Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2004 (07/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, sabado 7 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 006-2004-PCM

servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, mediante Decreto Supremo Nº 125-2003-EF, de fecha 11.9.2003, se aprobo una operacion de endeudamiento externo entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de VEINTIOCHO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA (US$ 28 000,000) destinados a financiar parcialmente el "Programa de Modernizacion y Descentralizacion del Estado", el mismo que se ejecutara a traves del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 542-2002-PCM de fecha 6.12.2002, y modificatoria Resolucion Suprema Nº 071-2003-PCM de fecha 18.3.2003, se acepto la donacion ascendente a CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL DOLARES AMERICANOS (US$ 425,000.00) que el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA a traves de la Agencia para el Desarrollo Internacional - AID efectuo a la Republica del Peru en el MORDAZA de la Carta de Entendimiento suscrita entre el mismo Gobierno de Estados Unidos y la Republica del Peru, con el proposito de financiar la Actividad "Apoyo al Programa de Transicion para la Descentralizacion"; Que el numeral 3) del articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que el Plan Anual aprobado debera considerar aquellos procesos que tengan financiamiento externo y se encuentren comprendidos en el articulo 49º de la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, por lo que se incluyen en el Plan, los procesos de seleccion que demande el "Programa de Modernizacion y Descentralizacion del Estado", asi como aquellos contenidos en la actividad "Apoyo al Programa de Transicion para la Descentralizacion"; Que, el Articulo 6º del Reglamento de la Ley acotada, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM dispone que el Plan Anual contendra, por lo menos, las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas que se realizaran en el ano fiscal; Que, la Oficina de Asuntos Administrativos de la Secretaria de Administracion ha procesado y consolidado los requerimientos de todas las dependencias de la entidad, y elaborado el Plan Anual en MORDAZA con el Presupuesto Institucional de Apertura, coordinando para ello con la Oficina de Asuntos Financieros de la entidad; De conformidad con el Articulo 22º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados mediante los Decretos Supremos Nºs. 012 y 0132001-PCM, respectivamente, los Articulos 4º y 5º de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE contando con la visacion del Jefe de la Oficina de Asuntos Administrativos y segun lo facultado por la Resolucion Ministerial Nº 005-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2004 de las Unidades Ejecutoras 003 - Secretaria General - PCM y 004 Vicepresidencias de la Republica - PCM, de la Presidencia del Consejo de Ministros, el cual forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- La Oficina de Asuntos Administrativos de la Secretaria de Administracion debera cumplir con publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 3º.- En igual plazo, el Plan Anual debera ser remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa PROMPYME. Articulo 4º.- El Plan Anual estara a disposicion de los interesados en la Oficina de Asuntos Administrativos de la Oficina de Administracion, sito en la Av. Manco Capac Nº 879 - Miraflores, asi como en la pagina Web de la entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA URQUIAGA Secretario de Administracion 02601

Mediante Oficio Nº 061-C-2004-SCM-PR la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la modificacion del MORDAZA del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 006-2004-PCM, publicado en la edicion del 27 de enero de 2004. En la pagina 260572 En Procedimiento Concursal Ordinario a solicitud de Acreedores En la columna correspondiente al rubro "derechos de tramite" DICE: "Los creditos laborales y previsionales estan exonerados de pago" DEBE DECIR: "Los creditos previsionales estan exonerados de pago" En la pagina 260577 En Busqueda de Informacion sobre Deudores Acogidos a la Ley. En la primera columna, relativa a la descripcion del servicio a prestar al administrado DICE: "A) Busqueda por Comision Delegada de Reestructuracion Patrimonial" DEBE DECIR: "A) Busqueda por Comision Delegada de Procedimientos Concursales" 02693

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el Literal C del MORDAZA Apendice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo
DECRETO SUPREMO Nº 025-2004-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 61° del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, las tasas y/o montos fijos, asi como los bienes contenidos en los Apendices III y/o IV se modifican por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, resulta conveniente modificar el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los cigarrillos; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 61° del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias; DECRETA: Articulo 1º.- Modificase el Literal C del MORDAZA Apendice IV del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto

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