Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2006 (13/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en la Setima Disposicion Final de la Ley Nº 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Carta de Entendimiento suscrita por el Ministerio de Agricultura-MINAG y el Instituto Interamericano de Cooperacion para la Agricultura-IICA referido a complementar las capacidades institucionales del MINAG - IICA para viabilizar la formacion de capacidades de los productores rurales, la elaboracion de los estudios de preinversion y la realizacion de la "21º Reunion de la Comision Internacional del Arroz". Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministerio de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica de MORDAZA WAISMAN RJAVINSTHI MORDAZA Vicepresidente de la Republica Encargado del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA ALMERI MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo Encargado de la Cartera de Agricultura 06654

Administrativo General, los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, en consecuencia, tratandose de un error material, debe procederse a la rectificacion solicitada por la empresa recurrente; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica y de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Rectificar la Resolucion Ministerial N° 0532-2005-AG, de fecha 16 de MORDAZA de 2005, en el sentido de que los terrenos eriazos de propiedad del Ministerio de Agricultura sobre los que establece servidumbre esa Resolucion Ministerial, se encuentran inscritos en la Partida N° 21002758 y no en la Partida 21001528 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, Oficina de Canete; devolviendose los actuados al Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura 06600 FE DE ERRATAS ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 018-2006-AG Fe de Erratas del Reglamento de la Ley Nº 28667, Ley de Reversion de Predios Rusticos al Dominio del Estado Adjudicados a Titulo Oneroso, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2006-AG y publicado en la edicion del 11 de MORDAZA de 2006. En el Reglamento DICE: Articulo 2º.- Objeto DEBE DECIR: Articulo 1º.- Objeto 06662

Rectifican R.M. Nº 0532-2005-AG en lo referente a la partida registral de terrenos eriazos sobre los que se ha establecido servidumbre
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0320-2006-AG MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2006 VISTA: La solicitud de la empresa PERU LNG S.R.L. sobre rectificacion de la Resolucion Ministerial N° 0532-2005AG, de fecha 16 de MORDAZA de 2005; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial N° 0532-2005-AG, de fecha 16 de MORDAZA de 2005, se establecio la servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA a favor de la empresa PERU LNG S.R.L. por el termino de tres (3) anos, sobre la parte de los terrenos eriazos de propiedad del Ministerio de Agricultura, de 22,159.9360 ha de extension superficial, ubicados en el distrito de San MORDAZA, provincia de Canete, departamento de MORDAZA, inscrita en la Partida Electronica N° 21001528 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Canete, Yauyos, conforme al plano y memoria descriptiva que forman parte de esa resolucion; disponiendose que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural gestione la inscripcion de esa Resolucion Ministerial en la partida registral correspondiente; Que, mediante carta N° PLNG-GL-070-05-BB, la referida empresa ha solicitado se rectifique la precitada Resolucion Ministerial, indicando que el area inscrita en la partida electronica 21001528, fue de 23,680.50 ha hasta el ano 2000, pero que en la actualidad ha quedado reducida a 1,180.50 ha , conformado por pequenas unidades catastrales; que en cambio, senala, el area de 22,159.9360 ha sobre la que se ha establecido la servidumbre, corresponde a la partida registral 21002758, por lo que debe hacerse la rectificacion del caso; Que, de la MORDAZA informativa emitida por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, acompanada a la solicitud de la empresa recurrente, se advierte que efectivamente las 22,159.9360 ha sobre las que se ha establecido la servidumbre, se encuentra inscrita en la partida 21002758 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, Oficina de Canete; Que, de conformidad con el numeral 201.1 del articulo 201° de la Ley N° 27444-Ley del Procedimiento

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los Combustibles
DECRETO SUPREMO Nº 044-2006-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 61º del Texto Unico Ordenado-TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se podra modificar las tasas y/o montos fijos, asi como los bienes contenidos en los Apendices III y/o IV; Que, resulta conveniente modificar el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los bienes contenidos en el MORDAZA Apendice III del citado TUO; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 61º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto

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