Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2004 (07/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 7 de febrero de 2004

PODER EJECUTIVO PCM
.usion del Consejo Nacional de Inteligencia con la Direccion Nacional de Inteligencia Estrategica
DECRETO SUPREMO Nº 012-2004-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27479, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA), establece el MORDAZA juridico que regula la naturaleza, estructura, funciones, atribuciones y responsabilidades, control y fiscalizacion, asi como las relaciones y ambito de competencia del Consejo Nacional de Inteligencia y de la Direccion Nacional de Inteligencia Estrategica, dentro del Sistema de Inteligencia Nacional; Que, el Consejo Nacional de Inteligencia esta integrado por la Secretaria General, Organos de Asesoramiento, Organo de Control, Organos de Apoyo y la Direccion Nacional de Inteligencia Estrategica, la cual depende administrativa, funcional y presupuestalmente del Consejo Nacional de Inteligencia; no obstante, esta cuenta con Organos de Direccion, Organo Consultivo, Organo de Control, Organos de Asesoramiento y Organos de Linea; creandose entre el Consejo Nacional de Inteligencia y la Direccion Nacional de Inteligencia Estrategica, duplicidad de funciones; Que, mediante Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado Peruano en MORDAZA de Modernizacion, estableciendo principios, acciones, mecanismos y herramientas para llevar a cabo el mismo. En ese sentido, la nueva gestion publica tendra que estar orientada al servicio del ciudadano, a las mejoras de los servicios prestados, al aumento de la productividad de los recursos del Estado y a la obtencion de resultados susceptibles de medicion; Que, es un mandato de la Ley Nº 27658 evitar la duplicidad o superposicion de competencias, funciones y atribuciones entre sectores y entidades, haciendo prevalecer, ademas, el MORDAZA de especialidad, debiendo integrar las funciones y competencias afines; Que, para mejorar los servicios a ser prestados al Estado es necesario alcanzar mayores niveles de productividad en el uso de los recursos estatales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2003-PCM, de fecha 17 de setiembre del 2003, se declaro en Reorganizacion al Consejo Nacional de Inteligencia, con la finalidad de adecuar su organizacion y funciones segun los objetivos institucionales establecidos en la Ley del Sistema de Inteligencia Nacional y la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; en virtud de ello, se considera conveniente la integracion del Consejo Nacional de Inteligencia con la Direccion Nacional de Inteligencia Estrategica, con la finalidad de evitar la duplicidad de funciones, racionalizar la organizacion, generar aumento en la productividad y una adecuada asignacion y uso de los recursos del Estado, en el MORDAZA del MORDAZA de Racionalizacion dispuesto por la Ley de Presupuesto Publico; Que, la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros, ha emitido opinion favorable respecto del MORDAZA de fusion de conformidad con lo senalado en el numeral 13.1 del articulo 13º de la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Fusion por absorcion Fusionese el Consejo Nacional de Inteligencia con la Direccion Nacional de Inteligencia Estrategica.

La fusion indicada se realiza bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendo al Consejo Nacional de Inteligencia, como organo de direccion del Sistema de Inteligencia Nacional, la condicion de entidad incorporante. Articulo 2º.- Transferencia de recursos, personal y materiales El MORDAZA de fusion entre el Consejo Nacional de Inteligencia y la Direccion Nacional de Inteligencia Estrategica concluira en un plazo no mayor de sesenta (60) dias calendario, contados a partir de la vigencia de la presente norma. En dicho plazo, la Direccion Nacional de Inteligencia Estrategica, transferira sus recursos, personal, acervo documentario y materiales al Consejo Nacional de Inteligencia. Articulo 3º.- MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones Mediante Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, se dictara el Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Inteligencia, el cual debera ser propuesto por su Presidente dentro de los treinta (30) dias calendario a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Normas Complementarias Mediante Resolucion del Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia, se aprobaran las normas complementarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en los articulos 1º y 2º del presente Decreto Supremo. Articulo 5º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 6º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de febrero del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 02690

Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Secretaria General - PCM y Vicepresidencias de la Republica, para el ejercicio fiscal 2004
RESOLUCION DE SECRETARIA DE ADMINISTRACION Nº 021-2004-PCM
MORDAZA, 28 de enero de 2004 VISTO: El Memorando Nº 060-2004-PCM/SA-OAA, de la Oficina de Asuntos Administrativos, mediante el cual remite para su aprobacion el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2004 de las Unidades Ejecutoras 003 - Secretaria General - PCM y 004 - Vicepresidencias de la Republica - PCM, de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al ano fiscal 2004, ha sido aprobado mediante la Resolucion Ministerial Nº 405-2003-PCM, de fecha 31.12.2003; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, en su Articulo 7º, dispone que cada entidad debe elaborar Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever los bienes,

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