Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2003 (20/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 20 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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INFRACTORES EN GENERAL TIPOS DE INFRACCION Ord. Art. 3º G Ord.Art. 4º a 8º L G Clausura temporal 5 dias Clausura temporal 3 dias Clausura temporal 3 dias en caso de establecimientos Retiro del artefacto que produce el ruido MEDIDA COMPLEMENTARIA

RUIDOS MOLESTOS, GASES TOXICOS Y HUMOS (300)
CODIGO INFRACCION PREVENTIVA

07-0301

Producir ruidos nocivos o molestos, sea cual fuere el origen y lugar (uso de bocinas, escapes libres, alto parlantes, megafonos, equipo de sonidos, sirenas, silbatos, cohetes, petardos y otros) que afecten a la comunidad. (Segun Ordenanza Nº 05-96 Arts. 3º, 4º, 5º, 6º 7º y 8º).

07-0302

Funcionamiento de industrias en zonas de viviendas urbano-marginales, que producen ruidos que exceden de 75 decibeles en horarios de 7.00 a 22.00 horas y 60 decibeles en horarios de 22.00 horas a 7.00 horas. Exceder los locales comerciales la produccion de 70 decibeles en horarios de 7.00 horas a 22.00 horas y 60 decibeles en horarios de 22.00 horas a 7.00 horas. Producir ruidos de 50 decibeles a mas, de 7:00 a 22 horas y de 40 decibeles a mas, de 22.00 a 7.00 horas en zonas circundantes hasta 100 metros de ubicacion de centros hospitalarios en general.

07-0303

G

07-0304

G

"Articulo 16º.- Corresponde a la Gerencia de Obras y Desarrollo MORDAZA y a la Policia Municipal la imposicion de las sanciones por infracciones a la presente Ordenanza. Podran solicitar el apoyo del servicio de Serenazgo de la Municipalidad." "Articulo 18º.- En el MORDAZA de su cooperacion con las municipalidades, establecido por el articulo 197º de la Constitucion del Estado, la Policia Nacional del Peru debera prestar apoyo que solicite la autoridad municipal a efectos de cumplir lo dispuesto en el articulo 46º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972." Articulo 2º.- Deroguese el articulo 3º y la Primera Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 005-96/CDL. Articulo 3º.- Concedase un plazo extraordinario de acogimiento a las disposiciones de la Ordenanza Nº 00596/CDL y de la presente Ordenanza modificatoria de trein-

ta dias calendario, contados a partir del dia siguiente a la publicacion de esta MORDAZA, para que las viviendas, establecimientos comerciales y/o industriales y en general toda actividad que produzca ruidos molestos, se adecuen a los niveles de emision sonora permitidos por la normatividad vigente. Articulo 4º.- El Despacho de Alcaldia aprobara el Texto Unico Ordenado de la Ordenanza Nº 005-96/CDL y sus modificatorias, emitiendo el Decreto de Alcaldia correspondiente. DISPOSICION COMPLEMENTARIA.- Modifiquese el Codigo Nº 07-0301 de la Escala de Multas de la Ordenanza Nº 39-2003/CDL de fecha 15 de MORDAZA del 2003, que aprueba el Reglamento de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, en los terminos siguientes:

RUIDOS MOLESTOS, GASES TOXICOS Y HUMOS (300)
CODIGO INFRACCION PREVENTIVA INFRACTORES EN GENERAL TIPOS DE INFRACCION Ord. Art. 3º G Ord. Art.4º a 8º L MEDIDA COMPLEMENTARIA

07-0301

Producir ruidos nocivos o molestos, sea cual fuere el origen y lugar (uso de bocinas, escapes libres, alto parlantes, megafonos, equipo de sonidos, sirenas, silbatos, cohetes, petardos y otros) que afecten a la comunidad. (Segun Ordenanza Nº 05-96 Arts. 3º, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º).

POR TANTO: De conformidad con lo dispuesto por el articulo 20º inciso 5) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la promulgo a los treintiun dias del mes de MORDAZA del dos mil tres. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15483

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Expresan protesta contra acciones de distrito vecino
ACUERDO DE CONCEJO Nº 075-2003/ML Lurin, 18 de agosto del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN VISTA: En la Sesion Extraordinaria de Concejo del dia 18 de agosto del 2003 convocada por el senor MORDAZA

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mini, la ilegal accion de parte de la Municipalidad de MORDAZA representada por su Alcaldesa Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Poblet, violentando los limites de la jurisdiccion territorial del distrito de Lurin, y, con la finalidad de emitir un pronunciamiento ante los hechos ocurridos el 14 de agosto del presente; CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Constitucional por sentencia del 6.11.2002, MORDAZA dirimiendo el conflicto de competencia interpuesto por la Municipalidad de Lurin contra la Municipalidad de MORDAZA, y, dispone: 1) Que, corresponde al Poder Ejecutivo la atribucion de proponer la demarcacion territorial y al Congreso de la

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