Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2005 (16/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 16 de febrero de 2005

MORDAZA, sin que hayan adquirido las bases de dicho MORDAZA de seleccion; Que, de la revision del expediente administrativo, se tiene que el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABELLOS, Agente Penitenciario, Nivel STF y ex Jefe del Area de Trabajo del Establecimiento Penitenciario de Cambio MORDAZA - Chimbote de la Direccion Regional MORDAZA, no obstante haber sido notificado en el domicilio senalado en su legajo personal no fue ubicado por lo que ha extendido dicha notificacion mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano, Pag. 284673 en la edicion del dia 15 de enero de 2005, para que formule su descargo escrito e informe oral en relacion a los cargos atribuidos en la Resolucion Presidencial Nº 942-2004-INPE/P, sin embargo, no ha cumplido con presentar su descargo dentro del plazo establecido por el articulo 169º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en tal sentido, subsiste en todos sus extremos el cargo atribuido en la citada Resolucion, al haber transgredido lo previsto en los literales a) y c) de la Directiva de Trabajo Penitenciario - sobre Registro de Planillas de Control y Computo Laboral para la Redencion de la Pena por el Trabajo, aprobado por Resolucion de la Presidencia de la Comision Reorganizadora del INPE Nº 377-96-INPE/CR-P; Que, se ha establecido que los servidores de la Direccion Regional Lima: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jannet MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex miembros del Comite Especial de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-INPE/17 - Primera Convocatoria y ex miembros del Comite Especial de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 011-2003-INPE/17, incumplieron sus obligaciones establecidas en los incisos a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y el ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABELLOS, ex Jefe del Area de Trabajo del Establecimiento Penitenciario de Cambio MORDAZA Chimbote, incumplio los incisos a) y b) del articulo 21º del citado Decreto Legislativo, incurriendo en las faltas administrativas disciplinarias tipificadas en los incisos a) y d) del articulo 28º del mencionado cuerpo legal; Que, cabe precisar, respecto al plazo previsto en el articulo 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que de conformidad con lo senalado en el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 079-2004-PCM, publicado el dia 13 de noviembre de 2004, en las normas legales del Diario Oficial El Peruano, el periodo comprendido del 13 de diciembre de 2004 al 2 de enero de 2005, son considerados como dias inhabiles, lo que se debera tener en cuenta al momento de computarse los plazos para el presente caso; Que, por otro lado, resulta oportuno precisar que la sancion disciplinaria impuesta a los servidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jannet MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex miembros del Comite Especial de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-INPE/17 - Primera Convocatoria, mediante Resolucion Directoral Nº 589-2004INPE/OGA-ORH de fecha 24 de junio, resulta independiente de los cargos atribuidos en la Resolucion Presidencial Nº 942-2004/P de fecha 9.DIC.2004, por lo que no es de aplicacion el MORDAZA de "Non Bis in Idem", previsto en el articulo 230º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, contando con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica y Administracion; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Decreto Legislativo Nº 654 - Codigo de Ejecucion Penal, Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Suprema Nº 037-2004-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER la medida disciplinaria de DESTITUCION al ex servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA CABELLOS, ex Agente Penitenciario, Nivel STF del Establecimiento Penitenciario de Cambio MORDAZA - Chimbote de la Direccion Regional MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- IMPONER la medida disciplinaria de CESE TEMPORAL por espacio de TREINTICINCO (35) DIAS, sin goce de remuneraciones a los servidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista en Tratamiento de Inconductas Sociales, Nivel SPF y Jannet MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Especialista en Tratamiento de Inconductas Sociales, Nivel STF, de la Direccion Regional MORDAZA, por los fundamentos expuestos en los respectivos considerandos de la presente Resolucion.

Articulo 3º.- DISPONER que a traves de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario se IMPONGA la sancion administrativa disciplinaria de SUSPENSION, por espacio de QUINCE (15) DIAS, sin goce de remuneraciones al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Agente Penitenciario, Nivel STE, de la Direccion Regional MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, de conformidad con lo establecido en el articulo 157º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Articulo 4º.- Asimismo, DISPONER que a traves de la Oficina General de Administracion del INPE, se adopten las medidas necesarias para recuperar el monto de S/.7,603.00 Nuevos Soles, suma de dinero que fue pagado por la Institucion por concepto de publicaciones, gastos notariales y otros gastos, originados por errores cometidos por los servidores ex miembros del Comite Especial de Licitacion Publica Nacional Nº 001-2003-INPE/17 - Primera Convocatoria y ex miembros del Comite Especial de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 011-2003-INPE/17, quienes deberan asumir en forma solidaria el resarcimiento del perjuicio economico del monto senalado a favor del Instituto Nacional Penitenciario. Articulo 5º.- Las medidas administrativas disciplinarias a que se refieren los articulos 1º, 2º y 3º surtiran efectos una vez que MORDAZA quedado firme la presente Resolucion o quede agotada la via administrativa, conforme establece los articulos 192º y 216º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 6º.- NOTIFIQUESE la presente Resolucion a los servidores MORDAZA mencionados a traves de la Oficina de Recursos Humanos, para los efectos legales pertinentes. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 03406

INSTITUTO TECNOLOGICO PESQUERO DEL PERU
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de envases de hojalata para atender requerimiento de raciones alimenticias formulado por el INDECI
RESOLUCION EJECUTIVA Nº 014-2005-ITP/DE
Callao, 3 de febrero del 2005 VISTO: El Memorandum Nº 003-2005-ITP/OA-Abast, del 31 de enero del 2005, mediante el cual la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administracion solicita la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, por la adquisicion de envases de hojalata del 10.5 onzas con tapas abre facil, de conformidad con lo estipulado en el Articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en los casos que no existen bienes sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente; Que, del informe tecnico a que se contrae el Memorandum Nº 03-2005-ITP/OA/Abas, del 31 de enero del 2005, se desprende que en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del ITP para el Ejercicio Fiscal 2005, se ha previsto la adquisicion de 315,000 envases de 10.5 onzas con tapas abre facil por un valor referencial de S/. 204,619.00; asimismo, se senala que en el MORDAZA nacional, existe un solo proveedor que fabrica los envases de hojalata de 10.5 onzas con tapas abre facil, que se usaran para atender las 50,000 raciones alimenticias en envases de hojalata de 10.5 onzas con tapas abre facil, solicitadas con caracter de urgente por el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI;

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