Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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69 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de noviembre de 2026 El Peruano / señala que “El otorgamiento de la concesión única confi ere al solicitante la condición de concesionario para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones establecidos en la legislación”; Que, en caso la concesionaria requiera prestar servicios adicionales al servicio portador local, en la modalidad conmutado y no conmutado, y al servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, debe cumplir con lo establecido en el artículo 155 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, y solicitar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la inscripción de dichos servicios en el registro habilitado para tal fi n, los que se sujetan a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de Concesión Única y en la fi cha de inscripción en el registro que forma parte de aquel; Que, mediante Memorando N° 1305-2026-MTC/27 e Informe N° 0876-2026-MTC/27.02, la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones señala que habiéndose veri fi cado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislación para otorgar la Concesión Única solicitada para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa GRUPO CLARITA S.A.C.; Que, con Informe N° 1108-2026-MTC/08 la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite pronunciamiento, considerando legalmente viable el otorgamiento de la Concesión Única solicitada; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC y su modi fi catoria; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC y sus modi fi catorias; el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2022-MTC y su modi fi catoria; y, SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a la empresa GRUPO CLARITA S.A.C. Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como los primeros servicios a prestar el servicio portador local, en la modalidad conmutado y no conmutado, y el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Única a celebrarse con la empresa GRUPO CLARITA S.A.C. para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas. Artículo 3.- Autorizar a la Directora General de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscriba el Contrato de Concesión Única que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a suscribir la escritura pública del referido contrato y de las adendas. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión Única no es suscrito por la empresa GRUPO CLARITA S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión. Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fi nes.Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANGELLO TANGHERLINI CASAL Ministro de Transportes y Comunicaciones 2571125-1 Designan Coordinadora Territorial del Centro Desconcentrado Territorial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la región San Martín RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 632-2026-MTC/01 Lima, 3 de noviembre de 2026 VISTOS: El Memorando N° 0279-2026-MTC/05 de la Ofi cina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto; y el Memorando N° 1669-2026-MTC/11 de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 297-2019-MTC/01 aprueba la conformación de los Centros Desconcentrados Territoriales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como la instancia de coordinación y gestión, que a nivel regional y local facilita y promueve de manera desconcentrada, la articulación en el territorio de los servicios e intervenciones de las unidades de organización de este Ministerio, sus programas, proyectos especiales, organismos públicos y entidades adscritas; bajo un modelo de gestión territorial y una sola identidad sectorial, contribuyendo al cierre de brechas en materia de transportes y comunicaciones; Que, el Artículo 2 de la citada Resolución Ministerial N° 297-2019-MTC/01 establece que los Centros Desconcentrados Territoriales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones están a cargo de un Coordinador Territorial; y dependen funcionalmente de la O fi cina de Articulación Intergubernamental de la O fi cina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la que es responsable de administrar, conducir y supervisar su gestión y funcionamiento; Que, mediante los Informes N° 0468 y 0469-2026- MTC/11.02 de la O fi cina de Gestión del Talento Humano remitidos por el Memorando N° 1669-2026-MTC/11 de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, se concluye que la profesional propuesta cumple con los requisitos exigidos para el cargo de Coordinador Territorial, según el Manual de Clasi fi cador de Cargos del MTC, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 023- 2019-MTC/01 y modi fi catorias; Que, se encuentra vacante el cargo de Coordinador Territorial del Centro Desconcentrado Territorial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la región San Martín, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora KARIM LUDEÑA CARDENAS en el cargo de Coordinadora Territorial del Centro Desconcentrado Territorial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de la región San Martín. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANGELLO TANGHERLINI CASAL Ministro de Transportes y Comunicaciones 2571364-1