Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2026 (30/10/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Viernes 30 de octubre de 2026 El Peruano / modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa, traslada o separa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva Nº 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 392- 2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación, así como el término de la designación, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional designado por la Contraloría General de la República ejerce sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; Que, de otro lado, el numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI establece que la designación de los Jefes de Órgano de Control Institucional termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del Órgano de Control Institucional; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación defi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación; Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las Entidades Públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control gubernamental y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución de Contraloría N° 096-2025-CG, de 11 de febrero de 2025, se designó al señor Benjamín Tavara Tinoco, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Lambayeque; Que, la Vicecontraloría de Control Gubernamental, mediante la Hoja Informativa N° 000237-2026-CG/VCG, en atención a sus funciones establecidas en el literal e) del artículo 15 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 274-2025-CG y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Lambayeque para dar por terminada la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Lambayeque, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI, lo cual se justi fi ca en la recon fi guración de las jefaturas de algunos Órganos de Control Institucional, que implica concluir las existentes, a fi n de racionalizar los recursos humanos, optimizando los servicios, y con ello fortaleciendo el Sistema Nacional de Control y los Órganos de Control Institucional bajo su ámbito de control, mejorando y asegurando el ejercicio pertinente, efectivo y e fi ciente del control gubernamental;Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 001012-2026-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000779-2026-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Lambayeque, entidad bajo el ámbito de la Gerencia Regional de Control de Lambayeque, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Gubernamental, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020- CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada la designación del señor Benjamín Tavara Tinoco, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Lambayeque S.A. Artículo 2.- Las acciones de personal dispuestas en el artículo 1 precedente, tendrán efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 3.- Disponer que el personal de la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentarse al órgano o unidad orgánica que corresponda. Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información y Gobierno Digital de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 5.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https:// www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2569408-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Universidad Nacional de Cañete UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 143-2026-CU- UNDC Cañete, 7 de octubre de 2026 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE VISTOS: El Acuerdo de la XV Sesión Extraordinaria de Consejo Universitario del 02 octubre de 2026; Proveído