Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2026 (04/11/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de noviembre de 2026 El Peruano / […] DICE:Artículo Segundo.- Designar temporalmente como director ejecutivo de la O fi cina de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, al abogado Fidel Ernesto Babilón Grados, a partir del día 02 de noviembre de 2026. […] DEBE DECIR: Artículo Segundo.- Designar como director ejecutivo de la O fi cina de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, al abogado Fidel Ernesto Babilón Grados, a partir del día 02 de noviembre de 2026. Artículo Segundo.- Mantener subsistentes los demás extremos de la Resolución Jefatural N° 396-2026-J/INEN. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www. gob.pe/inen). Regístrese, comuníquese y publíquese. WILDER GENARO CALMET BERROCAL Jefe Institucional 2571081-1 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Aprueban cuadros de incentivos y reconocimientos económicos a favor de los deportistas, paradeportistas medallistas y sus respectivos entrenadores de los II Juegos Parasuramericanos Valledupar 2026 y XIII Juegos Suramericanos Santa Fe 2026 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 000167-2026 -P-CD/IPD Lima, 3 de noviembre del 2026 VISTOS: El Informe N° 002548-2026-PMD-DINADAF/ IPD, de la Unidad Funcional de Gestión de Plani fi cación y Metodología Deportiva; el Informe N° 002457-2026-GDS- DINADAF/IPD, de la Unidad Funcional de Gestión de Subvenciones y Normatividad Deportiva; los Memorandos N° 002655-2026-DINADAF/IPD y 002832-2026-DINADAF/ IPD, los Informes N° 000665-2026-DINADAF/IPD y N° 000016-2026- MCL-DINADAF/IPD, los Proveídos N° 001503-2026-DINADAF/IPD y N° 001516-2026-DINADAF/ IPD, de la Dirección Nacional de Deporte de A fi liados; los Memorandos N° 001945-2026-OPP/IPD y 001969-2026- OPP/IPD, de la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación; el Informe N° 001019-2026-OAJ/IPD, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y sus modi fi catorias, establece que el Instituto Peruano del Deporte (En adelante, IPD) es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional, constituye un organismo público ejecutor que cuenta con autonomía técnica, funcional y administrativa para el cumplimiento de sus funciones; constituyéndose, además, como pliego presupuestario; Que, el numeral 8 del artículo 11 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, establece como una de las funciones del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte aprobar los premios y otros bene fi cios aplicables a los deportistas cali fi cados; Que, el inciso 7 del artículo 45 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte señala como función de las federaciones deportivas nacionales, entre otras, proponer ante el Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte, el otorgamiento de premios, estímulos y otros bene fi cios que les sean aplicables a deportistas, dirigentes, técnicos y demás agentes deportivos; Que, el artículo 70 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, dispone que los deportistas cali fi cados de alto nivel, en actividad o retiro tendrán derecho a acceder a las distinciones consignadas en la Orden de Laureles Deportivos y a los premios, estímulos y/o distinciones de acuerdo a sus méritos, instituidos por Ley o Resolución del Instituto Peruano del Deporte; Que, el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del IPD aprobado por Decreto Supremo N° 017-2004-PCM, señala que, la Dirección Nacional de Deporte del A fi liado (En adelante, DINADAF), es el órgano de línea encargado de las actividades del deporte a fi liado en el sistema deportivo nacional, a través de las federaciones, ligas, clubes y otras instituciones deportivas, cuyas funciones, entre otras, está la de “Promover y ejecutar las políticas, estrategias y acciones que coadyuven al desarrollo del deporte organizado, así como, emite opinión técnica en los asuntos que son de su competencia” ; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 000047-2025-P/IPD, de fecha 12 de mayo de 2025, se aprobó la Directiva N° 003-2025-IPD/DINADAF, denominada “Gestión de Subvenciones Económicas a favor de los Deportistas Cali fi cados y de Alto Nivel”, cuyo numeral 9.4 establece las consideraciones para el otorgamiento de premiaciones e incentivos económicos; el subnumeral 9.4.5 de la Directiva contempla el otorgamiento de incentivos económicos a favor de deportistas, paradeportistas y entrenadores que obtengan medallas en juegos multidisciplinarios, previa propuesta de la DINADAF, disponibilidad presupuestaria, opinión de viabilidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica y aprobación del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte mediante resolución; Que, mediante Informe N° 002548-2026-PMD- DINADAF/IPD, de fecha 22 de septiembre de 2026, la Unidad Funcional de Gestión de Plani fi cación y Metodología Deportiva emitió opinión técnica deportiva respecto del otorgamiento de incentivos y reconocimientos a favor de los deportistas, paradeportistas y entrenadores de la Delegación Deportiva Peruana por los resultados obtenidos en los II Juegos Parasuramericanos Valledupar 2026 y XIII Juegos Suramericanos Santa Fe 2026, atendiendo a su relevancia dentro del ciclo olímpico y paralímpico, así como las consideraciones técnicos aplicables a la premiación; Que, mediante Informe N° 002457-2026-GDS- DINADAF/IPD, de fecha 25 de septiembre de 2026, la Unidad Funcional de Gestión de Subvenciones y Normatividad Deportiva efectuó la evaluación técnico-económica de la propuesta de otorgamiento de incentivos económicos a favor de los medallistas de las citadas competencias deportivas, tomando como referencia los resultados deportivos y los antecedentes institucionales de premiación, identi fi cando el monto que requiere para la habilitación presupuestal; Que, mediante el Memorando N° 001969-2026- OPP/IPD, de fecha 12 de octubre de 2026, la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación comunicó la aprobación de la habilitación presupuestaria por el importe de S/ 3 362 000,00 (Tres millones trescientos sesenta y dos mil y 00/100 soles), conforme a la Nota de Modi fi cación Presupuestaria N° 0000000669; Que, mediante Informe N° 000016-2026-MCL- DINADAF/IPD, de fecha 15 de octubre de 2026, se efectuó la evaluación técnico-legal de la propuesta, concluyendo que existen elementos normativos, técnicos y presupuestarios que sustentan la continuación del procedimiento para el otorgamiento de incentivos económicos a favor de los