Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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108 NORMAS LEGALES Jueves 29 de octubre de 2026 El Peruano / DE CUIDADORES EN LATINOAMÉRICA, la cual se desarrollara los días 02 al 07 de noviembre de 2026; en PISCILAGO PARQUE ACUATICO Y DE AREA DE CONSERVACION, MUNICIPIO DE NILO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA – COLOMBIA. Artículo Segundo.- Autorizar los gastos que irrogue el viaje aprobado en la presente Resolución, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosDNI N° InscripciónPasajes AéreosViáticos ($ 200.00 x 5 días) Monto total (S/.) GRECIA ROMINA ALARCON RISCO44484381 S/.630.00US $ 600.00 S/. 2,220.00US $ 1,000.00 S/. 3,700.00S/. 6,550.00 TOTAL S/.6,550.00 Artículo Tercero.- El funcionario, al que se re fi ere el artículo primero de la presente Resolución, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como el sustento de los viáticos asignados, conforme a ley dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje. Artículo Cuarto.- REMITIR a la O fi cina General de Administración y Finanzas en coordinación con la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos, para que en el marco de sus competencias adopten las acciones que correspondan conforme a Ley. Artículo Quinto.- Encargar a la O fi cina General de Administración y Finanzas, la publicación del presente Acuerdo en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JULIA AZUCENA COLCAS VARGAS Gerente General 2569447-1 Modifican la Resolución de Gerencia General N° 071-2026-PATPAL-FBB/GG/MML, sobre gastos de viaje RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 083-2026-PATPAL-FBB/MML San Miguel, 9 de octubre de 2026VISTO:La Resolución de Gerencia General Nº 071-2026-PATPAL-FBB/GG/MML, de fecha 14 de setiembre de 2026; emitido por la Gerencia General, el Informe Nº 1105-2026/GOS/SZO de fecha 25 de setiembre de 2026; emitido por la Subgerencia de Zoología; el Memorando 1705-2026/OGPP, de fecha 01 de octubre de 2026; emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 1711-2026/OGPP, de fecha 01 de octubre de 2026; emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 2442-2026/OGAF-OLCP de fecha 02 de octubre de 2026; emitido por la O fi cina de Logística y Control Patrimonial, el Memorando Nº 788-2026/OGAF de fecha 02 de octubre de 2026; emitido por la O fi cina General de Administración y Finanzas y el informe Nº 151-2026-OGAJ de fecha 07 de octubre de abril de 2026; emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Patronato del Parque de las Leyendas – Felipe Benavides Barreda es un organismo público desconcentrado adscrito a la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería de derecho público interno y con autonomía técnica, económica, fi nanciera y administrativa. Su organización, estructura y funciones se rigen por las normas de derecho público interno, aplicable a los organismos públicos descentralizados del sector público; Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones: MOP del PATPAL- FBB, señala que el Patronato del Parque de las Leyendas Felipe Benavides Barreda “PATPAL-FBB” se creó mediante Ley del Patronato del Parque de las Leyendas – Decreto Legislativo Nº 146; de acuerdo a la cali fi cación organizacional establecida en los Lineamientos de Organización del Estado vigentes, adscrito a la Municipalidad Metropolitana de Lima por Ley Nº 28998. Con personería jurídica de derecho público y autonomía técnica, económica, fi nanciera y administrativa en el desempeño de sus funciones de acuerdo a su Ley de creación, sus modi fi catorias, ampliatorias y conexas, y a la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, a través de Resolución de Gerencia General Nº 071-2026-PATPAL-FBB/GG/MML, de fecha 14 de setiembre de 2026; se autoriza el viaje por comisión de servicios para participar en el TERCER CONGRESO INTERNACIONAL DE CUIDADORES EN LATINOAMÉRICA, la cual se desarrollará los días 02 al 07 de noviembre de 2026; en PISCILAGO PARQUE ACUATICO Y DE AREA DE CONSERVACION, MUNICIPIO DE NILO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA – COLOMBIA”. Que, mediante el Informe Nº 1105-2026/GOS/SZO de fecha 25 de setiembre de 2026; la Subgerencia de Zoología solicita a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto la ampliación de modi fi cación presupuestal para la participación al TERCER CONGRESO INTERNACIONAL DE CUIDADORES EN LATINOAMÉRICA en PISCILAGO PARQUE ACUATICO Y DE AREA DE CONSERVACION, MUNICIPIO DE NILO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA – COLOMBIA”. Que, mediante Memorando 1705-2026/OGPP, de fecha 01 de octubre de 2026; la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para el otorgamiento de viáticos - participación al TERCER CONGRESO INTERNACIONAL DE CUIDADORES EN LATINOAMÉRICA en PISCILAGO PARQUE ACUATICO Y DE AREA DE CONSERVACION, MUNICIPIO DE NILO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA – COLOMBIA”. Que, mediante Memorando 1711-2026/OGPP, de fecha 01 de octubre de 2026; la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para la adquisición de pasajes aéreos - participación al TERCER CONGRESO INTERNACIONAL DE CUIDADORES EN LATINOAMÉRICA en PISCILAGO PARQUE ACUATICO Y DE AREA DE CONSERVACION, MUNICIPIO DE NILO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA – COLOMBIA”. Que, mediante el Informe Nº 2442-2026/OGAF-OLCP de fecha 02 de octubre de 2026; la O fi cina de Logística y Control Patrimonial solicita la actualización del monto consignado en la Resolución de Gerencia General Nº 071-2026-FBB/GG/MML.- participación al TERCER CONGRESO INTERNACIONAL DE CUIDADORES EN LATINOAMÉRICA en PISCILAGO PARQUE ACUATICO Y DE AREA DE CONSERVACION, MUNICIPIO DE NILO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA – COLOMBIA”. VI. RECOMENDACIONES • Disponer la modi fi cación de la Resolución de Gerencia General N.º 035-2026, actualizando el monto de pasajes aéreos conforme a la cotización vigente. • Gestionar la aprobación de la Certi fi cación de Crédito Presupuestario sobre la base del monto actualizado. • En adelante, consignar montos bajo la modalidad de “hasta por”, incorporando en la Resolución de Aprobación el monto máximo incrementando un 20% del monto base de la interacción de mercado (6,770.04 dólares), el cual incluye los impuestos de ley, tasas aeroportuarias y el factor de variación por factores externos antes expuestos. Este monto constituye un límite máximo; en caso de que el costo fi nal sea menor, se ejecutará únicamente el gasto real devengado , por el margen de variación, recordando que este es por el plazo 15 días calendarios, como se muestra en el siguiente cuadro: