Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2006 (13/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 2006

General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del Impuesto Selectivo al Consumo Modificase el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los siguientes bienes contenidos en el MORDAZA Apendice III del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99EF y normas modificatorias, en la forma siguiente:
PARTIDAS ARANCELARIAS PRODUCTO Gasolinas para motores 2710.11.19.10 2710.11.20.21 2710.11.20.90 2710.11.12.10 2710.11.19.20 2710.11.20.22 2710.11.20.90 2710.11.12.20 2710.11.20.23 2710.11.20.90 2710.11.12.30 2710.11.20.24 2710.11.20.90 - Hasta 84 octanos S/. 2,35 por galon MONTO EN NUEVOS SOLES

cuando se mencione un articulo sin hacer referencia a MORDAZA alguna, se entendera referido al presente Reglamento. Articulo 2º.- De su naturaleza El presente Reglamento de Organizacion y Funciones es un documento tecnico normativo de gestion institucional que formaliza la estructura organica de CONSUCODE, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su mision, vision y objetivos. Contiene las funciones generales de CONSUCODE y las funciones especificas de los organos y unidades organicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades. Articulo 3º.- Del CONSUCODE El Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE - es un organismo publico descentralizado adscrito al Ministerio de Economia y Finanzas, con personalidad juridica de derecho publico, que goza de autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, con representacion judicial propia, sin perjuicio de la defensa coadyuvante de la Procuraduria Publica del Ministerio de Economia y Finanzas. Su personal esta sujeto al regimen laboral de la actividad privada. Articulo 4º.- De sus funciones Son funciones del CONSUCODE:

- Mas de 84 hasta 90 octanos

S/. 3,06 por galon

- Mas de 90 hasta 95 octanos

S/. 3,32 por galon

- Mas de 95 octanos

S/. 3.55 por galon

Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 06651

Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE
ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 040-2006-EF (El Decreto Supremo de la referencia se publico en la edicion del 11 de MORDAZA de 2006) REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES - ROF CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Aspectos generales Cuando en el presente Reglamento de Organizacion y Funciones se menciona la palabra Ley, se entendera que se esta haciendo referencia a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; la mencion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se MORDAZA mediante las siglas CONSUCODE; la alusion a Entidad se entendera referida a las entidades senaladas en el Articulo 2º de la Ley y la referencia al Tribunal se entendera que alude al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Asimismo,

1. Velar por el cumplimiento y difusion de la Ley, su Reglamento y normas complementarias y proponer las modificaciones que considere necesarias. Las modificaciones a la Ley y al Reglamento seran presentadas al Ministerio de Economia y Finanzas para su evaluacion. 2. Aprobar las directivas que fijen criterios de interpretacion o de integracion de la Ley y su Reglamento, asi como las de orientacion sobre las materias de su competencia; 3. Resolver en MORDAZA instancia administrativa los asuntos de su competencia; 4. Desarrollar, administrar y operar el Registro Nacional de Proveedores, asi como cualquier otro Registro necesario para la implementacion y operacion de los diversos procesos de contrataciones y adquisiciones del Estado. Dichos Registros tendran el caracter de publicos; 5. Desarrollar, administrar y operar el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; 6. Organizar y administrar conciliaciones y arbitrajes, de conformidad con los Reglamentos que apruebe para tal efecto; 7. Designar arbitros y resolver recusaciones de los mismos en arbitrajes que no se encuentran sometidos a una institucion arbitral, en la forma establecida en el Reglamento; 8. Absolver las consultas sobre las materias de su competencia; 9. Imponer sanciones a los proveedores, participantes, postores y contratistas que contravengan las disposiciones de esta Ley, su Reglamento y normas complementarias; 10. Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica los casos en que se aprecie indicios de incompetencia, negligencia, corrupcion o inmoralidad detectados en el ejercicio de sus funciones; 11. Supervisar todo MORDAZA de contratacion de bienes, servicios u obras, cualquiera sea el regimen de contratacion, salvo que en virtud de ley expresa se asigne la supervision a otro organismo; y, 12. Las demas que le asigne la normativa. CAPITULO II - DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 5º.- De su estructura organica La estructura del CONSUCODE esta compuesta por los siguientes niveles y Unidades Organicas: 1. ALTA DIRECCION 1.1. Presidencia 1.2. Secretaria General 2. ORGANO DE CONTROL

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