Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2003 (20/08/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

Pag. 250052

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de agosto de 2003

Republica aprobar dicha demarcacion y, en consecuencia, la Municipalidad Provincial y la Municipalidad Distrital carecen de competencia para aprobar o modificar la demarcacion territorial; 2) Que, se declare Nulo el Acuerdo de Concejo Nº 011-2000-MDSSP/ C de la Municipalidad de Pachacamac; 3) Que, a partir de la fecha de notificada la presente sentencia, la Municipalidad Distrital de MORDAZA se abstenga de ejercer competencia amparada en el Acuerdo de Concejo Nº 011-2000-MDSSP/C, y en los actos administrativos que de el deriven; Que, la accion ilegal de la Municipalidad de MORDAZA representada por su Alcaldesa Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Poblet, realizada el dia 14 de agosto del actual contra los limites de la jurisdiccion de Lurin, constituye una prueba fehaciente e indubitable que violenta el Mandato del Tribunal Constitucional recaido en la Sentencia aducida en el anterior considerando y constituye ilicitos penales que la ley sanciona; Que, los habitantes de Lurin y MORDAZA han conformado pueblos hermanos, caracterizados por su convivencia pacifica y su respeto por la ley, hechos que han generado soluciones eficaces para el cambio y desarrollo de sus distritos; Que, por los considerandos expuestos MORDAZA que actuar con la arbitrariedad, la violencia y la agresion, es necesario respetar el estado de derecho, la concertacion y la conciliacion, y, sobre todo el dialogo permanente como ejemplo y seguridad para el pueblo al cual representamos, apostando por la paz, la verdad y la confraternidad; El Concejo de conformidad a los principios de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA unanime de todos sus integrantes, con el caracter de urgencia y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Expresar a nombre de todo el pueblo de Lurin, su mas energica protesta y rechazo absoluto contra la accion y actitud ilegales de la Municipalidad de MORDAZA, quien cometiendo ilicitos penales violento la paz, la tranquilidad, la confraternidad y la convivencia de dos pueblos hermanos, en su pretension expansivista sobre competencia de limites. Articulo Segundo.- Ratificar su respeto a los principios del estado de derecho, a la ley y sobre todo a la sentencia del Tribunal Constitucional, que dirime conflicto de competencia sobre limites, conforme a lo expuesto en el primer considerando. Articulo Tercero.- Declarar que la demarcacion territorial de los distritos de Lurin y MORDAZA, le corresponde proponer al Poder Ejecutivo y aprobar al Congreso de la Republica, por mandato del inciso 7) del Art. 102º de la vigente Constitucion, y su procedimiento debe sujetarse a lo establecido en la Ley de Demarcacion y Organizacion territorial y su reglamento. Por consiguiente, ni la Municipalidad Provincial ni la Municipalidad Distrital tienen competencia para aprobar o modificar la demarcacion territorial. Articulo Cuarto.- Convocar a la Municipalidad de MORDAZA representada por su Alcaldesa Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Poblet, al dialogo permanente sobre la materia, puesto que corresponde a las autoridades locales resolver con autonomia y dentro del MORDAZA de la ley sus problemas, como ejemplo para las poblaciones que representan, a fin de garantizar la paz, la tranquilidad y la convivencia social. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 15548

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Informe Tecnico para la aplicacion de arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y de Serenazgo a que se refiere la Ordenanza Nº 109-MPL
ARBITRIOS MUNICIPALES 2003 ANEXO - ORDENANZA Nº 109-MPL (Se publica nuevamente el Anexo de la Ordenanza de la referencia, a solicitud de la Secretaria General de la Municipalidad de Pueblo Libre, mediante Oficio Nº 331-2003-MPL-OSGC. La Ordenanza se publico en la edicion del 8 de febrero de 2003, en la pagina 238833) INFORME TECNICO Para la aplicacion de arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de la Municipalidad de Pueblo Libre, se ha utilizado la UIT aplicable para el ano 2003, el cual es igual a S/.3,100 (UIT = S/.3,100), y se ha trabajado mediante la siguiente informacion: 1.- LIMPIEZA PUBLICA 1.1 Tasas mensuales propuestas por la Municipalidad de Pueblo Libre, para el Servicio de Limpieza Publica aplicadas al Valor al Precio.
USO DEL PREDIO T. MENSUAL % SOBRE T. MINIMO MENSUAL AUTOAVALUO % de la UIT 0.0851% 0.6452%

a) Locales Comerciales y Servicios en General. (Bodega, Talleres y similares) b) Universidades, Institutos Superiores y demas Centros Educativos Privados. c) MORDAZA Habitacion con Comercio. d) MORDAZA Habitacion Tarifa Social Area Hasta 20 m2 e) Gobierno Central Instituciones Publicas. f) Entidades Asistenciales Gratuitas, Organizaciones Clericales y religiosas, terrenos sin construir o en MORDAZA de construccion, Estacionamientos. g) Puesto mercados USOS ESPECIALES

0.0584%

0.5875%

0.0479% 0.0304% 0.1935% 0.23% 0.0140% 0.0106%

0.5875% 0.3959%

0.2377% 0.2377%

0.3226

T. MENSUAL % SOBRE T. MINIMO MENSUAL AUTOAVALUO % de la UIT 0.0864% 0.8704%

1. Supermercados, Almacenes Industrias, Empresas de Serv. Publicos, Financieras, Bancos, Servicentros y similares. 2. Laboratorios, Clinicas, Hoteles, Hostales, MORDAZA de Bingo, Juegos, Casinos, similares. 3. Discotecas, Pubs, Karaokes y similares. 4. Clubes Sociales, Deportivos, Culturales y similares.

0.0864%

0.8704%

0.0864% 0.0864%

0.8704% 0.8704%

1.2 Numero de predios tomando en cuenta al valor del predio por tramos y usos:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.