Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2005 (16/02/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 16 de febrero de 2005
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 287323

CONTRATACION DIRECTA DERIVADA DE LA EXONERACION
PARTIDAS . Tendones en Vigas . Anclajes en Vigas . Tendones en Lozas . Anclajes en Lozas UNIDADES Ton-m Ton Ton-m Ton METRADOS 106,272.00 2,160.00 21,794.11 1,513.48 P.U. 2.85 65.96 2.44 13.23 PARCIAL 302,875.20 142,473.60 53,177.63 20,023.34 518,549.77 51,854.98 25,927.49 596,332.24 113,303.12 709,635.36

Que, conforme al articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado modificado por la Ley Nº 27680 y el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad al articulo 34º del D.S. Nº 0832004-MPC, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de la Cancelacion del Proceso. En cualquier estado del MORDAZA de seleccion, hasta MORDAZA del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga a destinarse a otros propositos de emergencia declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad. En ese caso, la Entidad debera reintegrar el costo de las Bases a quienes las hayan adquirido. La formalizacion de la cancelacion del MORDAZA debera realizarse mediante resolucion o acuerdo debidamente sustentado, del mismo debiendose publicar conforme lo disponga el Reglamento. Que, conforme al Procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas de acuerdo al articulo 148º del D.S. Nº 084-2004-MPC del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la Entidad efectuara las adquisiciones y contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. La adquisicion o contratacion del servicio u obra de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto. Que, a traves del Acuerdo de Concejo Nº 12-2004MPC, se ha exonerado del MORDAZA de Seleccion del Concurso Publico Nº 001-2005-CP-MPC-Primera Convocatoria, para la Contratacion de Servicios para la Ejecucion de Postensado del MORDAZA, Obra "Construccion MORDAZA de Dos Niveles", en las siguientes partidas: Tendones en Vigas: 106,272.00 Toneladas metricas; Anclaje en Vigas: 2,160.00 Toneladas; Tendones en Losas: 21,792.11 Toneladas metricas y Anclaje en Losas: 1,513.48 Toneladas. Quedando pendiente la Contratacion de Servicios para la Ejecucion de las partidas siguientes: Tendones en Pendolas (3,155.20 Toneladas Metricas) y Anclajes en Pendolas (512.00 Toneladas), por el Valor Referencial de S/. 19,640.70 (Diecinueve Mil Seiscientos Cuarenta con 00/ 100 Nuevos Soles), mediante el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia para la contratacion de servicios por las partidas que quedaron pendientes de ejecucion, las mismas que comprende las siguientes partidas respectivamente: Por estos considerandos y en virtud del articulo 43º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar la CANCELACION del MORDAZA de Seleccion del Concurso Publico Nº 001-2005-CPMPC- Primera Convocatoria, para la Contratacion de Servicios para la Ejecucion de Postensado del MORDAZA, Obra "Construccion MORDAZA de Dos Niveles" la cual fue programada en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Institucion. Articulo Segundo.- Excluir del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Institucion el MORDAZA cancelado Concurso Publico Nº 001-2005-CP-MPC Primera Convocatoria, para la Contratacion de Servicios para la Ejecucion de Postensado del MORDAZA, Obra "Construccion MORDAZA Dos Niveles". Articulo Tercero.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Institucion, la contratacion derivada de la Exoneracion del MORDAZA de seleccion del Concurso Publico Nº 001-2005-MPC Primera Convocatoria, para la Contratacion de Servicios para la Ejecucion de Postensado del MORDAZA, Obra "Construccion MORDAZA de Dos Niveles".

COSTO DIRECTO GASTOS GENERALES 10% UTILIDAD 5% SUBTOTAL IGV 19% TOTAL

Articulo Cuarto.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad la convocatoria del MORDAZA de seleccion de Menor Cuantia para la Contratacion de Servicios por las partidas que quedaron pendientes de ejecucion, la misma que comprende la siguiente partida: CONTRATACION POR ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA DERIVADA DE LA EXONERACION DE PARTIDAS QUE QUEDARON PENDIENTES DE EJECUCION
PARTIDAS . Anclajes en Pendolas UNIDADES Ton METRADOS 3,155.20 512.00 P.U. 2.68 11.53 PARCIAL 8,455.94 5,903.36 14,359.30 1,435.93 717.97 16,513.20 3,137.51 19,650.70 . Tendones en Pendolas Ton-m

COSTO DIRECTO GASTOS GENERALES 10% UTILIDAD 5% SUBTOTAL IGV 19% TOTAL

Articulo Quinto.- Encargar a las Gerencias de Administracion y Finanzas, la oficina de Logistica y los integrantes del Comite el cumplimiento de la presente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial de Canchis - MORDAZA 03443

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANTA
Aprueban Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de Bienes Muebles de la municipalidad
ORDENANZA Nº 039-MPC
Canta, 11 de febrero de 2005 Visto, en Sesion de Concejo de fecha 11 de febrero de 2005, para la aprobacion del Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de los Bienes Muebles de la Municipalidad Provincial de Canta; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido por los articulos 191º y 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 9º numeral 25) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, corresponde al concejo municipal aprobar la donacion o la cesion en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades publicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta publica;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.