Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2004 (07/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

MORDAZA, sabado 7 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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que seran cuatro (04) Sesiones rentadas al mes, por su asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, hasta el 2006. 02544

das por el articulo 20º numeral 17) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el senor Alcalde; RESUELVE: Articulo 1º.- DESIGNAR, a partir del 15 de enero del ano 2004, al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como "Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla" por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Procurador Publico Municipal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, tendra a su cargo la representacion y defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, no teniendo restriccion alguna para ejercer las prerrogativas que le correspondan, debiendo cenirse a la normatividad a la que esta sujeto el accionar de los Procuradores Publicos del Estado asi como a los alcances de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Articulo 3º.- El mencionado funcionario ocupara el cargo, en condicion de confianza, retornando al termino de sus funciones al cargo de MORDAZA del cual fue titular u otro similar; asimismo, percibira las remuneraciones, bonificaciones y beneficios a que tenga derecho, con los dispositivos legales vigentes, encargandose a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia de Personal y Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente articulo. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a traves de sus Subgerencias, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano; y a las demas areas, brinden el apoyo del caso al Procurador Publico Municipal designado, bajo responsabilidad, para que pueda ejercer cabalmente las funciones que le corresponde por ley. Registrese, comuniquese, cumplase, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 02543

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Designan Procurador Publico Municipal
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 042-2004/MDV-ALC
Ventanilla, 28 de enero del 2004 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: La Ordenanza Municipal Nº 008-2003/MDV-ALC de fecha quince de septiembre del ano dos mil tres y el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla e Informe Nº 003-2004/MDVGM de la Gerencia Municipal; CONSIDERANDO: Que, el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado establece que la defensa de los intereses del Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos conforme a ley y que el Estado esta exonerado del pago de gastos judiciales de acuerdo al MORDAZA de "Inmunidad Fiscal"; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado-, de fecha 25 de marzo de 1969, establece que la defensa de los intereses y derechos del Estado se ejercen judicialmente, por intermedio de los Procuradores Publicos y que en caso de los Gobiernos Locales el Procurador Publico Municipal es designado por el MORDAZA del distrito; Que, el articulo 29º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, de fecha 27 de MORDAZA del ano 2003, establece que la representacion y defensa de los intereses y derechos de las municipalidades en juicio, se ejercen a traves del organo de defensa judicial conforme a ley, el cual esta a cargo de procuradores publicos municipales y el personal de apoyo que requiere; Que, asimismo, el Procurador Publico Municipal es un funcionario con cargo de confianza, designado por el MORDAZA y depende administrativamente de la Municipalidad, y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 008-2003/ MDV-ALC de fecha 15 de septiembre del ano 2003, se aprobo el Organigrama y el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, incorporando la Procuraduria Publica Municipal a cargo de un funcionario de confianza designado por el Alcalde; Que, el articulo 20º numeral 17) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que el MORDAZA tiene la facultad de designar y MORDAZA a los funcionarios de confianza; entendiendose a estos por su status especial pueden ser removidos del cargo, segun criterio discrecional del designante y en atencion a los fines del servicio para el que es requerido; Que, la Municipalidad Distrital de Ventanilla, necesita contar con un Procurador Publico Municipal, a efectos de que permita cumplir en forma eficiente, eficaz y con responsabilidad con la representacion y defensa de sus intereses y derechos municipales orientados a hacer prevalecer el MORDAZA de autoridad en toda su jurisdiccion; Que, se ha evaluado diversas cualidades profesionales destacando las del senor Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro del Colegio de Abogados de MORDAZA CAL Nº 24283 y Colegio de Abogados del Callao CAC Nº 4164, el mismo que reune las caracteristicas idoneas para ocupar el cargo de Procurador Publico Municipal; Que, estando a lo expuesto y con la visacion de la Gerencia Municipal, en uso de las facultades conferi-

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAYTARA
Designan Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 012-2004-MPH/A
Huaytara, 2 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: Que, en MORDAZA de las facultades la Ley Organica de las Municipalidades Nº 27972, es politica de la Municipalidad Provincial de Huaytara, organizar y ejecutar la administracion, fiscalizacion y recaudacion de todos los ingresos tributarios y no tributarios de la Municipalidad, asimismo, a realizar acciones coactivas en el MORDAZA establecido por la Ley de Procedimientos de Ejecucion Coactiva, el Decreto Supremo Nº 139-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y la normatividad interna impuesta por el Concejo Provincial de Huaytara como para el cobro de deudas tributarias y no tributarias, considerando todas aquellas las obligaciones tributarias y administrativas municipales, asi como el cobro de multa, costas y otros ingresos de derecho publico y afines; Que, el articulo 7º de la Ley Nº 26979, prescribe en su numeral 7.1 que la designacion del ejecutor coactivo y auxiliar coactivo se efectuara mediante concurso publico de merito y en su numeral 7.2 indica que el Ejecutor y Auxiliar Coactivo ingresan como funcionarios de la Entidad a la cual representa ejerciendo su cargo a tiempo completo y a dedicacion exclusiva; Que, de conformidad con lo que establece el Art. 7º de la Ley Nº 26979, la Municipalidad Provincial de Huaytara, convoco a concurso publico para la cobertura de la plaza

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