Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (29/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 130

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 109

109 NORMAS LEGALES Jueves 29 de octubre de 2026 El Peruano / Nº PASAJE AÉREO CANTIDAD EQUIPAJEPRECIO + % DE INCREMENTOTOTAL 1Lima – Bogotá – Lima11 maleta de 23 kg$ 1,454.59 $ 1,454.59 2Lima – Bogotá – Lima51 equipaje de mano de 10 kg$ 1,063.09 $ 5,315.45 TOTAL $ 6,770.04 Que, mediante el Memorando Nº 788-2026/OGAF de fecha 02 de octubre de 2026; la O fi cina General de Administración y Finanzas solicita opinión legal sobre la actualización del monto consignado en la Resolución de Gerencia General Nº 071-2026-FBB/GG/MML.- participación al TERCER CONGRESO INTERNACIONAL DE CUIDADORES EN LATINOAMÉRICA en PISCILAGO PARQUE ACUATICO Y DE AREA DE CONSERVACION, MUNICIPIO DE NILO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA – COLOMBIA”. Que, mediante el Informe Nº 151-2026-OGAJ, de fecha 07 de octubre de 2026, la O fi cina General de Asesoría Jurídica recomienda la modi fi cación del ARTICULO SEGUNDO de la Resolución de Gerencia General Nº 071-2026-FBB/GG/MML, en referencia a la actualización de los costos de los pasajes aéreos, para la participación al TERCER CONGRESO INTERNACIONAL DE CUIDADORES EN LATINOAMÉRICA en PISCILAGO PARQUE ACUATICO Y DE AREA DE CONSERVACION, MUNICIPIO DE NILO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA – COLOMBIA”. Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG), establece las normas generales para la actuación de la función administrativa del Estado y regula los procedimientos administrativos. La Ley permite la modi fi cación o enmienda de actos administrativos bajo ciertas circunstancias, principalmente para corregir vicios no trascendentes o para evitar la nulidad de o fi cio. Que, en consecuencia, corresponde emitir el presente acto administrativo, con la fi nalidad de modi fi car la Resolución de Gerencia General Nº 071-2026-PATPAL- FBB/GG/MML de fecha 14 de setiembre de 2026; correspondiente a la Autorización para la participación al TERCER CONGRESO INTERNACIONAL DE CUIDADORES EN LATINOAMÉRICA en PISCILAGO PARQUE ACUATICO Y DE AREA DE CONSERVACION, MUNICIPIO DE NILO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA – COLOMBIA”. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 146 - Ley del Patronato del Parque de las Leyendas-Felipe Benavides Barreda y sus modi fi catorias; del artículo 10, y el literal p) del artículo 11 del Manual de Operaciones del PATPAL-FBB, aprobado mediante Decreto de Alcaldía Nº 003 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y estando a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General. Contando con el Visto Bueno de la O fi cina General de Administración y Finanzas, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina de Logística y Control Patrimonial, Gerencia de Operaciones y Seguridad, Subgerencia de Zoología y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica.; SE RESUELVE:Artículo Primero.- MODIFICAR el ARTÍCULO SEGUNDO de la Resolución de Gerencia General Nº 071-2026-FBB/GG/MML, de fecha 14 de setiembre de 2026; el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo Segundo. - AUTORIZAR los gastos que irrogue el viaje aprobado en la presente Resolución”: Nombres y ApellidosDNI Nº InscripciónPasajes AéreosViáticos ($ 200.00 x 5 días) Monto total (S/.) GRECIA ROMINA ALARCON RISCO44484381US $ 800.00 US $ 1,000.00 S/. 7,283.00 S/.820.00 S/. 2,763.00 S/. 3,700.00 TOTAL S/.7,283.00Artículo Segundo.- RATIFICAR en sus demás términos y en todos sus extremos lo que contiene la Resolución de Gerencia General Nº 071-2026-PATPAL-FBB/GG/MML, de fecha 14 de setiembre de 2026. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina General de Administración y Finanzas, la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JULIA AZUCENA COLCAS VARGAS Gerente General 2569458-1 Modifican la Resolución de Gerencia General N° 083-2026-FBB/GG/MML, sobre el ítem de pasajes aéreos RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 092-2026-PATPAL-FBB/MML San Miguel, 16 de octubre de 2026VISTO: La Resolución de Gerencia General N° 071-2026-PATPAL-FBB/GG/MML, de fecha 14 de setiembre de 2026; emitido por la Gerencia General, la Resolución de Gerencia General N° 083-2026-PATPAL- FBB/GG/MML, de fecha 09 de octubre de 2026; emitido por la Gerencia General, el Memorando N° 1872-2026/ OGPP de fecha 16 de octubre de 2026; emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 2633-2026/OGAF-OLCP de fecha 16 de octubre de 2026; emitido por la O fi cina de Logística y Control Patrimonial, el Memorando N° 843-2026/OGAF de fecha 16 de octubre de 2026; emitido por la O fi cina General de Administración y Finanzas y el informe N° 163- 2026-OGAJ de fecha 16 de octubre de 2026; emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el Patronato del Parque de las Leyendas – Felipe Benavides Barreda es un organismo público desconcentrado adscrito a la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería de derecho público interno y con autonomía técnica, económica, fi nanciera y administrativa. Su organización, estructura y funciones se rigen por las normas de derecho público interno, aplicable a los organismos públicos descentralizados del sector público; Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones: MOP del PATPAL- FBB, señala que el Patronato del Parque de las Leyendas Felipe Benavides Barreda “PATPAL- FBB” se creó mediante Ley del Patronato del Parque de las Leyendas – Decreto Legislativo N° 146; de acuerdo a la cali fi cación organizacional establecida en los Lineamientos de Organización del Estado vigentes, adscrito a la Municipalidad Metropolitana de Lima por Ley N° 28998. Con personería jurídica de derecho público y autonomía técnica, económica, fi nanciera y administrativa en el desempeño de sus funciones de acuerdo a su Ley de creación, sus modi fi catorias, ampliatorias y conexas, y a la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, a través de Resolución de Gerencia General N° 071-2026-PATPAL-FBB/GG/MML, de fecha 14 de setiembre de 2026; se autoriza el viaje por comisión de servicios y se aprueba los gastos que irrogue el viaje al TERCER CONGRESO INTERNACIONAL DE CUIDADORES EN LATINOAMÉRICA, la cual se desarrollará los días 02 al 07 de noviembre de 2026; en PISCILAGO PARQUE ACUATICO Y DE AREA DE CONSERVACION, MUNICIPIO DE NILO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA – COLOMBIA”. Que, mediante el Informe N° 2442-2026/OGAF-OLCP de fecha 02 de octubre de 2026; la O fi cina de Logística y Control Patrimonial solicita la actualización del monto consignado en la Resolución de Gerencia General N°