignación. En ese contexto, del análisis realizado se evidencia que la disponibilidad de dichas combinaciones resulta insufi ciente para atender la demanda proyectada, por lo que concluye que resulta necesario incorporar nuevos caracteres en el citado Anexo III del Reglamento de Placas, a fi n de ampliar el universo de combinaciones disponibles y garantizar la continuidad en la asignación de estas placas especiales. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y la Resolución Ministerial N° 0658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del “ANEXO III: CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DEL SEGUNDO Y EL TERCER CARACTERES DE LA PLACA ESPECIAL” del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-MTC. Modi fi car los caracteres asignados correspondientes al tercer carácter de las placas de exhibición y de las placas rotativas del “ANEXO III: CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DEL SEGUNDO Y EL TERCER CARACTERES DE LA PLACA ESPECIAL” del Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-MTC, en los siguientes términos: “ANEXO III: CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DEL SEGUNDO Y TERCER CARACTERES DE LA PLACA ESPECIAL Tipo de placa especial Segundo carácter Tercer carácter Carácter asignado Caracteres de reserva (3)Carácter asignadoCaracteres de reserva (…) Exhibición E ---X, H, B, I, C, N, A, D, E, F--- Rotativa R ---I, M, P, T, A, B, C, D, E, F, G--- (…) (…)” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese TANIA BEATRIZ VALLE MANCHEGO Directora GeneralDirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal Ministerio de Transportes y Comunicaciones 2538087-1