Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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111 NORMAS LEGALES Jueves 29 de octubre de 2026 El Peruano / Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina General de Administración y Finanzas, la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JULIA AZUCENA COLCAS VARGAS Gerente General 2569461-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Disponen la publicación del proyecto de Ordenanza denominado “Ordenanza que regula el otorgamiento de licencias de funcionamiento y autorizaciones conexas en el distrito de Ate”, y su exposición de motivos RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 0769 Ate, 26 de octubre de 2026EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTOS: El Memorando Múltiple N° 000028-2026-MDA/ GM-GDE; los Informes N° 000129-2026-MDA/GM-GDE, N° 000139-2026-MDA/GM-GDE y N° 000144-2026-MDA/GM-GDE, de la Gerencia de Desarrollo Económico; el Informe N° 000190-2026-MDA/GDE-SGRD, de la Subgerencia de Gestión de Riesgo y Desastres; el Informe N° 000204-2026-MDA/GDE-SGCL, de la Subgerencia de Comercio y Licencias; el Informe N° 000527-2026-MDA/GAT-SGFEC, de la Subgerencia de Fiscalización y Ejecución Coactiva; el Informe N° 000062-2026-MDA/GM-GAT, de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 000284-2026-MDA/GDE-SGDEP, de la Subgerencia de Desarrollo Económico y Productivo; el Informe N° 000833-2026-MDA/OGPE-OPMI, de la O fi cina de Planeamiento, Modernización e Inversiones; el Memorando N° 001067-2026-MDA/GM-OGPE, de la O fi cina General de Plani fi cación Estratégica; el Informe N° 000236-2026-MDA/GM-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 001593-2026-MDA/GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, , de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, concordante con el artículo Il del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias, se establece que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2024- JUS, publicado el 30 de agosto de 2024, se aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; Que, el numeral 4.10 del artículo 4° del referido Reglamento, de fi ne a la publicación de proyectos normativos, como aportes y la puesta en conocimiento de proyectos normativos a la ciudadanía, con el objeto de recabar sus comentarios, aportes u opiniones, garantizando el principio de transparencia y máxima divulgación, así como el principio de participación ciudadana y/o de los administrados, antes que, en ejercicio de la potestad normativa, se aprueben normas de carácter general que puedan afectar derechos, obligaciones e intereses;Que, el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20° del Reglamento en mención, sobre el contenido de la publicación de proyectos normativos, establece que: “El plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario”. Asimismo, el numeral 20.2 del artículo 20°, establece que: “Las entidades de la Administración Pública deben propiciar tanto canales virtuales, como físicos para la recepción de comentarios, aportes u opiniones y propiciar la adopción de mecanismos inclusivos para tal fi n, en formatos accesibles, de conformidad con la normativa aplicable”; Que, el numeral 21.1 del artículo 21° del citado cuerpo normativo, establece que: “La publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual se publica en el diario o fi cial. El proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la entidad de la Administración Pública (…)”; Que, bajo dicho marco normativo, la Gerencia de Desarrollo Económico con Memorando Múltiple N° 000028-2026-MDA/GM-GDE, la Gerencia de Desarrollo Económico remitió el proyecto de Ordenanza denominado: “Ordenanza que Regula el Procedimiento de Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento en el Distrito de Ate”, y su Exposición de Motivos, solicitando la evaluación fi nal y la emisión de opinión técnica respectiva a la propuesta normativa; Que, mediante Informe N° 000190-2026-MDA/GDE- SGRD, la Subgerencia de Gestión de Riesgo y Desastres emitió opinión técnica favorable respecto del proyecto de Ordenanza, en lo correspondiente a las materias de su competencia vinculadas con la evaluación del nivel de riesgo, condiciones de seguridad en edi fi caciones, aplicación de la matriz de riesgos y ejecución de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones (ITSE) y Visitas de Inspección de Seguridad en Edifi caciones (VISE), para la continuidad del trámite correspondiente; Que, mediante Informe N° 000204-2026-MDA/ GDE-SGCL, la Subgerencia de Comercio y Licencias emitió opinión técnica favorable respecto del proyecto de Ordenanza, señalando que sus disposiciones se encuentran acordes con el marco normativo aplicable y que los procedimientos regulados se encuentran alineados con los procedimientos administrativos estandarizados aprobados por el Poder Ejecutivo, y por encontrarse conforme al marco normativo vigente y contribuir al fortalecimiento de la gestión municipal en materia de licencias de funcionamiento y autorizaciones conexas; Que, mediante Informe N° 000527-2026-MDA/GAT- SGFEC, la Subgerencia de Fiscalización y Ejecución Coactiva emitió opinión técnica favorable respecto del proyecto de Ordenanza, en lo correspondiente a las materias de su competencia vinculadas con la clausura de establecimientos y el procedimiento administrativo sancionador, concluyendo que el proyecto de Ordenanza guarda concordancia con las competencias y funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ate; Que, mediante Informe N° 000062-2026-MDA/GM- GAT, la Gerencia de Administración Tributaria hizo suyo en todos sus extremos el análisis técnico contenido en el Informe N° 000527-2026-MDA/GAT-SGFEC y concluye señalando que el proyecto de ordenanza y su Exposición de Motivos se encuentran habilitados en sus aspectos técnicos y legales para continuar con su trámite administrativo; Que, mediante Informe N° 000284-2026-MDA/ GDE-SGDEP, la Subgerencia de Desarrollo Económico y Productivo emitió opinión técnica favorable respecto del proyecto de Ordenanza, señalando que la misma guarda objetividad respecto a la formalización de los entes económicos, conforme al marco normativo vigente y contribuir; al fortalecimiento de la gestión municipal en materia de otorgamiento de licencias de funcionamiento y autorizaciones conexas, que es competencia de la Subgerencia de Comercio y Licencias;